Decreto N° 1917 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 8 de Marzo de 2017 |
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 29 de Diciembre de 2016 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVII - Nº 46
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 8 DE MARZO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Dirección informa la cantidad total de módulos necesarios, el costo de cada
uno de ellos, el plazo de obra y que los trabajos se ejecutarán a través de
los consorcios camineros subcontratistas integrantes del Consorcio Cami-
nero Regional N° 12 de conformidad a la previsión del artículo 15 ap. 4 y 6
del Pliego Particular de Condiciones.
Que el citado Departamento maniesta que “…el Consorcio Caminero
Regional reúne las condiciones técnicas, jurídicas y operativas para ser
el adjudicatario de la obra de mantenimiento de las redes sin pavimentar
aludidas, y sería la forma más efectiva y ágil de atender las mencionadas
redes.” “(…) éste modo de contratación, va a producir un signicativo aho-
rro económico, del proceso administrativo, celeridad, eciencia y ecacia,
basado en el concurso activo y concertado de varios consorcios, para rea-
lizar una función única de conservar, cuyo efecto es superior a la suma de
efectos individuales”.
Que obra en autos Acta de Conformidad suscripta por el Presidente del
Consorcio Caminero Regional N° 12, para la ejecución de la obra de ma-
rras por la suma de $ 23.360.000,00, comprometiéndose a ceder los pagos
correspondientes a los Consorcios Camineros Subcontratistas integrantes
de su Regional.
Que se agrega Documento Contable - Nota de Pedido N° 2016/001669,
que certica la reserva presupuestaria para atender a la erogación que lo
gestionado demanda.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dispuesto
por el artículo 7, inc e) de la Ley Nº 8614, artículo 2 de la Ley Nº 6233,
artículo 42 de la Ley Nº 10.322, lo dictaminado por la Dirección General
de Asuntos Legales del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
con el N° 641/2016, por Fiscalía de Estado bajo el N° 1105/2016, y en uso
de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- CONTRÁTASE en forma directa con el Consorcio Cami-
nero Regional Nº 12, la ejecución de la obra: “CONSERVACIÓN CAMINOS
DE TIERRA – REGIÓN 12 – DEPARTAMENTOS: GENERAL SAN MARTÍN
– JUAREZ CELMAN – RÍO CUARTO - AÑO 2017”, por la suma de Pesos
Veintitrés Millones Trescientos Sesenta Mil ($ 23.360.000,00).
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pesos
Veintitrés Millones Trescientos Sesenta Mil ($ 23.360.000,00) al Presu-
puesto Futuro Año 2017 conforme lo indica el Documento Contable - Nota
de Pedido N° 2016/001669.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la Dirección Provin-
cial de Vialidad a suscribir el respectivo contrato de obra.
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Departamento
Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad depen-
diente del Ministerio Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, al Tribunal de
Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial,
notifíquese, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VI-
VIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES / DR. JORGE EDUARDO CORDOBA,
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 1917
Córdoba, 29 de diciembre de 2016
VISTO: El expediente Nº 0045-019228/2016, del registro de la Dirección
Provincial de Vialidad, dependiente del Ministerio de Vivienda, Arquitectura
y Obras Viales.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramita la contratación directa
con el Consorcio Caminero Regional Nº 09, para la ejecución de la obra:
“CONSERVACIÓN CAMINOS DE TIERRA – REGIÓN 09 – DEPARTA-
MENTO: SAN JUSTO - AÑO 2017”, por la suma de $ 25.890.000,00.
Que con la obra de referencia se pretende conservar las redes viales pri-
marias, secundarias y terciarias sin pavimentar, con el objeto de lograr me-
jor transitabilidad y seguridad; obteniendo mayor economía del transporte
para el usuario y para la Provincia, basado esto en un importante ahorro
administrativo, gran agilidad y versatilidad en la adjudicación, ejecución ,
cómputo y certicación de los trabajos.
Que el contrato se regirá por el sistema Modular de Certicación de
obra lo cual posibilitará una gran agilidad operativa, para la ejecución de
las obras, como también realizar una serie de trabajos menores de peque-
ña cuantía, imprescindibles en función de un mantenimiento preventivo, o
tendientes a una consolidación denitiva del tramo.
Que se ha incorporado en autos la documentación técnica para la pre-
sente obra, consistente en: Memoria Descriptiva, Pliego General de Espe-
cicaciones para el Mantenimiento del Tránsito y Medidas de Seguridad,
Pliego Particular de Condiciones, Pliego Complementario de Condiciones,
Pliego Particular de Especicaciones Técnicas, Nómina de ubicaciones
de caminos y la planimetría correspondiente, descripción de los Ítems del
Contrato, Presupuesto Ocial y Listado de Planos con la Descripción Téc-
nica de las tareas a realizar, lo que ha sido aprobado por el Directorio de la
Dirección Provincial de Vialidad mediante Resolución N° 916/2016.
Que el Departamento I Conservación Caminos de Tierra de la referida
Dirección informa la cantidad total de módulos necesarios, el costo de cada
uno de ellos, el plazo de obra y que los trabajos se ejecutaran a través de
los consorcios camineros subcontratistas integrantes del Consorcio Cami-
nero Regional Nº 09 de conformidad a la previsión del artículo 15 ap. 4 y 6
del Pliego Particular de Condiciones.
Que el citado Departamento maniesta que “…el Consorcio Caminero
Regional reúne las condiciones técnicas, jurídicas y operativas para ser
el adjudicatario de la obra de mantenimiento de las redes sin pavimentar
aludidas, y sería la forma más efectiva y ágil de atender las mencionadas
redes.” “(…) éste modo de contratación, va a producir un signicativo aho-
rro económico, del proceso administrativo, celeridad, eciencia y ecacia,
basado en el concurso activo y concertado de varios consorcios, para rea-
lizar una función única de conservar, cuyo efecto es superior a la suma de
efectos individuales”.
Que en autos Acta de Conformidad suscripta por el Presidente del
Consorcio Caminero Regional N° 09, para la ejecución de la obra de ma-
rras por la suma de $ 25.890.000,00, comprometiéndose a ceder los pagos
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