Decreto N° 1917 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Marzo de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVII - Nº 46
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 8 DE MARZO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Dirección informa la cantidad total de módulos necesarios, el costo de cada
uno de ellos, el plazo de obra y que los trabajos se ejecutarán a través de
los consorcios camineros subcontratistas integrantes del Consorcio Cami-
nero Regional N° 12 de conformidad a la previsión del artículo 15 ap. 4 y 6
del Pliego Particular de Condiciones.
Que el citado Departamento maniesta que “…el Consorcio Caminero
Regional reúne las condiciones técnicas, jurídicas y operativas para ser
el adjudicatario de la obra de mantenimiento de las redes sin pavimentar
aludidas, y sería la forma más efectiva y ágil de atender las mencionadas
redes.” “(…) éste modo de contratación, va a producir un signicativo aho-
rro económico, del proceso administrativo, celeridad, eciencia y ecacia,
basado en el concurso activo y concertado de varios consorcios, para rea-
lizar una función única de conservar, cuyo efecto es superior a la suma de
efectos individuales”.
Que obra en autos Acta de Conformidad suscripta por el Presidente del
Consorcio Caminero Regional N° 12, para la ejecución de la obra de ma-
rras por la suma de $ 23.360.000,00, comprometiéndose a ceder los pagos
correspondientes a los Consorcios Camineros Subcontratistas integrantes
de su Regional.
Que se agrega Documento Contable - Nota de Pedido N° 2016/001669,
que certica la reserva presupuestaria para atender a la erogación que lo
gestionado demanda.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dispuesto
por el artículo 7, inc e) de la Ley Nº 8614, artículo 2 de la Ley Nº 6233,
artículo 42 de la Ley Nº 10.322, lo dictaminado por la Dirección General
de Asuntos Legales del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
con el N° 641/2016, por Fiscalía de Estado bajo el N° 1105/2016, y en uso
de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- CONTRÁTASE en forma directa con el Consorcio Cami-
nero Regional Nº 12, la ejecución de la obra: “CONSERVACIÓN CAMINOS
DE TIERRA – REGIÓN 12 – DEPARTAMENTOS: GENERAL SAN MARTÍN
– JUAREZ CELMAN – RÍO CUARTO - AÑO 2017”, por la suma de Pesos
Veintitrés Millones Trescientos Sesenta Mil ($ 23.360.000,00).
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pesos
Veintitrés Millones Trescientos Sesenta Mil ($ 23.360.000,00) al Presu-
puesto Futuro Año 2017 conforme lo indica el Documento Contable - Nota
de Pedido N° 2016/001669.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la Dirección Provin-
cial de Vialidad a suscribir el respectivo contrato de obra.
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Departamento
Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad depen-
diente del Ministerio Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, al Tribunal de
Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial,
notifíquese, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VI-
VIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES / DR. JORGE EDUARDO CORDOBA,
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 1917
Córdoba, 29 de diciembre de 2016
VISTO: El expediente Nº 0045-019228/2016, del registro de la Dirección
Provincial de Vialidad, dependiente del Ministerio de Vivienda, Arquitectura
y Obras Viales.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramita la contratación directa
con el Consorcio Caminero Regional Nº 09, para la ejecución de la obra:
“CONSERVACIÓN CAMINOS DE TIERRA – REGIÓN 09 – DEPARTA-
MENTO: SAN JUSTO - AÑO 2017”, por la suma de $ 25.890.000,00.
Que con la obra de referencia se pretende conservar las redes viales pri-
marias, secundarias y terciarias sin pavimentar, con el objeto de lograr me-
jor transitabilidad y seguridad; obteniendo mayor economía del transporte
para el usuario y para la Provincia, basado esto en un importante ahorro
administrativo, gran agilidad y versatilidad en la adjudicación, ejecución ,
cómputo y certicación de los trabajos.
Que el contrato se regirá por el sistema Modular de Certicación de
obra lo cual posibilitará una gran agilidad operativa, para la ejecución de
las obras, como también realizar una serie de trabajos menores de peque-
ña cuantía, imprescindibles en función de un mantenimiento preventivo, o
tendientes a una consolidación denitiva del tramo.
Que se ha incorporado en autos la documentación técnica para la pre-
sente obra, consistente en: Memoria Descriptiva, Pliego General de Espe-
cicaciones para el Mantenimiento del Tránsito y Medidas de Seguridad,
Pliego Particular de Condiciones, Pliego Complementario de Condiciones,
Pliego Particular de Especicaciones Técnicas, Nómina de ubicaciones
de caminos y la planimetría correspondiente, descripción de los Ítems del
Contrato, Presupuesto Ocial y Listado de Planos con la Descripción Téc-
nica de las tareas a realizar, lo que ha sido aprobado por el Directorio de la
Dirección Provincial de Vialidad mediante Resolución N° 916/2016.
Que el Departamento I Conservación Caminos de Tierra de la referida
Dirección informa la cantidad total de módulos necesarios, el costo de cada
uno de ellos, el plazo de obra y que los trabajos se ejecutaran a través de
los consorcios camineros subcontratistas integrantes del Consorcio Cami-
nero Regional Nº 09 de conformidad a la previsión del artículo 15 ap. 4 y 6
del Pliego Particular de Condiciones.
Que el citado Departamento maniesta que “…el Consorcio Caminero
Regional reúne las condiciones técnicas, jurídicas y operativas para ser
el adjudicatario de la obra de mantenimiento de las redes sin pavimentar
aludidas, y sería la forma más efectiva y ágil de atender las mencionadas
redes.” “(…) éste modo de contratación, va a producir un signicativo aho-
rro económico, del proceso administrativo, celeridad, eciencia y ecacia,
basado en el concurso activo y concertado de varios consorcios, para rea-
lizar una función única de conservar, cuyo efecto es superior a la suma de
efectos individuales”.
Que en autos Acta de Conformidad suscripta por el Presidente del
Consorcio Caminero Regional N° 09, para la ejecución de la obra de ma-
rras por la suma de $ 25.890.000,00, comprometiéndose a ceder los pagos

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