Decreto N° 161 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor16 de Marzo de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 8 de Febrero de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVII - Nº 52
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 16 DE MARZO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
1.50, Programa 504-006, Partidas 12.06.00.00 – Obras – Ejecución Por
Terceros- del Presupuesto Vigente Año 2017, conforme lo indica el Docu-
mento Contable - Nota de Pedido N° 2017/000145.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la Dirección Provin-
cial de Vialidad a suscribir el respectivo contrato de obra.
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores
Ministro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Departamento
Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad depen-
diente del Ministerio Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, al Tribunal de
Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial,
notifíquese, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VI-
VIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES / DR. JORGE EDUARDO CORDOBA
/ FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 161
Córdoba, 8 de febrero de 2017.-
VISTO: El ex pediente Nº 0045-019206/2016, del registro de la Dirección Pro-
vincial de Vialidad, dependiente del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras
Viales.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramita la contratación directa con
el Consorcio Caminero Regional Nº 07, para la ejecución de la obra: “MEJO-
RAMIENTO CAMINOS DE TIERRA – REGIÓN 07 – DEPARTAMENTOS: RÍO
PRIMERO – SAN JUSTO- AÑO 2017”, por la suma de $ 18.540.000,00.
Que con la obra de referencia se pretende restaurar las redes viales pri-
marias, secundarias y terciarias sin pavimentar, con el objeto de lograr mejor
transitabilidad y seguridad; obteniendo mayor economía del transporte para el
usuario y para la Provincia, basado esto en un importante ahorro administrativo,
gran agilidad y versatilidad en la adjudicación, ejecución, cómputo y certica-
ción de los trabajos.
Que el contrato se regirá por el Sistema Modular de Certicación de obra
lo cual posibilitará una gran agilidad operativa, para la ejecución de las mismas,
como también realizar una serie de trabajos tendientes a una consolidación
denitiva del tramo y el aumento de la categoría funcional de la vía.
Que se ha incor porado en autos la documentación técnica para la presente
obra, consistente en: Memoria Descriptiva, Pliego General de Especicaciones
para el Mantenimiento del Tránsito y Medidas de Seguridad, Pliego Particular
de Condiciones, Pliego Complementario de Condiciones, Pliego Particular de
Especicaciones Técnicas, Nómina de ubicaciones de caminos y la planimetría
correspondiente, descripción de los Ítems del Contrato, Presupuesto Ocial y
Listado de Planos con la Descripción Técnica de las tareas a realizar, lo que ha
sido aprobado por el Directorio de la Dirección Provincial de Vialidad mediante
Resolución N° 00961/2016.
Que el Departamento I Conservación Caminos de Tierra de la referida Di-
rección informa la cantidad total de módulos necesarios y el costo de cada
uno de ellos, el plazo de obra y que los trabajos se ejecutarán a través de los
consorcios camineros subcontratistas integrantes del Consorcio Caminero Re-
gional N° 07 de conformidad a la previsión del artículo 15 IV ap. 4 y 6 del Pliego
Particular de Condiciones.
Que el citado Departamento maniesta que “…el Consorcio Caminero Re-
gional reúne las condiciones técnicas, jurídicas y operativas para ser el adju-
dicatario del presente contrato de obra en las redes sin pavimentar aludidas,
y sería la forma más efectiva y ágil de atender las mencionadas redes.” “(…)
éste modo de contratación, va a producir un signicativo ahorro económico del
proceso administrativo, celeridad, eciencia y ecacia, basado en el concurso
activo y concertado de varios consorcios para realizar una función única de
conservar, cuyo efecto es superior a la suma de los efectos individuales”.
Que en autos el Presidente del Consorcio Caminero Regional N° 07 suscri-
be Acta de Conformidad, para la ejecución de la obra de marras por la suma de
$ 18.540.000,00 comprometiéndose a ceder los pagos correspondientes a los
Consorcios Camineros Subcontratistas integrantes de su Regional.
Que se agrega Documento Contable - Nota de Pedido N° 2017/000151,
que certica la reserva presupuestaria para atender a la erogación que lo ges-
tionado demanda.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dispuesto por el
artículo 7, inc e) de la Ley Nº 8614, artículo 2 de la Ley Nº 6233, artículo 42 de
la Ley Nº 10.410, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales
del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales con el N° 689/2016, por
Fiscalía de Estado bajo el N° 74/2017, y en uso de sus atribuciones constitucio-
nales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- CONTRÁTASE en forma directa con el Consorcio Cami-
nero Regional Nº 07, la ejecución de la obra: “MEJORAMIENTO CAMINOS
DE TIERRA – REGIÓN 07 – DEPARTAMENTOS: RÍO PRIMERO – SAN
JUSTO - AÑO 2017”, por la suma de Pesos Dieciocho Millones Quinientos
Cuarenta Mil ($ 18.540.000,00).
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pesos
Dieciocho Millones Quinientos Cuarenta Mil ($ 18.540.000,00) a Jurisdic-
ción 1.50, Programa 504-006, Partidas 12.06.00.00 – Obras – Ejecución
Por Terceros – del Presupuesto Vigente Año 2017, conforme lo indica el
Documento Contable - Nota de Pedido N° 2017/000151.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la Dirección Provin-
cial de Vialidad a suscribir el respectivo contrato de obra.
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores
Ministro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Departamento
Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad depen-
diente del Ministerio Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, al Tr ibunal de
Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial,
notifíquese, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VI-
VIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES / DR. JORGE EDUARDO CORDOBA
/ FISCAL DE ESTADO

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