Decreto N° 188

EmisorÁrea Jefe de Gobierno
Fecha de la disposición 2 de Junio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DECRETO N.º 188/21
Buenos Aires, 1 de junio de 2021
VISTO: Las Leyes N° 2.095, 1.218 y 6.292 (textos consolidados según Ley N° 6347),
los Decretos Nros. 463/19, 49/21 y 74/21, el Expediente Electrónico N° 15697659-
GCABA-DGSPLU/21 y N° 15676966- GCABA-DGTALMEPHU/21, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto tramita la Licitación Pública Nacional
de Etapa Múltiple N° 7162-0734-LPU21, al amparo de los artículos 31 y 32 de la Ley
N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6347), reglamentada por Decreto N° 74-
GCABA/21, para la contratación del “Servicio de Mantenimiento de la Red Pluvial y
Tareas Correctivas”, con destino a la Dirección General Sistema Pluvial dependiente
de la Subsecretaría de Mantenimiento Urbano del Ministerio de Espacio Público e
Higiene Urbana del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un plazo
de treinta y seis (36) meses y con un presupuesto oficial de PESOS TRES MIL
OCHOCIENTOS TRES MILLONES TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL
CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO CON VEINTISES CENTAVOS 26/100
($3.803.319.478,26);
Que la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6347) establece las normas
básicas para los procesos de compras y contrataciones de bienes y servicios llevados
a cabo por el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 32 de la citada Ley prevé las Licitaciones o Concursos de Etapa
Múltiple “cuando la comparación y evaluación de antecedentes empresariales y
técnicos, capacidad económica financiera, garantías, características de la prestación y
análisis de los componentes económicos de las ofertas se realizan mediante
preselecciones o precalificaciones sucesivas, esto es, por la presentación de más de
un sobre.”;
Que el Decreto N° 74-GCABA/21 aprobó la reglamentación de la Ley N° 2.095 (texto
consolidado según Ley N° 6347) y fijó los niveles de decisión y cuadro de
competencias conforme se detalla en sus Anexos II, III, IV, V, VI y VII;
Que el objeto del presente servicio es el mantenimiento integral básico del sistema
pluvial y todos los elementos que lo integran, que incluye tareas de desobstrucción,
limpieza, higiene, conservación y mantenimiento propiamente dicho, y el
mantenimiento correctivo del mismo con el objeto de mitigar anegamientos o
inundaciones, mejorar la red, readecuarla u optimizarla;
Que por Disposición N° 167-DGCyC/21 la Dirección General de Compras y
Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector del sistema de compras y
contrataciones y de acuerdo con las facultades otorgadas por el artículo 18, inciso j),
de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6347) aprobó el Pliego Único de
Bases y Condiciones Generales;
Que conforme artículo 24 de la Ley N° 6.292 de Ministerios corresponde al Ministerio
de Espacio Público e Higiene Urbana asistir al Jefe de Gobierno en lo inherente a sus
competencias, entre las que se encuentra la de regular, controlar y administrar el
sistema de la red pluvial, incluidos los lagos y lagunas y las tareas de saneamiento
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6139 - 02/06/2021

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