Decreto Nº 2.551
Emisor | Mrio. Infraestructura |
Fecha de la disposición | 4 de Diciembre de 2015 |
DECRETO Nº 2.551
Mendoza, 4 de diciembre de 2015
Visto el expediente n° 3909-D-2015-30093, en el cual el se eleva para su aprobación el Convenio celebrado entre el Ministerio de Infraestructura y la Municipalidad de San Martín, relacionado con la ejecución de la obra: Red Cloacal en Zona de Expansión Urbana y Predio Municipal; y
CONSIDERANDO:
Por lo expuesto, teniendo en cuenta lo previsto en el Decreto-ley n° 4416/80 (de Obras Públicas) y lo dictaminado por el Consejo de Obras Públicas y por la Asesoría Legal del Ministerio de Infraestructura,
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA
DECRETA:
Apruébese el Convenio celebrado en fecha 3 de noviembre del año 2015, entre el Ministerio de Infraestructura, representado por el Señor Ministro, Ingeniero Rolando Baldasso y la Municipalidad de San Martín, representada por su Intendente, Señor Jorge Omar Gimenez, relacionado con la ejecución de la obra: Red Cloacal en Zona de Expansión Urbana y Predio Municipal. El referido instrumento integra como Anexo el presente decreto en fotocopia autenticada constante de dos (2) fojas.
El gasto emergente del Convenio que aprueba por el artículo anterior, se atenderá por intermedio de la Tesorería General de la Provincia con cargo al Presupuesto de Erogaciones Ejercicio 2015: Unidad de Gestión de Crédito: O95450-552-05-000 - Unidad de Gestión de Consumo: O95450, de la siguiente manera:
Otros Aportes a Municipios ..........
Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
FRANCISCO HUMBERTO PEREZ
Rolando D. Baldasso
Convenio
Programa de Infraestructura Municipal
Financiación para Obras de Programa de Infraestructura Municipal
Ministerio de Infraestructura - Municipalidad de San Martín
Entre el Ministerio de Infraestructura, representado en este acto por el Señor Ministro Ing. Rolando Baldasso, con domicilio legal en Casa de Gobierno, 7mo. piso, Ciudad, Mendoza, por una parte, en adelante denominado "El Ministerio" y la Municipalidad de San Martín, representada en este acto por su Intendente Don Jorge Omar Gimenez, con domicilio legal y especial en calle 25 de Mayo y Alem, San Martín, Mendoza, en adelante "La Municipalidad", por la otra, se acuerda celebrar el presente convenio de ejecución de obras en los términos de la Ley N° 4.416, el que se regirá por las presentes cláusulas:
Primera: "La Municipalidad" se compromete a realizar la obra que a continuación se detalla:
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