Decreto N° 1758 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 18 de Diciembre de 2017 |
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 23 de Noviembre de 2017 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXVI - Nº 243
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 15 DE DICIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Salta, colindando con la Parcela 0373-4291 hasta alcanzar el Vértice M
(X=6285765,84 - Y=4313363,78), representado en el plano mediante un
punto imaginario.
Lado M-N: de seiscientos cuatro metros con sesenta y ocho centíme-
tros (604,68 m), que se desarrolla con trayectoria Noreste por el costado
Noroeste del camino público sin nombre, colindando al Noroeste, en parte,
con las Parcelas 0373-4291, 0373-4392, 0373-4490 y 0373-4492 hasta
encontrar el Vértice N (X=6286114,29 - Y=4313857,97), representado en el
plano mediante un punto imaginario.
Lado N-A: de trescientos cincuenta y tres metros con noventa y ocho
centímetros (353,98 m), que se proyecta con sentido Noroeste colindando
al Sudoeste con la Parcela 0373-4492 hasta localizar el Vértice A, cerrando
de esta manera el polígono del Radio Municipal de la localidad de Cha-
ján, que ocupa una supercie de ciento treinta y seis hectáreas, ocho mil
novecientos noventa y tres metros cuadrados con veinticinco decímetros
cuadrados (136 ha, 8.993,25 m2).
Los puntos amojonados son:
Mojón Nº 1: de coordenadas (X=6285582,47 - Y=4314106,27), y Mojón Nº
2: de coordenadas (X=6285912,82 - Y=4313885,57).
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL,
EN LA CIUDAD DE RÍO CUARTO, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE
NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.
FDO: OSCAR FÉLIX GONZÁLEZ, PRESIDENTE PROVISORIO, LEGISLATURA
PROVINCIA DE CÓRDOBA / GUILLERMO CARLOS ARIAS, SECRETARIO LEGIS-
LATIVO, LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
anexo: https://goo.gl/9NwXeP
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 1758
Córdoba, 23 de noviembre de 2017
Téngase por Ley de la Provincia Nº 10498 cúmplase, protocolícese, comu-
níquese, publíquese en el Boletín Ocial, archívese.
FDO. JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR – JUAN CARLOS MASSEI , MINISTRO
DE GOBIERNO – JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
viene de tapa
Resolución N° 55 ................................................................ Pag. 10
Resolución N° 58 ................................................................ Pag. 11
Resolución N° 59 ................................................................ Pag. 11
Resolución N° 60 ................................................................ Pag. 12
MINISTERIO DE EDUCACION
Lista de Orden Merito ......................................................... Pag. 12
Decreto N° 1837
Córdoba, 24 de noviembre de 2017.
VISTO: La necesidad de brindar a los empleados del sector público provin-
cial, una herramienta informática ágil a n de realizar consultas y gestiones
en tiempo real.
Y CONSIDERANDO:
Que entre las competencias de organización interna del Poder Ejecu-
tivo, se encuentra todo lo relativo a la disposición y funcionamiento de la
Administración Pública Provincial, como así también la gestión de recursos
humanos.
Que asimismo, la correcta administración de los recursos informáticos
de la Red de Gobierno, aplicada a las necesidades de la Administración
Pública, genera una mejora continua en todos los procesos que se gestio-
nan.
Que en este orden de ideas y a n de ofrecer a los agentes de la Ad-
ministración Pública Provincial una herramienta web que permita realizar
diversas consultas y gestiones en tiempo real, es que se pretende aprobar
la Plataforma informática “Empleado Digital”.
Que la nueva plataforma tecnológica permitirá a los empleados de la
Administración Pública Provincial acceder a documentación e información
relativa a su relación laboral; efectuar autogestiones, trámites y realizar
tareas vinculadas a la administración y gestión de personal a cargo.
Que en este sentido, el proyecto integral cuenta con distintas etapas
de desarrollo gradual, en las cuales se contemplan la incorporación de
diversas herramientas y aplicativos tendientes a lograr una Administración
Pública digital.
Que en aras de propender a la conuencia de las políticas de recur-
sos humanos en todo el sector público provincial y en razón de compartir
el mismo sistema informático, resulta conveniente poner la herramienta a
disposición de los demás Poderes y organismos del Estado Provincial.
Que en virtud de la Ley N° 10.337 de Estructura Orgánica del Poder
Ejecutivo, corresponde a la Secretaría General de la Gobernación estable-
cer las pautas operativas y de actualización del presente decisorio.
Por ello; y lo dispuesto por el artículo 144 de la Constitución de la Pro-
vincia de Córdoba,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1º: CRÉASE la Plataforma informática “Empleado Digital” del
Gobierno de la Provincia de Córdoba, con el objeto de facilitar a los em-
pleados de la Administración Pública Provincial el acceso a la información
personal y laboral obrante en los registros de esta última en su carácter
de empleador, así como también centralizar las diversas gestiones que
tengan relación con el desarrollo de su rol.
Artículo 2º: ESTABLÉCESE que toda actuación, solicitud, manifesta-
ción o cualquier tipo de intervención efectuada por el agente de la Adminis-
tración Pública Provincial en las aplicaciones comprendidas en el marco de
la Plataforma creada por el artículo precedente, o las que en el futuro se
incorporen, tendrá el carácter de declaración jurada.
Artículo 3º: ESTABLÉCESE que el acceso a la Plataforma Empleado
Digital, deberá realizarse de manera obligatoria a través de la Clave Única
de “Ciudadano Digital”.
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