Decreto N° 2.425

EmisorMinisterio Desarrollo Social y Der. Hum.
Fecha de la disposición31 de Diciembre de 2014

DECRETO N° 2.425

Mendoza, 31 de diciembre de 2014

Visto el expediente 1768-H-2012-77762, en el cual la Sra. Francisca Alejandrina Herrera, en su carácter de viuda del Sr. Juan Adolfo Quiroga, solicita se le otorgue el beneficio otorgado por Ley N° 8395, y

CONSIDERANDO:

Que dicho beneficio fue creado mediante Ley N° 8395 y Decreto Reglamentario N° 514/12.

Que la citada Ley establece un beneficio vitalicio de pago mensual para hombres y mujeres que en su condición de civiles, entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983, hayan sido condenados por Consejo de Guerra, puestos a disposición del Poder Ejecutivo Nacional y/o privados de libertad por causas políticas, gremiales o estudiantiles, como consecuencia del accionar de las Fuerzas Armadas, de Seguridad o de cualquier otro grupo, haya habido o no sentencia condenatoria en su contra. También se otorgará a quienes, por causas políticas, hayan sido privados de la libertad por orden de Tribunales Ordinarios.

Que a fs. 9 y vta. de las presentes actuaciones rola, en fotocopia autenticada y legalizada, de Acta de Matrimonio que certifica el vínculo de la Sra. Francisca Alejandrina Herrera.

Que a fs. 10 y vta. del expediente de referencia obra fotocopia autenticada y legalizada del Acta de Defunción del Sr. Juan Adolfo Quiroga, acaecido el día 25 de marzo de 2006.

Que en las citadas actuaciones, obran las demás certificaciones establecidas como requisitos para acceder al referido beneficio, dispuestas en el Artículo 4° del Decreto N° 514/12.

Por ello, habiéndose diligenciado los pertinentes volantes de imputación preventiva, lo dictaminado por Fiscalía de Estado, Asesoría de Gobierno y Asesoría Letrada del Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos, la conformidad de la Dirección de Asuntos Legales, de la Dirección General de Administración y de la Subsecretaría de Derechos Humanos del citado Ministerio, conforme a lo establecido por Ley N° 8395 y Decreto Reglamentario N° 514/12.

EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO

DECRETA:

Artículo 1°

Reconózcase, a partir del día 2 de mayo de 2012 y hasta el día anterior a la fecha del presente decreto y otórguese a partir de la fecha de éste, a través de la Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos, a favor de la Sra. Francisca Alejandrina Herrera, D.N.I. N° 10.720.875, en su carácter de viuda del Sr. Juan...

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