Decreto N° 162

EmisorÁrea Jefe de Gobierno
Fecha de la disposición 8 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DECRETO N.° 162/19
Buenos Aires, 3 de mayo de 2019
VISTO: La Ley N° 5.511 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto N° 303/16, la
Resolución N° 1.602/MHGC/16, la Disposición N° 10/DGGFA/19, el Expediente
Electrónico N° 10317062-GCABA-DGGFA/19, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.511 establece un mecanismo de gestión para el tratamiento de los
bienes muebles en desuso del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto N° 303/16 aprueba la reglamentación de la citada ley, y faculta al señor
Ministro de Economía y Finanzas, o a quien éste encomiende, a dictar normas
operativas y complementarias que resulten necesarias a efectos de materializar los
procedimientos de baja de Bienes Muebles en Desuso y de Bienes Muebles
Registrables en Desuso;
Que en virtud de ello, se dictó la Resolución N° 1.602/MHGC/16, que mediante el
artículo 2° aprueba los procedimientos y circuitos de baja de bienes muebles
registrables en desuso establecidos en el Anexo II, especificando en su artículo 3°, el
procedimiento para los bienes solicitados en donación;
Que por el actuado citado en el Visto, tramita la gestión promovida por la
Municipalidad de Brandsen, Partido de Brandsen, Provincia de Buenos Aires,
tendiente a obtener la donación del vehículo marca Mercedes Benz, modelo Sprinter
313 CDI/F 3550, Tipo Ambulancia, año 2009, dominio IAV396, con Chasis N°
8AC9036629E018586, Motor N° 611.981-70-097320, de propiedad del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y que en su oportunidad le fue cedido en calidad
de comodato;
Que el bien mueble registrable en cuestión, ha merecido el tratamiento de baja
correspondiente por parte de la Comisión Clasificadora de Bienes Muebles
Registrables en Desuso, dependiente de la Dirección General Gestión de la Flota
Automotor, encuadrándose el mismo en la categoría B) Bienes Innecesarios, del
artículo 6° de la Ley N° 5.511, conforme surge de lo establecido por el Acta de
Clasificación N° 04/18, aprobada por Disposición N° 10/DGGFA/19;
Que de conformidad a lo expuesto, el artículo 10.3 inc. A) "Donación" de la Ley N°
5.511 autoriza al Poder Ejecutivo a donar los bienes muebles registrables que integran
el patrimonio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que fueran declarados fuera de
uso y/o servicio y que se encuadren dentro de la categoría de innecesarios;
Que, acceder a lo solicitado, no implica ningún gasto para la Administración, ya que el
mismo correrá por cuenta y cargo de la Municipalidad de Brandsen en su calidad de
beneficiaria, por todo concepto atribuible al bien donado y a los que pudieran surgir por
relaciones contractuales o extracontractuales que deriven de la utilización del mismo
por parte de dicha entidad;
Que de acuerdo a las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación, en su
artículo 1552, donde se establece que "deben ser hechas en escritura pública, bajo
pena de nulidad, las donaciones de cosas inmuebles, las de cosas muebles
registrables y las de prestaciones periódicas o vitalicias";
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5612 - 08/05/2019

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