Decreto n° 2.477

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición17 de Octubre de 0007

DECRETO Nº 2.477

Mendoza, 21 de setiembre de 2007.

Visto el expediente Nº 78.185-R-03-00240, en el cual el señor Pedro Alfredo Ramirez solicita el beneficio de Retiro Voluntario previsto en el Decreto-Ley Nº 4176/77 y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO:

Que se ha acreditado que al 1 de enero de 2005, fecha a partir de la cual se le acepta la renuncia al cargo de Clase 004 - Cabo Primero - Cuerpo Comando de la Policía de Mendoza, según Resolución Nº 199-JyS-05 del ex-Ministerio de Justicia y Seguridad, actual Ministerio de Seguridad, obrante a fs. 72/73, el actor registra 30 años y 06 meses de servicios exclusivamente policiales.

Que según lo dictaminado por la Asesoría Letrada del mencionado ex-Ministerio de Justicia y Seguridad, actual Ministerio de Seguridad, y Fiscalía de Estado a fs. 29 y 31, respectivamente, es procedente el otorgamiento del beneficio al señor Pedro Alfredo Ramirez, en los términos del Artículo 2º, Apartado 2 de la Ley Nº 6239.

Que para establecer el haber de retiro del caso, se consideró el promedio de los 24 meses anteriores a la baja según informe de fs. 79 y encasillamiento de fs. 79 vta., correspondiéndole un 100% conforme la escala del Artículo 12º del Decreto-Ley Nº 4176/77.

Que según lo establece la Cláusula 8º del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional, a fs. 140 consta el correspondiente visado de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), y a fs. 142 obra la intervención de la Oficina Técnica previsional proponiendo acordar el beneficio solicitado.

Por ello, y en uso de las facultades que otorga la citada Cláusula 8º del Convenio de Transferencia...

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