Decreto n° 2.262

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición21 de Noviembre de 0005

DECRETO Nº 2.262

Mendoza, 24 de octubre de 2005.

Visto el expediente Nº 00496-U-05-91304, en el cual se solicita la aprobación del Acuerdo Específico suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Mendoza y la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Cuyo, en el marco del Decreto Nº 1411/05, y

CONSIDERANDO:

Que el citado Convenio tiene por objeto colaborar en el desarrollo e implementación del programa de Modernización de la Gestión Pública Provincial y Municipal.

Por ello, conforme con lo dictaminado por

el Area Legales de la Unidad de Financiamiento Internacional a fs. 24 del expediente Nº 00496-U-05-91304

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Apruébese el Acuerdo Específico suscripto en fecha 17 de octubre de 2005, entre el Gobierno de la Provincia, representado por el señor Ministro de Hacienda, Licenciado Alejandro Gallego y la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Decano, Licenciado Roberto Varo, que en fotocopia certificada, como Anexo, forma parte del presente decreto.

Artículo 3º

Autorícese a la Unidad de Financiamiento Internacional (U.F.I.) a priorizar los proyectos y sus niveles de análisis, de acuerdo a las funciones que se mencionan en la Cláusula Quinta del Convenio Específico que se aprueba por el Artículo 1º de la presente norma legal.

Artículo 4º

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

JULIO CESAR CLETO COBOS

Alejandro Gallego

________

ANEXO

ACUERDO ESPECÍFICO

Entre el Gobierno de la Provincia de Mendoza, representado en este acto por el señor Ministro de Hacienda, Licenciado Alejandro Gallego, Documento Nacional de Identidad Nº 22.189.314, en adelante "La Provincia" y, la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Cuyo representada en este acto por el señor Decano, Licenciado Roberto Varo, Libreta de Enrolamiento Nº 6.888.272 en adelante "La Facultad" se acuerda celebrar el presente Acuerdo Específico en el marco del Decreto Nº 1411/05, conforme a las siguientes cláusulas:

Primera: "La Facultad", conforme lo prescripto por el "Convenio Marco de Cooperación Mutua entre el Gobierno de la Provincia de Mendoza y la Universidad Nacional de Cuyo"; de fecha 08 de Julio de 2005, se Compromete a colaborar con "La Provincia" en el desarrollo e implementación del programa de Modernización de la Gestión Pública Provincial y Municipal.

Segunda: El desarrollo de las actividades y cumplimiento de las obligaciones que "La Provincia" asume por medio del presente Acuerdo Específico se llevarán a cabo a través de la Unidad de Financiamiento Internacional, a cuyo efecto se compromete a proveer toda la información disponible y a prestar el apoyo institucional necesario.

Cuarta: "La Facultad" toma a su cargo las siguientes obligaciones:

  1. Seleccionar y asignar para la realización y conducción de la tarea encomendada a profesionales egresados de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Cuyo, investigadores de la misma, especializados en formulación de proyectos de inversión, análisis organizacional y gestión de calidad, manteniendo a "La Provincia" indemne de cualquier reclamo que con motivó o en ocasión de la selección y asignación se pudiere provocar. Los mismos podrán solicitar la cooperación de alumnos avanzados de la carrera de Licenciatura en Economía. En ningún caso "La Provincia" reconocerá relación de dependencia alguna con el personal que "La Facultad" contrate para el cumplimiento del objeto del presente Acuerdo Específico.

  2. Designar a un Coordinador Titular y un Coordinador Suplente del equipo conformado según el ítem anterior.

  3. Administrar los fondos afectados al cumplimiento del acuerdo.

  4. Realizar los trabajos, relevamientos y tareas complementarias requeridas para el mejor desarrollo del acuerdo.

  5. Presentar en tiempo y forma los informes de las tareas ejecutadas y grado de avance del proyecto. Estos informes serán firmados por el Coordinador Titular o Suplente. Sin perjuicio de suministrar a "La Provincia" toda la información que le sea requerida sobre el desarrollo del análisis encomendado, etapas de ejecución y progresos alcanzados, a fin de evaluar los resultados obtenidos.

  6. Proveer todos los requerimientos (aspectos físicos, computadoras, útiles de oficina, papel y demás elementos, equipamiento informático, bibliografía, uso de los sistemas para acceder a publicaciones) que sean necesarios para el cumplimiento del presente acuerdo.

  7. Cumplimentar la totalidad de las obligaciones emergentes del régimen laboral y previsional aplicable al personal que afecte a la ejecución del presente acuerdo específico, asumiendo también a su cargo las responsabilidades que con motivo o en ocasión de éste puedan derivarse hacia terceros.

  8. El equipo de trabajo conformado por los profesionales seleccionados y asignados por "La Facultad" deberá colaborar con "La Provincia" en las actividades detalladas en los Anexos I, II y III del presente.

