Decreto n° 2.670
Emisor | Min. Turismo y Cultura |
Fecha de la disposición | 23 de Enero de 0006 |
DECRETO Nº 2.670
Mendoza, 28 de noviembre de 2005
Visto el expediente Nº 5953-S-2004-00951, en el que obra la audiencia de conciliación convocada en el ámbito de la Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social, para el reescalafonamiento del personal comprendido en la Ley Nº 7249, modificatoria de la Ley Nº 7162 "Escalafón para el Personal de la Administración de Parques y Zoológico" de la Provincia de Mendoza; y
CONSIDERANDO:
Que la Asociación de Trabajadores del Estado solicita a foja 1 que se convoque a la comisión de Reescalafonamiento que procedió a escalafonar a los trabajadores de la Administración de Parques y Zoológico, dado que se ha producido una modificación en la Ley referente al tramo profesional y que existen diversos reclamos que deberían ser resueltos en el seno de la Comisión;
Que la citada Comisión concluyó su labor de escalafonamiento el día 31 de marzo de 2004, que se tradujo en la sanción del Decreto Nº 554/04 el cual fue modificado al sancionarse la Ley Nº 7249 a través del Decreto Nº 2771/04;
Que por Acta del 19 de noviembre de 2004, obrante a fs. 7, las partes solicitan que la Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social notifique al Ministerio de Turismo y Cultura, para que envíe en la próxima reunión a los representantes que tratarán la temática que consta en nota que corre a fs. 5 del Expediente Nº 5953-S-04-00951, y la revisión del escalafonamiento;
Que a fs. 11 el Ministerio de Turismo y Cultura comunica a la Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social los nombres de los representantes que integrarán la mencionada Comisión;
Que por acta del 14 de diciembre de 2004 (fs. 51) la Comisión hizo lugar a los reclamos de los agentes que figuran en el listado de fs. 52;
Que por Acta del 21 de diciembre de 2004 (fs. 53) la Comisión trata otros casos y establece que la Administración de Parques presentará el informe del personal reescalafonado ese día;
Que a foja 54 rola el referido informe con el total de los agentes reescalafonados;
Que por acta del 28 de diciembre de 2004 (fs. 66) las partes dieron por aprobada la revisión al primer encasillamiento del primer escalafón;
Que debe modificarse el Presupuesto de Erogaciones vigente año 2005 transfiriendo de las partidas TC6330-411-01, TC6213-411-01 y TC6291-411-02 para registrarla en las partidas TC6291-411-01; TC6292-411-01; TC6293-411-01; TC6292-411-02 y TC6293-411-02;
Que se ha efectuado la reserva del crédito según figura en los volantes de fojas 159, 160, 169 y 170;
Por ello y en virtud de la facultad conferida por los Arts. 57, inc. a) de la Ley Nº 7324, presupuesto año 2005;
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Exceptúense las disposiciones del presente decreto del congelamiento previsto en el Art. 59º de la Ley Nº 7324, Presupuesto año 2005.
Modifíquese la Planta de Personal prevista en el Presupuesto General año 2005, Ley Nº 7324 de la Administración Pública Provincial y transfiéranse al Carácter, Jurisdicción, Unidad Organizativa, Clasificación Presupuestaria, Ubicación Escalafonaria, Clase y Unidad de Gestión, los agentes y los cargos en la forma que se indica en Planilla Anexa IV que forma parte integrante del presente Decreto.
Lo dispuesto en el artículo anterior, no modifica el carácter de efectivo, interino, licenciado, con retención del cargo o cualquier otra circunstancia en que se encuentren los agentes en la actualidad.
El gasto que demande lo dispuesto por el presente decreto, será atendido con cargo al Presupuesto de Erogaciones vigente - Ejercicio 2005: TC6291-411-01-00: TC0603 y TC0607; TC6292-411-01-00: TC0207, TC0208, TC0209 y TC0212; TC6293-411-01-00: TC0206 y TC0215; TC6292-411-02-00: TC0209; TC6293-411-02-00: TC0215.
Lo dispuesto en el presente decreto tendrá vigencia a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de su dictado.
El presente decreto será notificado a Contaduría General de la Provincia para su registración, previa intervención de la Dirección de Finanzas del Ministerio de Hacienda.
El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Turismo y Cultura, de Gobierno y de Hacienda.
Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
JULIO CESAR CLETO COBOS
Mariana Juri
Gabriel Fidel
Alejandro Gallego
PLANILLA ANEXA I
MODIFICACION PRESUPUESTARIA
Expte. Nº 5953-S-2004-00951 - Decreto Nº 2670
2
18
01
TC6291
411 01
990010001
00
3.844,08
2
18
01
TC6292
411 01
990010001
00
26.287,55
2
18
01
TC6292
411 02
990020001
00
4.778,09
2
18
01
TC6293
411 01
990010001
00
10.461,05
2
18
01
TC6293
411 02
990020001
00
446,09
1
18
01
TC6330
411 01
990010001
00
36.000,00
1
18
03
TC6213
411 01
990010001
00
3.158,55
2
18
01
TC6291
411 02
990020001
00
6.659,16
TOTAL
45.817,71
45.817,71
PLANILLA ANEXA II
MODIFICACION EROGACIONES FIGURATIVAS
Expte. Nº 5953-S-2004-00951 - Decreto Nº 2670
1
06
25
H
2
0
0
0
1
6
1
3
01
00
39.158,55
TOTAL
39.158,55
0,00
PLANILLA ANEXA III
MODIFICACION DEL CALCULO DE RECURSOS
Carácter O. Descentralizado; Jurisdic.: Ministerio de Turismo y Cultura; U. Organiz.: Administración de Parques y Zoológico
Expediente Nº 8741-S-05-00020 - Decreto Nº 2360
3
Recursos Figurativos
39.158,55
1
De la Administración Central
39.158,55
1
Subvención y Aportes
No Reintegrables
39.158,55
01
00
00
Remesas de la
Administración Central
39.158,55
PLANILLA ANEXA IV
Expte. Nº 5953-S-04-00951 - Decreto Nº 2670
Sarmiento, Liliana Valeria
3-22407029-6-01
2
18
01
0
0
13
1
01
01
004
TC6291/TC0603
2
18
01
0
0
13
1
01
02
005
TC6291/TC0603
Administrativo: Boletero o Inspector
Di Pietro, Miriam N. A.
3-21877380-6-01
2
18
01
0
0
13
1
01
01
004
TC6291/TC0604
2
18
01
0
0
13
1
01
02
005
TC6293/TC0206
Administrativo: Boletero o Inspector
Oviedo, Alberto Antonio
3-17184519-5-01
2
18
01
0
0
13
1
01
01
004
TC6291/TC0607
2
18
01
0
0
13
1
01
02
005
TC6291/TC0607
Administrativo: Boletero o Inspector
Valle, Ramón Ariel
3-17098238-7-01
2
18
01
0
0
13
1
01
01
004
TC6291/TC0607
2
18
01
0
0
13
1
01
02
005
TC6291/TC0607
Administrativo: Boletero o Inspector
Videla, Héctor Mario
1-08158635-4-01
2
18
01
0
0
13
3
22
01
005
TC6292/TC0147
2
18
01
0
0
13
3
22
02
006
TC6292/TC0209
Capataz
Berón, Argentino Luis
3-04985503-8-01
2
18
01
0
0
13
3
22
01
005
TC6292/TC0147
2
18
01
0
0
13
3
22
02
006
TC6292/TC0209
Capataz
Muñoz, Manuel Francisco
3-06897112-0-01
2
18
01
0
0
13
3
22
01
005
TC6292/TC0147
2
18
01
0
0
13
3
22
02
006
TC6292/TC0209
Capataz
Martínez, Miguel Jesús
1-08145243-3-01
2
18
01
0
0
13
3
22
01
005
TC6292/TC0147
2
18
01
0
0
13
3
22
02
006
TC6292/TC0209
Capataz
Cabrera, Juan Carlos
1-07804061-3-01
2
18
01
0
0
13
3
41
02
004
TC6292/TC0207
2
18
01
0
0
13
3
42
01
006
TC6292/TC0207
Oficial de Guardia
Abarca, Raúl Moisés
3-14065524-6-01
2
18
01
0
0
13
3
21
02
002
TC6292/TC0209
2
18
01
0
0
13
3
21
04
004
TC6292/TC0209
Oficial Especializado
Quiroga, Mario Leonardo
3-05095395-3-01
2
18
01
0
0
13
3
21
02
002
TC6292/TC0209
2
18
01
0
0
13
3
21
03
003
TC6292/TC0209
Oficial
Cisterna, Humberto
3-08456654-0-01
2
18
01
0
0
13
3
21
04
004
TC6292/TC0208
2
18
01
0
0
13
3
22
01
005
TC6292/TC0208
Capataz de Segunda
Aroma, Alberto
1-06909777-0-01
2
18
01
0
0
13
3
21
02
002
TC6292/TC0209
2
18
01
0
0
13
3
21
03
003
TC6292/TC0209
Oficial
Funes, Ricardo Camilo
3-08324680-5-01
2
18
01
0
0
13
3
21
02
002
TC6292/TC0209
2
18
01
0
0
13
3
21
03
003
TC6292/TC0209
Oficial
Moreyra, Bienvenido A.
3-14442890-5-01
2
18
01
0
0
13
3
21
0...
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