Decreto N° 2.957

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición30 de Noviembre de 2010

DECRETO N° 2.957

Mendoza, 30 de noviembre de 2010

Visto el expediente N° 00946-P-08-01029, agregada carátula N° 20.440-C-64-01029, en el cual se presenta el señor Fernando David Della Fazia, en su carácter de curador definitivo de la señora Elisa Pérez, solicitando el beneficio de Pensión para la misma por su esposo fallecido, Don Luis Víctor Cavallo; y

CONSIDERANDO:

Que el deceso del causante se produjo el día 10 de mayo de 2008, según Acta de Defunción que en copia corre agregada a fs. 81 y vta. del expediente N° 00946-P-08-01029, siendo beneficiario de un Retiro Voluntario según Resolución N° 931/69 del ex-Instituto de Previsión y Asistencia Social Sección Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, actual Oficina Técnica Previsional, cuya copia obra a fs. 25 del mismo expediente, consecuentemente dejó derecho pensionario a sus herederos legales.

Que el vínculo invocado por la peticionante queda acreditado con el Acta de Matrimonio, que en copia se encuentra a fs. 83/84 y vta. del expediente de referencia.

Que a fs. 91 de las citadas actuaciones, obran las renuncias de los herederos en favor de la peticionante respecto de los haberes dejados de percibir por el causante a la fecha de su deceso, encontrándose a fs. 91 vta. la constancia de la publicación de los edictos citatorios de Ley.

Que a fs. 94, 96 y 137/140 y vta. del expediente N° 00946-P-08-01029, obran las constancias emanadas del Cuarto Juzgado de Familia la Primera Circunscripción Judicial, de la que surge la declaración de insanía de la señora Elisa Pérez, en la causa N° 1300/8/4F "Pérez Elisa por Insanía", designándose Curador definitivo de la misma al señor Fernando David Della Fazia.

Que el Departamento Jurídico de la Oficina Técnica Previsional y Fiscalía de Estado a fs. 101 y 102, respectivamente, del expediente N° 00946-P-08-01029 dictaminan que es procedente el otorgamiento del beneficio pensionario a la señora Elisa Pérez, que deberá ser abonado por intermedio de su Curador, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 102 de la Ley Nacional N° 21.965, conforme la adecuación al Régimen de Retiros de la Policía Federal Argentina y del Servicio Penitenciario Federal, acordada por Acta Complementaria del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza, al Estado Nacional, ratificada por Decreto Nacional N° 1627/07 y Decreto Provincial N° 779/07.

Que según lo...

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