  9. Metodología de trabajo: Además del acceso a las bases de datos e información complementaria que pudiera existir sobre cada temática en particular, se prevé que el equipo de trabajo seleccionado y asignado por "La Provincia" al presente acuerdo tome conocimiento de las distintas necesidades, dimensiones de la problemática de cada sector y alternativas de solución a través de reuniones y consultas personales con los responsables de las diferentes áreas temáticas, o con quienes éstos estimen pertinente.

  10. Productos a entregar: Informes ejecutivos mensuales de cada área temática según lo previsto en la Cláusula Cuarta inciso h), suscriptos por el Coordinador Titular o Suplente. A fin de ordenar la presentación de los trabajos realizados, "La Facultad" deberá presentar informes preliminares sobre cada sector los días 29 de Octubre de 2005 y 30 de Noviembre de 2005, y un informe final el día 30 de Diciembre de 2005.

  11. Lugar de trabajo: "La Facultad" deberá proveer la infraestructura necesaria para la realización del trabajo. A su vez, "La Provincia" deberá suministrar instalaciones y equipamiento en los respectivos Ministerios para que puedan realizar sus tareas de relevamiento de los proyectos y facilitar el trabajo de campo a realizar en el ámbito de las distintas dependencias gubernamentales.

    Quinta: "La Provincia" se compromete a:

  12. Efectuar la dirección de las actividades previstas.

  13. Designar un Coordinador del Programa entre los funcionarios y agentes de la Unidad de Financiamiento Internacional.

  14. Ingresar en tiempo y forma a "La Facultad" los fondos necesarios a fin de garantizar el desarrollo de los trabajos acordados, conforme al procedimiento señalado en la Cláusula Tercera y Cuarta de este Acuerdo Específico.

  15. Respetar la libertad científica, propia de las investigaciones y estudios que se realicen, teniendo el profesional afectado a los mismos plena libertad para expresar sus ideas y conclusiones.

    Sexta: El presente Acuerdo Específico tendrá vigencia a partir de su aprobación por el Poder Ejecutivo Provincial y hasta el 31 de Diciembre de 2005; pudiendo ser prorrogado dicho plazo por acuerdo de partes mediante Acta Complementaria y sujeto a las previsiones presupuestarias pertinentes. Asimismo, cualquiera de las partes podrá rescindirlo sin causa antes de su vencimiento, con la sola obligación de notificar fehacientemente su decisión a la otra con una antelación no menor de Quince (15) días hábiles, sin derecho a reclamo ni indemnización alguna, salvo que mediara incumplimiento contractual. En caso de rescisión, "La Provincia" cancelará sus obligaciones en forma proporcional al desarrollo del trabajo alcanzado hasta la fecha del efectivo distracto.

    Séptima: "La Provincia" y "La Facultad" convienen que los resultados que se logren a través de los trabajos realizados en virtud del presente Acuerdo Específico, serán de propiedad común y podrán ser publicados conjunta o separadamente por las partes, con indicación de origen y autoría, consignando la participación correspondiente. Sin perjuicio de elIo, "La Facultad" se compromete a no utilizar en otros estudios la información provista por "La Provincia", y los resultados del estudio motivo del presente convenio, sin previa autorización expresa de "La Provincia", excepto el uso que, en su propio ámbito y para fines estrictamente académicos, pueda realizar la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Cuyo. Los profesionales afectados al cumplimiento del presente Acuerdo Específico deberán considerar como información confidencial toda la que reciban o llegue a su conocimiento relacionada con actividades, proveedores, procesos, fórmulas, métodos, procedimientos informáticos, etc., provenga o no de la Unidad de Financiamiento Internacional, a la que tengan acceso directa o indirectamente, fuere durante o después de la expiración o rescisión anticipada del presente y se comprometen a no divulgarla a terceros, ni utilizarla para otros fines que no sean los del programa objeto de este convenio, encontrándose obligados por el secreto profesional.

    Octava: La falta de cumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente Acuerdo Específico, hará incurrir en mora automática a la incumplidora, sin necesidad de requerimiento o notificación previa alguna. En este supuesto la otra parte quedará facultada para resolver el acuerdo, sin perjuicio de reclamo por daños y perjuicios que pudiera corresponderle como consecuencia de dicho incumplimiento.

    Novena: La validez de este Acuerdo Específico queda sujeto a su aprobación por el Poder Ejecutivo Provincial.

    Décima: A todos los efectos del presente Acuerdo Específico, las partes constituyen domicilios legales y especiales en los siguientes: "La Provincia", en Casa de Gobierno, Av. L.Peltier 351, Segundo Piso, Cuerpo Central, Ciudad de Mendoza y, "La Facultad", en la sede del Decanato...

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