Decreto N° 1789 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 6 de Marzo de 2017 |
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 15 de Diciembre de 2016 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVII - Nº 44
CORDOBA, (R.A.), LUNES 6 DE MARZO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
de la operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por la Direc-
ción de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 988/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º INCREMENTAR el Cálculo de Ingresos y el total de Eroga-
ciones del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigen-
cia – aprobado por los artículos 1° y 2º de la Ley N° 10.322 – en la suma
de PESOS DOS MIL CINCUENTA MILLONES QUINIENTOS DOCE MIL
NOVECIENTOS SEIS ($2.050.512.906.-), y modicar las asignaciones de
Recursos Financieros de conformidad con el detalle analítico incluido en
Planillas que como Anexos I y II con una (1) foja útil cada uno, forman parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º MODIFICAR el Cálculo de Contribuciones y Erogaciones
Figurativas del Presupuesto General de la Administración Provincial en
vigencia, de conformidad con el detalle analítico incluido en Planilla que
como Anexo III con una (1) foja útil forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 3º ADECUAR el Plan de Inversiones Públicas previsto en el
Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, de con-
formidad con el Documento Modicación al Plan de Obras Públicas N°
112, el que como Anexo IV con una (1) foja útil forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 4º PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección Ge-
neral de Presupuesto e Inversiones Públicas, a Contaduría General de la
Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia, y a la Legisla-
tura, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
Anexo: https://goo.gl/5eusFJ
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 1789
Córdoba, 15 de diciembre de 2016
VISTO: el Expediente N° 0532-000100/2016 del registro de la Subsecre-
taría Fiscalía Tributaria Adjunta, dependiente del Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se gestiona la designación de la
abogada Carmen Gloria GALLARDO, como Procuradora Fiscal de la Di-
rección General de Rentas.
Que el sistema provincial de procuración scal y la competencia de la
Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba para disponer la
gestión judicial y/o extrajudicial de cobranzas de las deudas impositivas en
mora hace necesario, a los nes de contribuir a la eciencia de la gestión
de cobro, designar procuradores scales en el marco de la normativa que
regula la actividad de éstos.
Que la procuradora scal que se designa por el presente instrumento
legal cumple con los requisitos y condiciones que prevé la legislación vi-
gente en la materia, debiendo constituir legajo pertinente y otorgar la anza
respectiva.
Por ello, las disposiciones del Decreto N° 1205/2015, lo dictaminado
por la Fiscalía Tributaria Adjunta con el N° 47/2016, por la Dirección de
Asuntos Legales del Ministerio de Finanzas al N° 737/2016, por Fiscalía de
Estado bajo el N° 849/2016 y en ejercicio de atribuciones conferidas por el
artículo 144° de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1º.-DESÍGNASE a la abogada Carmen Gloria GALLARDO
(M.I. Nº 20.489.258), como Procuradora Fiscal de la Dirección General de
Rentas para la gestión judicial y/o extrajudicial de cobro de deudas imposi-
tivas en mora.
Artículo 2º.-ESTABLÉCESE que la Procuradora Fiscal designada en
el artículo anterior comenzará a ejercer la representación de la Provincia
de Córdoba una vez completado el legajo y constituida la anza pertinente.
Artículo 3º.-AUTORÍZASE al señor Ministro de Finanzas para que ve-
rique el otorgamiento de la anza correspondiente y proceda a su acepta-
ción.
Artículo 4º.-DISPÓNESE que el cumplimiento de la designación dis-
puesta en el presente Decreto no demandará egreso alguno, atento las
condiciones establecidas en la reglamentación vigente.
Artículo 5º.-El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 6º.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINIS-
TRO DE FINANZAS / DR. JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 1787
Córdoba, 15 de diciembre de 2016
VISTO: el Expediente N° 0532-000026/2016 del registro de Fiscalía Tribu-
taria Adjunta, dependiente del Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que a los nes de contribuir a la eciencia de la gestión judicial y/o ex-
trajudicial de cobranzas de deudas impositivas en mora se hace necesario
designar procuradores scales en el marco de la normativa que regula la
actividad de éstos.
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