Decreto N° 18 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Julio de 2018
EmisorPoder Legislativo
Fecha de la disposición14 de Marzo de 2018
MARTES 20 DE MARZO DE 2018
AÑO CV - TOMO DCXXXIX - Nº 55
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 304
Córdoba, 7 de marzo de 2018
VISTO: el Expediente Letra “M”- Nº 2/2018, Registro del Tribunal de Disci-
plina Notarial.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones el Escribano Andrés Roberto Magnano,
Adscripto al Registro Notarial Nº 269, con asiento en la Localidad de San
Francisco, Departamento San Justo, solicita a su favor la titularidad de di-
cho Registro.
Que el Tribunal de Disciplina Notarial informa que el Notario solicitante fue
designado Adscripto al Registro Notarial cuya titularidad pretende median-
te Decreto Nº 737 del Poder Ejecutivo de la Provincia, de fecha 8 de julio
del año 2014, prestando juramento de Ley el día 4 de diciembre de idéntico
año, permaneciendo en sus funciones hasta el día 7 de febrero de 2018,
fecha de aceptación de las renuncias presentadas por los escribanos Car-
men Raquel Zurbriggen de Magnano y Andrés Roberto Magnano, como ti-
tular y adscripto respectivamente, la primera por acogerse a los benecios
de la jubilación ordinaria y el segundo para solicitar la titularidad de dicho
Registro Notarial.
Que tanto el Colegio de Escribanos de la Provincia, como el Tribunal de
Disciplina Notarial se expiden favorablemente respecto a la petición de au-
tos.
Por ello, lo dispuesto por los artículos 17, 29 y 33 de la Ley Nº 4183 (T.O.
Decreto N° 2252/75 y modicaciones introducidas por la Ley 7491) y lo
dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Minis-
terio de Gobierno con el N° 085/2018 y por Fiscalía de Estado bajo el N°
00213/2018, y en ejercicio de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 304 .....................................................................Pa g. 1
PODER LEGISLATIVO
Decreto N° 18 .......................................................................Pag. 1
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Resolución N° 94 ................................................................. Pag. 3
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución N° 1 ................................................................... Pag. 4
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN OPERATIVA
Resolución N° 8 ................................................................... Pag. 5
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 84 ................................................................. Pag. 5
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
ACUERDO NÚMER O: SEIS .................................................Pag. 6
Artículo 1º.- DESÍGNASE al Notario Andrés Roberto Magnano (D.N.I.
31.480.526 – Clase 1984), como Escribano Titular del Registro Notarial
Nº 269 con asiento en la Localidad de San Francisco, Departamento San
Justo, de la Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministro
de Gobierno y Fiscal de Estado.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Discipli-
na Notarial, al Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba, comuní-
quese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - JUAN CARLOS MASSEI, MINISTRO
DE GOBIERNO - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
PODER LEGISLATIVO
Decreto N° 18
Córdoba, 14 de Marzo de 2018.
VISTO que durante el año en curso, se cumplen cien años de la inaugura-
ción del Palacio Legislativo, sede de este Poder de Estado.
Y CONSIDERANDO Que las primeras conformaciones de la“Sala de Re-
presentantes” y “Legislatura” de la Provincia utilizaron entre 1820 y 1889,
diferentes locales para su funcionamiento, entre ellos un inmueble sito en
la intersección de las actuales calles Entre Ríos y Buenos Aires que tras un
derrumbe parcial que ocasionó su clausura, fue reemplazado como asien-
to del Cuerpo Legislativo, por dependencias del Cabildo.
Que en julio de 1889, el Superior Gobierno de la Provincia adquirió a la
Municipalidad de Córdoba el inmueble que hasta entonces fue su local
físico, en la esquina de las calles Funes y Unión -hoy Rivera Indarte- desti-
nándose tras la mencionada compra, a la reubicación del Poder Legislativo
Provincial.
Que en el año 1908, se dispuso la compra de inmuebles aledaños al predio
mencionado, con el objeto de ampliar la sede de la Legislatura, aprobán-

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