Decreto nº 1668/24 Ms

Fecha de publicación18 Julio 2024
Número de Gaceta27893
SecciónSección Administrativa
14 BOLETIN OFICIAL / Sección Administrativa Paraná, ju eves 18 de julio de 2024
se exteriorice. En este orden de ideas en el particular corresponde mer ituar los siguientes atenuantes: a) la agente
dio aviso de sus inasistencias (fs. 01), y b) la agente carece de antecedentes disciplinarios desde su ingreso a la
administración pública (fs. 55);
Que por todo ello, conforme el cuadro fáctico descripto, teniendo en cuenta el principio de razonabilidad que rige
la graduación de las sanciones, a tenor de la falta cometida, resulta justo y equitativo la aplicación de una medida
disciplinaria correctiva a los fines de encauzar la conducta incumplidora de la inculpada equivalente a Veinte (20)
días de suspensión sin goce de haberes;
Que la COMISION ASESORA DE DISCIPLIN A ha tomado la intervención que le compete;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase y dése por finalizado el Sumario Administrativo dispuesto mediante Decreto N°
1353/20 M.S., atento a lo expresado en los considerandos precedentes.-
ARTÍCULO 2º.- Dispónese la sanción de Veinte (20) días de Suspensión Sin Goce de Haberes a la agente
Carmen Beatriz Susana GONZALEZ, DNI N° 14.711.435, Legajo N° 173.677, quien revista en un cargo de
Categoría 12 -Carrera Enfermería -Tramo “B” -Escalafón Sanidad del HOSPITAL “DELICIA C. MASVERNAT” de
CONCORDIA, por haber quedado su conducta incursa en lo prescripto por el Artículo 71º -Inciso a) de la Ley 9755
-Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia, modificada parcialmente por Ley 9811, y por remisión
expresa del Artículo 43º de la Ley 9564 -Carrera Provincial de Enfermería, atento a lo expuesto en los
considerandos del presente Decreto.-
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor MINISTRO SECRETARIO DE ESTADO DE
SALUD.-
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
ROGELIO FRIGERIO
Carlos G. Grieve
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DECRETO Nº 1668/24 MS
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Paraná, 1 de julio de 2024
VISTO:
El Decreto N° 2857/20 MS.; y
CONSIDERANDO:
Que por el mencionado Decreto se dispuso la instrucción de un Sumario Administrativo a la agente Miriam
Soledad ACOSTA, DNI. N° 28.360.814, Legajo N° 179.840, quien revista en un cargo de Categoría 19 -Carrera de
Enfermería- Tramo “A” -Escalafón Sanidad-, con prestación de servicios del HOSPITAL MATERNO INFANTIL
“SAN ROQUE” de PARANA, por encontrarse su conducta presuntamente incursa en el Artículo 71º Inciso a) de la
Ley 9755- Marco de Regulación del Empleo Público de la Provincia de Entre Ríos, modificada parcialmente por
Ley 9811 y aplicable por remisión del Artículo 43º de la Ley 9564 (Carrera Provincial de Enfermería);
Que se le imputa a la sumariada haber incurrido en inasistencias injustificadas a su lugar de trabajo durante el
año 2018, conforme el siguiente detalle: mes de Febrero días: 06, 07, 22, 23, y 28; mes de Abril, días. 04, 09, 10,
14, y 28; mes de Julio, día: 24; mes de Septiembre, días: 13, 21, 22, 23, y 26; mes de Octubre día: 06; mes de
Noviembre, días: 16, 17, 19, 23, y 30. Habiéndose iniciado las actuaciones con la nota suscripta por la encargada
de RRHH del HOSPITAL MATERNO INFANTIL “SAN ROQUE” de PARANA, informando inasistencias de la
agente ACOSTA, adjunta documental (fs. 01/34);
Que el Defensor de la Sumariada presenta Historia Clínica y solicita se pr actique Junta Médica, respecto a las
condiciones psicofísicas de ACOSTA para afrontar el procedimiento, obrando Dictamen Junta Médica N° 80292
del 28/10/2021, que informó textualmente:... “Apta para prestar declaración indagatoria sumarial” (fs. 175). Se
dispone la citación de la agente nuevamente, prestando nuevamente Declaración Indagatoria la sumariada a fs.
181/183, en la que manifiesta en su descargo: en principio niega haber incurrido en inasistencias injustificadas,
agrega que es el Hospital el que no cumple con dictámenes de Junta Médica que indican cambio de situación de

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