Decreto Nº 1708

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 9 de Diciembre de 2015
CÓRDOBA, 15 de Diciembre de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCXII - Nº 239 Primera Sección
1ª
AÑO CII - TOMO DCXII - Nº 239
CORDOBA, (R.A.), MARTES 15 DE DICIEMBRE DE 2015
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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
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Resolución N° 1642
Córdoba, 11 de diciembre de 2015.-
VISTO: La propuesta del Calendario Escolar 2016,
confeccionado por la Secretaría de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que el mismo contempla el cronograma de desarrollo
del Periodo Escolar 2016, tanto en las unidades educativas
de régimen común, como en las correspondientes al
régimen especial y al nivel de Educación Superior; como
así mismo el cronograma de preinscripciones, inscripciones
y matrícula definitiva para el año 2017.
Que su contenido resulta coincidente y concordante con
los lineamientos estratégicos de la Política Educativa de
Córdoba, motivo por el cual procede en esta instancia
disponer su aprobación.
Por ello, el Dictamen N° 3351/2015 del Area Jurídica de
este Ministerio y lo previsto por el art. 24 de la Ley N°
10185;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Art. 1°.- APROBAR el Calendario Escolar 2016,
propuesto por la Secretaría de Educación, en los términos
y condiciones que se detallan en el mismo, que como
Anexo I con dos (2) fojas forma parte de la presente
resolución.
Art. 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO
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Decreto Nº 1892
Córdoba, 14 de diciembre de 2015.-
VISTO: La tragedia sucedida en Rosario de la Frontera de la
Provincia de Salta
Y CONSIDERANDO:
Que en el día de la fecha se ha producido un grave accidente en
la Ruta Nacional N° 34 cuando un colectivo que transportaba per-
sonal de Gendarmería Nacional desbarrancó cayendo en el Río
Seco y ocasionando con ello la muerte de gran cantidad de gen-
darmes, y numerosos heridos.
Que el Gobierno de la Provincia de Córdoba desea expresar las
condolencias y su solidaridad para con los familiares de las víctimas,
adhiriendo a las manifestaciones de pesar y a la declaración de
duelo dispuesta por el Gobierno Nacional con motivo de la tragedia
acaecida.
Por todo ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el
artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- ADHIÉRASE la Provincia de Córdoba a la
declaración de duelo por el término de veinticuatro horas dispuesta
por el Gobierno Nacional, con motivo del fallecimiento del personal
de Gendarmería Nacional en el accidente ocurrido en la Ruta
Nacional N° 34 en el día de la fecha.
Articulo2º.- DISPÓNESE que en todos los establecimientos
públicos dependientes de la Provincia, la Bandera Nacional y la
Bandera Provincial permanezcan izadas a media asta en los edificios
de establecimientos públicos provinciales en señal de duelo, du-
rante el período fijado precedentemente.
Articulo 3°.- INSTRÚYESE al señor Ministro de Gobierno para
que transmita las condolencias del Pueblo y el Gobierno de la
Provincia de Córdoba a los familiares de las víctimas de la tragedia
acontecida en la ciudad de Rosario de la Frontera.
Articulo 4º.- El presente decreto será refrendado por los señores
Ministro de Gobierno y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en
el Boletín Oficial y archívese.
JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
JUAN CARLOS MASSEI
MINISTRO DE GOBIERNO
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
PODER
EJECUTIVO
MINISTERIO DE
EDUCACION
Decreto N° 1830
Córdoba, 10 de diciembre de 2015.-
En uso de las atribuciones conferidas por el Art.144 de la
Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1°: DESIGNASE, a partir de la fecha del presente
Decreto, a la Cra. MARIA LUISA BACILE (M.I. 14.293.121) en
el cargo de Subsecretario de Administración y Recursos
Humanos del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de
Córdoba.-
Artículo 2°: FACULTASE al señor Ministro de Finanzas a
realizar todas las adecuaciones presupuestarias que se deriven
de lo dispuesto en el presente Decreto.-
Artículo 3°: El presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Gobierno y Fiscal de Estado.-
Artículo 4°: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en
el Boletín Oficial y archívese.-
JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
JUAN CARLOS MASSEI
MINISTRO DE GOBIERNO
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
Córdoba, 9 de diciembre de 2015.-
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la
Constitución Provincial;
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