Decreto N° 197 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Marzo de 2023
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición27 de Febrero de 2023
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LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CX - TOMO DCXCIX - Nº 46
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 8 DE MARZO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
veinticinco (25) fojas útiles, integra este acto, celebrado entre la rma Caminos
de las Sierras S.A., en representación de la Provincia de Córdoba, en su carác-
ter de Concesionaria de la Red de Accesos a la Ciudad de Córdoba, y la rma
LIMAES S.A., C.U.I.T. N° 30-70984890-5, propietaria del mencionado bien,
para ser destinado a la ejecución de la obra: “ALTERNATIVA A RUTA NACIO-
NAL N° 38 – TRAMO: VARIANTE COSTA AZUL – LA CUMBRE – SECCIÓN:
VARIANTE COSTA AZUL – MOLINARI (PR. 0+000 A 21 +500”).
Artículo 2°.- La transferencia de dominio del inmueble en cuestión, a
favor del Estado Provincial, será efectuada conforme a lo dispuesto por el
artículo 21 de la Ley N° 6.394.
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Obras Públicas y Fiscal de Estado.
Artículo 4°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a la empresa
Caminos de las Sierras S.A., notifíquese, publíquese en el Boletín Ocial y
archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - RICARDO SOSA, MINISTRO DE
OBRAS PUBLICAS - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
ANEXO
Decreto N° 197
Córdoba, 27 de febrero de 2023
VISTO: el Expediente N° 0521-065477/2022 del registro del Ente Regula-
dor de Servicios Públicos (E.R.Se.P.).
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Gerencia Vial y Edilicia del
E.R.Se.P. propicia la aprobación del Convenio Denitivo de Adquisición
por Avenimiento, en relación a una fracción de terreno ubicada en La
Tablada, Departamento Capital de esta Provincia, designado como Tramo
02, Afectación N° 20, e inscripta en el Registro General de la Provin-
cia en Matrícula N° 44.302, con una supercie a afectar de 254,50 m2,
celebrado el día 22 de febrero de 2017, entre la rma Caminos de las
Sierras S.A., en representación de la Provincia de Córdoba, en su ca-
rácter de Concesionaria de la Red de Accesos a la Ciudad de Córdoba,
y la señora María Fernanda GITELLI, quien actúa por derecho propio y
en representación del Señor Sebastián GITELLI, siendo ambos titulares
dominiales del referido inmueble, para ser destinado a la ejecución de la
obra: “CIERRE DE LA AVENIDA DE CIRCUNVALACIÓN A LA CIUDAD
DE CÓRDOBA, SECCIÓN 3, DISTRIBUIDOR EL TROPEZÓN (RP E-55)
– DISTRIBUIDOR AVENIDA SPILIMBERGO”.
Que el mencionado inmueble fue declarado de utilidad pública y sujeto
a expropiación de manera genérica por la Ley N° 9857, que declara en
dicha condición a todos aquellos que fueran necesarios para la ejecución
de la Red de Acceso a Córdoba (RAC), e individualizado mediante Decreto
N° 1278/2016; ello con destino a la obra pública citada anteriormente, sien-
do la supercie a afectar de 254,50 m2, de acuerdo al Plano de Mensura
Parcial, confeccionado por el Ing. Agrimensor Sergio Adrián Castillo en el
Expediente N° 0033-039653/2000 y visado por la Dirección General de
Catastro con fecha 11 de agosto de 2000.
Que luce incorporado el Convenio de que se trata, suscripto con fe-
cha 22 de febrero de 2017, en cuya cláusula primera se reere que los
propietarios se avinieron a vender y transferir a la empresa actuante la
fracción de terreno declarada de utilidad pública y sujeta a expropiación,
individualizada de acuerdo al Plano de Afectación CS-PX(A-019)011-ROA
como “Tramo 02 Afectación N° 20”, para la ejecución de la obra de que se
trata; encerrando una supercie de 254,50 m2, siendo parte de una mayor
supercie de 983,40 m2, según constancias catastrales y registrales.
Que asimismo, se declara que la entrega de la posesión real y efecti-
va del inmueble se realizó en el mes de noviembre de 2016; en tanto, se
acompaña la documentación que acredita la calidad de los suscriptores del
Convenio en cuestión.
Que en el mencionado Convenio, las partes jan de común acuerdo
el precio de la fracción expropiada en la suma total de Pesos Novecientos
Sesenta y Siete Mil Quinientos Siete con Cuarenta y Ocho Centavos ($
967.507,48); importe que se compone por el precio por el estimado por
el Consejo General de Tasaciones mediante Resolución N° 8960/2016 al
mes de noviembre de 2016 (879.552,25), más el 10% conforme a lo pre-
visto por el artículo 14 de la Ley N° 6394, lo que incluye la compensación
de cualquier daño que eventualmente sea consecuencia directa e inme-
diata de la expropiación y de cualquier otro concepto en los términos de
la citada Ley. A su vez, se aclara que la empresa abona mediante cheque
a los propietarios, el cual será imputado al pago total, único y denitivo
del inmueble en cuestión.
Que la transferencia del dominio del inmueble, a favor del Estado
Provincial, será efectuada conforme lo dispuesto por el artículo 21 de
la Ley N° 6394.
Que en virtud de lo reseñado, procede en la instancia disponer la ad-
quisición directa del inmueble de marras y aprobar el Convenio Denitivo
de que se trata, por encuadrar en las previsiones de los artículos 11, 14 y
21 de la Ley N° 6394, y en las disposiciones de las Cláusulas 16.4, 16.4.1
y 16.4.2 del Contrato de Concesión aprobado por Decreto N° 1598/1997,
así como en el artículo 7, inciso d), del Marco Regulatorio aprobado por
Decreto N° 1590/1997, los cuales establecen que el concesionario Cami-
nos de las Sierras S.A., tiene el deber y la atribución de actuar en nombre
y representación de la Provincia de Córdoba.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Obras Públicas
con el N° 8/2023, por Fiscalía de Estado bajo el N° 118/2023 y en uso de
las atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1°.- DISPÓNESE la adquisición directa del inmueble que fue-
ra declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación de manera gené-
rica por Ley N° 9857, e individualizado mediante Decreto N° 1278/2016,
ubicado en La Tablada, Departamento Capital de esta Provincia, designado
como Tramo 02 Afectación N° 20, e inscripto en su mayor supercie en el
Registro General de la Provincia a la Matrícula N° 44.302, con una su-
percie a afectar de 254,50 m2, de acuerdo al Plano de Mensura Parcial,
confeccionado por el Ing. Agrimensor Sergio Adrián Castillo, en el Expe-

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