Decreto n° 2.141

EmisorMinisterio de Ambiente y Obras Publicas
Fecha de la disposición27 de Diciembre de 0007

DECRETO Nº 2.141

Mendoza, 27 de agosto de 2007.

Visto el expediente Nº 2032-D-2006-77308, en el cual se gestiona la ratificación de la Resolución Nº 241 dictada por el Ministerio de Ambiente y Obras Públicas en fecha 15 de marzo del año 2007, en razón de que lo establecido en esa disposición debió materializarse mediante decreto; teniendo en cuenta lo previsto por el Artículo 77º, Inciso b) y concordantes de la Ley Nº 3909 y lo dictaminado por la Asesoría Legal del Ministerio de Ambiente y Obras Públicas y por Fiscalía de Estado,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Ratifíquese la Resolución Nº 241 emitida por el Ministerio de Ambiente y Obras Públicas en fecha 15 de marzo del año 2007, la que en fotocopia autenticada integra el presente decreto como Anexo, constante de nueve (9) fojas.

Artículo 20

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

JULIO CESAR CLETO COBOS

Francisco Morandini

Alejandro Gallego

__________

ANEXO

Exp. Nº 2032-D-2006-77308

Decreto Nº 2141

RESOLUCIÓN Nº 241

Mendoza, 1 de marzo de 2007.

Visto el expediente Nº 2032-D-2006-77308-E-00-6, en el cual se eleva para su aprobación el Convenio de Recaudación celebrado entre este Ministerio y el Banco de la Nación Argentina, y

CONSIDERANDO:

Que el referido instrumento tiene por objeto que la citada entidad bancaria reciba la recaudación de las deudas de la ex Sociedad del Estado Obras Sanitarias de Mendoza.

Que la firma X-NET Cuyo S.A. presta servicios a través del sistema SIRIS, que consiste en brindar información sobre recaudaciones de comprobantes que contienen códigos de barras. Este servicio ya fue contratado. por la ex Intervención Liquidadora de la ex Obras Sanitarias Mendoza Sociedad del Estado y continuado por este Ministerio a través de la Cláusula Adicional aprobada por Resolución Nº 1250-AOP\ 2003. De esta manera, toda la recaudación de las deudas de las ex Sociedades del Estado se realiza con este sistema y a través de entidades recaudadoras, que centralizan las recaudaciones en el Banco de la Nación Argentina.

Que, por su parte, el Banco de la Nación Argentina también suscribió con el ex Interventor Liquidador el correspondiente convenio de recaudación, que fue continuado por el Ministerio a través de la Cláusula Adicional aprobada por la Resolución Nº 1250-AOP-2003.

Que a fojas 1 del expediente Nº 2032-D-2006-77308-E-00-6 el Banco de la Nación Argentina manifiesta que ha desarrollado un sistema propio de captura de datos de recaudación a través del sistema de códigos de barras por lo que, sólo por los comprobantes de recaudación de todas las sucursales, prescindirá de los servicios de la firma X NET Cuya S.A.

Que el Banco de la Nación Argentina propone agregar en este nuevo convenio de recaudación, a otras provincias, lo cual a la fecha no era posible.

Que se han efectuado pruebas con relación al sistema de captura de datos con el código de barras actualmente en uso y las mismas han sido satisfactorias y totalmente compatibles.

Que la firma X-NET Cuyo S.A. manifestó no oponerse a este nuevo convenio, por cuanto no le ocasionará perjuicios económicos en razón de la Cláusula 4.1 del convenio original, que le garantizaba un mínimo de 1000 comprobantes, número que a la fecha no fue alcanzado.

Que las condiciones del convenio que se gestiona aprobar sólo difieren en el aspecto técnico, dado que se mantiene la misma comisión por comprobante, a pesar de brindarse adicionalmente el servicio de captura de la recaudación.

Por lo expuesto y conforme lo dictaminado por la Asesoría Legal del Ministerio,

EL MINISTRO DE AMBIENTE

Y OBRAS PUBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébese el Convenio de Recaudación suscripto en fecha 20 de octubre del año 2006 entre el Ministerio de Ambiente y Obras Públicas, representado por el Señor Ministro, Ingeniero Francisco Darío Morandini y el Banco de la Nación Argentina, representado por su Gerente, señor José Luis Lopetegui, por el cual la citada entidad bancaria recibirá la recaudación de las deudas de las ex Sociedades del Estado Obras Sanitarias Mendoza y Energía Mendoza. El referido instrumento integra la presente resolución en fotocopia autenticada como Anexo, constante de siete (7) fojas.

Artículo 3º

Autorícese al servicio administrativo contable de la Dirección de Ejecución y Control de Servicios Públicos a imputar el gasto emergente de este convenio en ejercicios futuros.

Artículo 4º

Comuníquese a quienes corresponda y archívese.

Francisco Morandini

__________

ANEXO

CONVENIO DE RECAUDACIÓN

Entre el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Ejército...

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