Decreto N° 1786 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición15 de Diciembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXV - Nº 11
CORDOBA, (R.A.), LUNES 16 DE ENERO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Que la Dirección General de Planeamiento, Ejecución y Gerenciamiento de
Obras dependiente del Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos
señala que la obra pendiente de ejecutar, deducida la porción readecua-
da en el presente, no sufre modicación alguna en sus costos originarios,
manteniéndose los mismos inalterados comparativamente.
Que se expide en forma favorable a lo gestionado el Área Legal de la Di-
rección General de Planeamiento, Ejecución y Gerenciamiento de Obras
mediante Dictamen N° 5/2017, obrando Resolución N° 5/2017 del Secreta-
rio de Desarrollo Energético aprobando lo actuado y propiciando la medida
de que se trata.
Que en igual sentido se expide la Dirección General de Asuntos Legales
del Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos mediante Dictamen
N° 4/2017.
Que en consecuencia, habiendo las empresas integrantes de la UTE adju-
dicataria otorgado su conformidad a la readecuación propiciada en los tér-
minos antes referenciados, como así también al inicio de un nuevo proceso
de selección y contratación, habiendo renunciado a todo reclamo derivado
de ello y siendo la propuesta efectuada técnica y económicamente factible,
corresponde disponer la readecuación de la licitación para la ejecución de
los trabajos de la obra del “Programa Integral de Gasoductos Troncales
de la Provincia de Córdoba” adjudicada por Decreto N° 80/2016 a las em-
presas IECSA S.A. - China Communications Construction Company LTD
Sucursal Argentina (CCCC) UTE, de acuerdo a los términos en que ha
sido planteada.
Que lo propiciado encuadra en el marco del “Programa Integral de Ga-
soductos Troncales” y con sus mismos alcances.
Que ello encuentra fundamento en las previsiones de los artículos 957,
958, 959, 1465 correlativos y concordantes del Código Civil y Comercial de
la Nación, en la Ley N° 8614, sus modicatorias y normas reglamentarias,
la Ley N° 10.339, y en toda la normativa que rige el proceso licitatorio au-
torizado por Decreto N° 450/2015.
Que corresponde instruir a la Agencia Córdoba de Inversión y Financia-
miento Sociedad de Economía Mixta para que disponga en el marco del
Programa Integral de Gasoductos Troncales de la Provincia de Córdoba el
llamado a licitación y adjudique la ejecución de los trabajos que se reade-
cuan por el presente acto.
Que asimismo se deberán efectuar las adecuaciones contables y/o presu-
puestarias que correspondan en virtud de lo dispuesto en este acto.
Por ello, los informes producidos, la normativa citada, lo dictaminado por
Fiscalía de Estado bajo el N° 17/2017 y en uso de atribuciones conferidas
por el artículo 144 inciso 1° de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1°.- READÉCUASE la licitación para la ejecución de los trabajos
de la obra del “Programa Integral de Gasoductos Troncales de la Provincia
de Córdoba” adjudicada por Decreto N° 80/2016 a las empresas IECSA
S.A. - China Communications Construction Company LTD Sucursal Ar-
gentina (CCCC) UTE y en consecuencia DESAFÉCTANSE de la misma la
ejecución de las trabajos correspondientes a los tramos que se detallan en
el Anexo Único que forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2º.- AUTORÍZASE al señor Ministro de Agua, Ambiente y Servi-
cios Públicos a suscribir la documentación e instrumentar las medidas per-
tinentes que se requieran en el marco de la licitación adjudicada por De-
creto N° 80/2016, como consecuencia de la readecuación y desafectación
dispuesta en el artículo anterior, la que se mantiene en iguales términos y
condiciones, con excepción de la parte desafectada.
Artículo 3°.- FACÚLTASE para que a través de las áreas competentes, se
efectúen las adecuaciones contables y/o presupuestarias, que en caso de
corresponder, requiera la implementación de lo dispuesto en el artículo 1°
del presente acto.
Artículo 4°.- INSTRÚYESE a la Agencia Córdoba de Inversión y Finan-
ciamiento Sociedad de Economía Mixta ACIF S.E.M., para que efectúe
el llamado a licitación y adjudique, en el marco del Programa Integral de
Gasoductos Troncales de la Provincia de Córdoba, la ejecución de los
trabajos desafectados en este acto, debiendo el Ministerio de Agua, Am-
biente y Servicios Públicos otorgar el asesoramiento técnico y colaboración
operativa de su competencia a dichos efectos.
Artículo 5°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro
de Agua, Ambiente y Servicios Públicos, Ministro de Finanzas, Ministro de
Inversión y Financiamiento y Fiscal de Estado.
Artículo 6º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, dese a la Le-
gislatura Provincial a sus efectos, publíquese en el Boletín Ocial, y archí-
vese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR – FABIAN LOPEZ, MINISTRO DE AGUA,
AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS – OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE FI-
NANZAS – RICARDO SOSA, MINISTRO DE INVERSIÓN Y FINANCIAMIENTO –
JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Anexo: https://goo.gl/gAEF0B
Córdoba, 15 de diciembre de 2016.
VISTO: el Expediente Letra “R” N° 06/2016 del registro del Tribunal de Dis-
ciplina Notarial de la Provincia.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se promueve la cobertura por traslado
en las vacantes producidas en los Registros de Capital e Interior que se
nominan en autos, conforme lo instrumentado por el Tribunal de Disciplina
Notarial en Acuerdo N° 88 de fecha 18 de agosto de 2016.
Que el Tribunal de Disciplina Notarial eleva nómina de los notarios pro-
puestos para cubrir traslados registros notariales vacantes.
Que obra en autos copia certicada del Acta de Clausura del período de
inscripción en la que se detallan los Registros Notariales vacantes y los
postulantes para su cobertura, con las correspondientes publicaciones.
Que se acompaña copia del Acuerdo de referencia, a través del cual se da
cuenta de la asignación de puntaje a cada escribano inscripto, consecuen-
temente se resuelve proveer por traslado la cobertura de los Registros No-
tariales nominados siguiendo la aludida calicación; asimismo se adjunta
listado de Escribanos propuestos con los datos personales de rigor.

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