Decreto N 285/GCABA/10

FirmantesMacri - Grindetti - Rodríguez Larreta
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición13 de Abril de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N 285/GCABA/10REPRESENTACIÓN SINDICAL - POSTULANTES - CANDIDATOS - LICENCIA GREMIAL - LICENCIA SIN GOCE DE HABERES - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - DOMICILIO LEGAL DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - CALLE CARLOS PELLEGRINI 291, PISO 4°, SECTOR 7 - MESA DE ENTRADAS - COMUNICACIONES

Buenos Aires, 13 de abril de 2010

VISTO: La Ley de Relaciones Laborales N° 471, el Decreto N° 465/04, la Ley de

Asociaciones Sindicales N° 23551 y su Decreto reglamentario N° 467/PEN/88 y el

Expediente N° 1388195-2009 y;

CONSIDERANDO:

Que en el marco de las disposiciones de la Ley de Asociaciones Sindicales N° 23551, se notifican a este Gobierno las comunicaciones de postulaciones y designaciones de representantes sindicales a fin de hacer valer la tutela sindical establecida en los artículos 47 y ss. de dicho ordenamiento;

Que es necesario destacar la multiplicidad de Asociaciones Sindicales con personería gremial para actuar en sede de este Gobierno, las cuales, en procura de sus derechos, realizan las comunicaciones previstas en la Ley 23.551;

Que en este contexto es indispensable para lograr la eficaz protección de los intereses de este Gobierno, que se verifique si el procedimiento de postulación y designación de los representantes sindicales se ajusta a las normas que rigen dicha materia;

Que la Ley 23551 determina los requisitos necesarios para la validez de la tutela sindical. El art. 49 dispone que para que tenga efecto la garantía establecida en el art. 47 y ss. se deberán observar los siguientes requisitos: a) Que la designación se haya efectuado cumpliendo con los recaudos legales; b) Que haya sido comunicada al empleador. La comunicación se probará mediante telegramas o cartas documento u otra forma escrita;

Que asimismo el Decreto N° 467/PEN/88, establece en su art. 25, reglamentario del art. 42 de la Ley 23551, que la designación de los...

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