Decreto N° 1679 1ª Seccion: Legislación - Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Noviembre de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición20 de Octubre de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXV - Nº 214
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
dependiente de la Dirección General de Educación Inicial -Ministerio de
Educación-.
Artículo 2°.El presente decreto será refrendado por los señores Minis-
tro de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 3°.PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / PROF. WALTER GRAHOVAC, MINIS-
TRO DE EDUCACION / DR. JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 1679
Córdoba, 20 de octubre de 2017
VISTO: El Expediente N° 0723-133646/2017 del registro del Ministerio de
Educación,
Y CONSIDERANDO:Que obran las actuaciones relacionadas con la terna
elevada para la imposición de nombre a la Escuela de Nivel Inicial de Villa
del Tránsito -Departamento San Justo-, dependiente de la Dirección Gene-
ral de Educación Inicial -Ministerio de Educación-.
Que de la misma surge el nombre de “SANTO JOSE GABRIEL BRO-
CHERO”, como justo reconocimiento a quien se destacara por elevar espi-
ritual y materialmente a sus semejantes, a través de su incansable labor,
poniendo todo el empeño necesario para resolver con eciencia y celeri-
dad los requerimientos de su comunidad.
Que por otra parte, su gura se caracterizó por la honestidad, la humil-
dad y la hombría de bien, lo que constituye un ejemplo para ser recordado
e imitado por las nuevas generaciones.
Que los organismos técnicos competentes han tomado la debida inter-
vención, cumplimentándose los requisitos establecidos en el Decreto N°
7694/E/68.
Que conforme con lo expuesto se estima conveniente en esta instancia
acceder a lo propiciado, a través de la siguiente medida.
Por ello, actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Área Jurídica del
Ministerio de Educación con el N° 1749/2017, por Fiscalía de Estado bajo el
N° 1222/17 y en uso de atribuciones constitucionales,
E L GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1°.IMPÓNESE el nombre de “SANTO JOSE GABRIEL BRO-
CHERO” a la Escuela de Nivel Inicial de Villa del Tránsito -Departamento
San Justo-, dependiente de la Dirección General de Educación Inicial -Mi-
nisterio de Educación-.
Artículo 2°.El presente decreto será refrendado por los señores Minis-
tro de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 3°.PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / PROF. WALTER GRAHOVAC, MINIS-
TRO DE EDUCACION / DR. JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
MINISTERIO DE GOBIERNO
DIRECCION DE PREVENCION DE
ACCIDENTES DE TRANSITO
Resolución N° 50
Córdoba, 30 de octubre de 2017
VISTO: El expediente N°0458-051855/2017 y las Resoluciones de la otro-
ra Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito Nros. 006/2008;
024/2009 y 014/2010 y la modicación al artículo 121 de la Ley Provincial
de Tránsito N° 8560 establecida por la Ley 10249.
Y CONSIDERANDO:
Que la resolución 006/2008 establecía la metodología para cuanti-
car económicamente las multas que, como sanciones por Infracciones,
establece la Ley de Tránsito 8560 vigente en la Provincia, todo ello de
conformidad a lo dispuesto por el artículo 121 de tal plexo normativo.
Que habida cuenta de las distintas modicaciones realizadas a la Ley
Provincial de Tránsito y a su Decreto Reglamentario, fue necesario proce-
der al dictado de las Resoluciones 024/2009 y 014/2010 a n de la correc-
ción de los diversos mecanismos planteados.
Que la dispersión normativa citada diculta la comprensión plena del
método a emplear para establecer el valor de la unidad ja prevista por la
ley, máxime si se tiene en cuenta la última modicación prevista por la Ley
10249 que determina utilizar el menor precio del litro de nafta súper de
venta al público, como unidad de medida al efecto.
Que en virtud de todo ello y con el objeto de dar certidumbre y claridad
a la metodología supra indicada, corresponde ahora dictar el instrumento
legal que unique tal proceso para establecer y actualizar el valor de la
Unidad Fija, de conformidad a las pautas legales vigentes en la materia.
Por ello, lo dictaminado por la dependencia Jurídica de esta Dirección
General bajo el N° 63/17 y en ejercicio de sus atribuciones,
EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN
DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO
R E S U E L V E:
1°.-CONSULTAR y CERTIFICAR por ante la entidad que agrupe a
los expendedores de combustible reconocidos en la Provincia y que esta
Autoridad de Aplicación determine,al día cinco (05) de cada mes, el menor
precio del litro de nafta súper de venta al público que se expenda en las es-
taciones de servicios de bandera existentes dentro de la jurisdicción de la
Provincia de Córdoba, el que será tomado como referencia para la determi-
nación de la Unidad Fija prevista por la Ley Provincial de Tránsito N° 8560
y su reglamentación con sus modicatorias, correlativas y concordantes.
2°.- DISPONER que mensualmente y en caso de existir variaciones en
más o en menos del valor de la Unidad Fija determinada conforme el dis-

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