Decreto N° 2.492

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición15 de Octubre de 2010

DECRETO N° 2.492

Mendoza, 15 de octubre de 2010

Visto el expediente N° 00111-L-09-01029, agregada carátula N° 64020-T-91-01029, en el cual la señora Teléfora Rosa Landa solicita el beneficio de Pensión para sí por su esposo fallecido, Don Francisco Horacio Torre; y

CONSIDERANDO:

Que el deceso del causante se produjo el día 08 de febrero de 2009, según el Acta de Defunción, cuya copia se agrega a fs. 32 y vta. del expediente N° 00111-L-09-01029, siendo beneficiario de un Retiro Voluntario según Resolución N° 2370/94 de la ex-Caja, de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, actual Oficina Técnica Previsional, cuya copia obra a fs. 16/17 del mencionado expediente, consecuentemente dejó derecho pensionario a sus herederos legales.

Que el vínculo invocado por la peticionante queda acreditado con el Acta de Matrimonio, que en copia se agrega a fs. 36/37 y vta. del expediente N° 00111-L-09-01029.

Que a fs. 35 del expediente N° 00111-L-09-01029, obran las renuncias de los herederos en favor de la peticionante respecto de los haberes dejados de percibir por el causante a la fecha de su deceso, encontrándose a fs. 39 vta. del mismo expediente, la constancia de la publicación de los edictos citatorios de Ley.

Que el Departamento Jurídico de la Oficina Técnica Previsional y Fiscalía de Estado a fs. 46 y 47, respectivamente, del expediente N° 00111-L-09-01029, dictaminan que es procedente el otorgamiento del beneficio pensionario a la señora Teléfora Rosa Landa, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 102 de la Ley Nacional N° 21.965, conforme la adecuación al Régimen de Retiros de la Policía Federal Argentina y del Servicio Penitenciario Federal, acordada por Acta Complementaria del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional, ratificada por Decreto Nacional N° 1627/07 y Decreto Provincial N° 779/07.

Que según lo establece la Cláusula 8ª del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional a fs. 61 expediente N° 00111-L-09-01029, consta el correspondiente, visado de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) y a fs. 62 de dicho expediente, obra la intervención de la Oficina Técnica Previsional proponiendo acordar el beneficio solicitado.

Por ello, y en uso de las facultades que otorga la citada Cláusula 8ª del Convenio de Transferencia del Sistema de...

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