Decreto N° 197 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 8 de Marzo de 2023 |
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 27 de Febrero de 2023 |
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LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CX - TOMO DCXCIX - Nº 46
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 8 DE MARZO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
veinticinco (25) fojas útiles, integra este acto, celebrado entre la rma Caminos
de las Sierras S.A., en representación de la Provincia de Córdoba, en su carác-
ter de Concesionaria de la Red de Accesos a la Ciudad de Córdoba, y la rma
LIMAES S.A., C.U.I.T. N° 30-70984890-5, propietaria del mencionado bien,
para ser destinado a la ejecución de la obra: “ALTERNATIVA A RUTA NACIO-
NAL N° 38 – TRAMO: VARIANTE COSTA AZUL – LA CUMBRE – SECCIÓN:
VARIANTE COSTA AZUL – MOLINARI (PR. 0+000 A 21 +500”).
Artículo 2°.- La transferencia de dominio del inmueble en cuestión, a
favor del Estado Provincial, será efectuada conforme a lo dispuesto por el
artículo 21 de la Ley N° 6.394.
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Obras Públicas y Fiscal de Estado.
Artículo 4°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a la empresa
Caminos de las Sierras S.A., notifíquese, publíquese en el Boletín Ocial y
archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - RICARDO SOSA, MINISTRO DE
OBRAS PUBLICAS - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
ANEXO
Decreto N° 197
Córdoba, 27 de febrero de 2023
VISTO: el Expediente N° 0521-065477/2022 del registro del Ente Regula-
dor de Servicios Públicos (E.R.Se.P.).
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Gerencia Vial y Edilicia del
E.R.Se.P. propicia la aprobación del Convenio Denitivo de Adquisición
por Avenimiento, en relación a una fracción de terreno ubicada en La
Tablada, Departamento Capital de esta Provincia, designado como Tramo
02, Afectación N° 20, e inscripta en el Registro General de la Provin-
cia en Matrícula N° 44.302, con una supercie a afectar de 254,50 m2,
celebrado el día 22 de febrero de 2017, entre la rma Caminos de las
Sierras S.A., en representación de la Provincia de Córdoba, en su ca-
rácter de Concesionaria de la Red de Accesos a la Ciudad de Córdoba,
y la señora María Fernanda GITELLI, quien actúa por derecho propio y
en representación del Señor Sebastián GITELLI, siendo ambos titulares
dominiales del referido inmueble, para ser destinado a la ejecución de la
obra: “CIERRE DE LA AVENIDA DE CIRCUNVALACIÓN A LA CIUDAD
DE CÓRDOBA, SECCIÓN 3, DISTRIBUIDOR EL TROPEZÓN (RP E-55)
– DISTRIBUIDOR AVENIDA SPILIMBERGO”.
Que el mencionado inmueble fue declarado de utilidad pública y sujeto
a expropiación de manera genérica por la Ley N° 9857, que declara en
dicha condición a todos aquellos que fueran necesarios para la ejecución
de la Red de Acceso a Córdoba (RAC), e individualizado mediante Decreto
N° 1278/2016; ello con destino a la obra pública citada anteriormente, sien-
do la supercie a afectar de 254,50 m2, de acuerdo al Plano de Mensura
Parcial, confeccionado por el Ing. Agrimensor Sergio Adrián Castillo en el
Expediente N° 0033-039653/2000 y visado por la Dirección General de
Catastro con fecha 11 de agosto de 2000.
Que luce incorporado el Convenio de que se trata, suscripto con fe-
cha 22 de febrero de 2017, en cuya cláusula primera se reere que los
propietarios se avinieron a vender y transferir a la empresa actuante la
fracción de terreno declarada de utilidad pública y sujeta a expropiación,
individualizada de acuerdo al Plano de Afectación CS-PX(A-019)011-ROA
como “Tramo 02 Afectación N° 20”, para la ejecución de la obra de que se
trata; encerrando una supercie de 254,50 m2, siendo parte de una mayor
supercie de 983,40 m2, según constancias catastrales y registrales.
Que asimismo, se declara que la entrega de la posesión real y efecti-
va del inmueble se realizó en el mes de noviembre de 2016; en tanto, se
acompaña la documentación que acredita la calidad de los suscriptores del
Convenio en cuestión.
Que en el mencionado Convenio, las partes jan de común acuerdo
el precio de la fracción expropiada en la suma total de Pesos Novecientos
Sesenta y Siete Mil Quinientos Siete con Cuarenta y Ocho Centavos ($
967.507,48); importe que se compone por el precio por el estimado por
el Consejo General de Tasaciones mediante Resolución N° 8960/2016 al
mes de noviembre de 2016 (879.552,25), más el 10% conforme a lo pre-
visto por el artículo 14 de la Ley N° 6394, lo que incluye la compensación
de cualquier daño que eventualmente sea consecuencia directa e inme-
diata de la expropiación y de cualquier otro concepto en los términos de
la citada Ley. A su vez, se aclara que la empresa abona mediante cheque
a los propietarios, el cual será imputado al pago total, único y denitivo
del inmueble en cuestión.
Que la transferencia del dominio del inmueble, a favor del Estado
Provincial, será efectuada conforme lo dispuesto por el artículo 21 de
la Ley N° 6394.
Que en virtud de lo reseñado, procede en la instancia disponer la ad-
quisición directa del inmueble de marras y aprobar el Convenio Denitivo
de que se trata, por encuadrar en las previsiones de los artículos 11, 14 y
21 de la Ley N° 6394, y en las disposiciones de las Cláusulas 16.4, 16.4.1
y 16.4.2 del Contrato de Concesión aprobado por Decreto N° 1598/1997,
así como en el artículo 7, inciso d), del Marco Regulatorio aprobado por
Decreto N° 1590/1997, los cuales establecen que el concesionario Cami-
nos de las Sierras S.A., tiene el deber y la atribución de actuar en nombre
y representación de la Provincia de Córdoba.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Obras Públicas
con el N° 8/2023, por Fiscalía de Estado bajo el N° 118/2023 y en uso de
las atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1°.- DISPÓNESE la adquisición directa del inmueble que fue-
ra declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación de manera gené-
rica por Ley N° 9857, e individualizado mediante Decreto N° 1278/2016,
ubicado en La Tablada, Departamento Capital de esta Provincia, designado
como Tramo 02 Afectación N° 20, e inscripto en su mayor supercie en el
Registro General de la Provincia a la Matrícula N° 44.302, con una su-
percie a afectar de 254,50 m2, de acuerdo al Plano de Mensura Parcial,
confeccionado por el Ing. Agrimensor Sergio Adrián Castillo, en el Expe-
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