Decreto Nº 1796
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 10 de Noviembre de 2015 |
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCXII - Nº 236 CÓRDOBA, 11 de Diciembre de 20152
Córdoba.
Artículo 2°.- FACÚLTASE al señor Ministro de Finanzas a realizar todas las adecuaciones
presupuestarias que se deriven de lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Gobierno y Fiscal
Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
JUAN CARLOS MASSEI JUAN SCHIARETTI
MINISTRO DE GOBIERNO GOBERNADOR
JORGE E. CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto Nº 1796 Córdoba, 10 de diciembre de 2015
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir de la fecha del presente Decreto, al Dr. Sergio Sebastián
BUSSO (M.I. 13.221.242) como Ministro de Agricultura y Ganadería de la Provincia de Córdoba.
Artículo 2°.- FACÚLTASE al señor Ministro de Finanzas a realizar todas las adecuaciones
presupuestarias que se deriven de lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Gobierno y Fiscal
Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
JUAN CARLOS MASSEI JUAN SCHIARETTI
MINISTRO DE GOBIERNO GOBERNADOR
JORGE E. CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto Nº 1797 Córdoba, 10 de diciembre de 2015
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir de la fecha del presente Decreto, al Prof. Walter Mario
GRAHOVAC (M.I. 12.875.650) como Ministro de Educación de la Provincia de Córdoba.
Artículo 2°.- FACÚLTASE al señor Ministro de Finanzas a realizar todas las adecuaciones
presupuestarias que se deriven de lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Gobierno y Fiscal
Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
JUAN CARLOS MASSEI JUAN SCHIARETTI
MINISTRO DE GOBIERNO GOBERNADOR
JORGE E. CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto Nº 1798 Córdoba, 10 de diciembre de 2015
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir de la fecha del presente Decreto, al Dr. Luis Eugenio ANGULO
(M.I. 8.453.861) como Ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Córdoba.
Artículo 2°.- FACÚLTASE al señor Ministro de Finanzas a realizar todas las adecuaciones
presupuestarias que se deriven de lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Gobierno y Fiscal
Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
JUAN CARLOS MASSEI JUAN SCHIARETTI
MINISTRO DE GOBIERNO GOBERNADOR
JORGE E. CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir de la fecha del presente Decreto, al Dr. Francisco José
FORTUNA (M.I. 10.320.386) como Ministro de Salud de la Provincia de Córdoba.
Artículo 2°.- FACÚLTASE al señor Ministro de Finanzas a realizar todas las adecuaciones
presupuestarias que se deriven de lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Gobierno y Fiscal
Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
JUAN CARLOS MASSEI JUAN SCHIARETTI
MINISTRO DE GOBIERNO GOBERNADOR
JORGE E. CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto Nº 1800 Córdoba, 10 de diciembre de 2015
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir de la fecha del presente Decreto, al Cr. José Máximo GARCÍA
(M.I. 8.040.428) como Ministro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales de la Provincia de Córdoba.
Artículo 2°.- FACÚLTASE al señor Ministro de Finanzas a realizar todas las adecuaciones
presupuestarias que se deriven de lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Gobierno y Fiscal
Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
JUAN CARLOS MASSEI JUAN SCHIARETTI
MINISTRO DE GOBIERNO GOBERNADOR
JORGE E. CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir de la fecha del presente Decreto, al señor Rodrigo Miguel
RUFEIL (M.I. 29.742.503) como Ministro de Desarrollo Social de la Provincia de Córdoba.
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