Decreto N° 1600 1º Sección: Legislación – Normativas – EXTRAORDINARIA

Fecha de Entrada en Vigor21 de Diciembre de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición12 de Octubre de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXVI - Nº 248
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 21 DE DICIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Decreto N° 1600
Córdoba 12 de octubre de 2017
VISTO: El Expediente N° 0498-00440812017 del registro del Ministerio de
Agua, Ambiente y Servicios Públicos.
Y CONSIDERANDO.
Que por las presentes actuaciones se propicia la creación de un “Fondo
para el Financiamiento de Redes Domiciliarias de Gas Natural—, por un
monto de pesos ochocientos setenta millones ($ 870.000.000.00) para el
trienio 2017/2018/2019.
Que dicho Fondo tiene como destino el otorgamiento de préstamos a Mu-
nicipios y Comunas de la Provincia de Córdoba con el n de que éstos
lleven adelante el desarrollo de obras de redes de distribución domiciliarias
de gas natural.
Que dicho fondo será nanciado con recursos provenientes del Fondo
Rural Infraestructura y Gasoductos creado por Ley N° 9.456, y con los
recursos provenientes de los recuperos de los préstamos a Municipios y
Comunas que se realicen con arreglo al presente.
Que es intención del Gobierno Provincial, en el Marco del Plan Quinquenal
de Infraestructura Gasífera 2015/2019, dotar y facilitar a todos los habitan-
tes de la provincia el acceso al servicio de gas natural.
Que a tal n resulta menester proveer del apoyo nanciero adecuado para
que los Municipios y Comunas de la Provincia tengan la posibilidad de
afrontar las obras de infraestructura que resulten necesarias para el desa-
rrollo de la red domiciliaria de gas natural.
Que con ello se pretende mejorar la calidad de vida de los cordobeses, la
inclusión social y la equidad, e incentivar la actividad industrial y turística
para el desarrollo regional.
Que en el marco del proceso de Revisión Tarifaria Integral dictada por Re-
solución N° 31/16 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación se ha
jado a la Distribuidora de Gas del Centro S.A., en su carácter de prestado-
ra del servicio público de distribución de gas natural conforme a la licencia
otorgada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL mediante Decreto PEN
N° 2454/92, un Plan de Inversiones para el quinquenio 2017/2021.
Que el Banco de la Provincia de Córdoba SA. ha manifestado su intención
de acompañar la presente iniciativa con la creación de una línea de crédi-
tos destinada a solventar las obras de instalaciones internas de los futuros
usuarios de gas natural.
Que para la instrumentación de la presente iniciativa resulta necesario la
aprobación de un convenio suscripto entre la Provincia de Córdoba, Distri-
buidora de Gas del Centro S.A., y el Banco de la Provincia de Córdoba S.A.
Por ello, lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de
Agua, Ambiente y Servicios Públicos con el N°293/2017, por Fiscalía de
Estado bajo el N° 01267/20.17 y en uso de las atribuciones conferidas por
el artículo 144 incisos l° y 4° de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1° - CREASE el Fondo para el Financiamiento de Redes Domi-
ciliarias de Gas Natural, por un monto de Pesos Ochocientos Setenta Mi-
llones ($ 870.000.000,00) para el trienio 2017/2018/2019 con destino al
otorgamiento de préstamos a los Municipios y Comunas de la Provincia de
Córdoba para el desarrollo de obras de redes de distribución domiciliarias
de gas natural, a ser nanciado con recursos provenientes del Fondo Rural
Infraestructura y Gasoductos creado por Ley N° 9.456, y con los recursos
provenientes de los recuperos de los préstamos a Municipios y Comunas
que se realicen conforme al presente.
La Autoridad de Aplicación gestionará para cada año la asignación de re-
cursos necesaria para nanciar el Fondo creado por el presente Artículo,
conforme la marcha y evolución del Programa.
Artículo 2° APRUÉBASE el convenio suscripto entre la Provincia de Cór-
doba; representada por el Ministro de Agua, Ambiente y Servicios Públicos,
la Distribuidora de Gas del Centro S.A. y el Banco de la Provincia de Córdo-
ba S.A., que corno anexo l y con siete (7) fojas útiles forma parte integrante
del presente.
Artículo 3°- DISPÓNESE que el costo a afrontar por todo aquel propie-
tario, poseedor o tenedor de la/s parcelas que sean abastecidas por la
red de gas, será subsidiado/bonicado por la Provincia en un 50% para
quienes sus ingresos se encuentren por, debajo de la línea de pobreza y
en un 100% para quienes sus ingresos se encuentre debajo de la línea de
indigencia, jadas por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos.
Artículo 4°- DESIGNASE al señor Ministro de Agua, Ambiente y Servicios
Públicos o quien en el futuro lo sustituya, como Autoridad de Aplicación del
presente Decreto y responsable de la elevación de un informe trimestral a
la Mesa Provincia Municipio, para el monitoreo y supervisión de la marcha
y evolución del Fondo.
Artículo 5°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministro
de Agua, Ambiente y Servicios Públicos y Fiscal de Estado.
Artículo 6- PROTOCOLÍCESE, dése a la Legislatura de la Provincia para
su aprobación, cornuníquese, publíquese en el Boletín Ocial de la Provin-
cia y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR -. FABIÁN LÓPEZ, MINISTRO DE AGUA,
AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE
ESTADO..
Anexo: https://goo.gl/UmGbeX
Decreto N° 1896
Córdoba, 4 de diciembre de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0385-001622/2017, del registro de la Agencia Cór-
doba Cultura Sociedad del Estado.-
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramita la solicitud efectuada por la
señora Presidenta de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia, Tecno-
logía e Informática del Poder Legislativo de la Provincia de Córdoba, Mg-
ter. Graciela Susana Brarda, a los efectos de que se declare Monumento
Histórico Provincial al edicio de la Escuela Normal Superior “Dr. Nicolás
Avellaneda” de la ciudad de San Francisco, departamento San Justo.
Que obran informes técnicos, antecedentes y fundamentos relacionados
a dicho establecimiento educativo, el cual fue diseñado por el arquitecto
Pelayo Sainz y habilitado entre los años 1934 y 1935, formando un com-

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