Decreto N° 156

EmisorÁrea Jefe de Gobierno
Fecha de la disposición 6 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
DECRETO N.º 156/21
Buenos Aires, 4 de mayo de 2021
VISTO: La Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.347), la Resolución
N° 3.136- MEGC/16, el Expediente Electrónico 19.185.479-MGEYA-DGCLEI/16, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramitó el Sumario Administrativo N° 1.197/16,
ordenado mediante Resolución N° 3.136-MEGC/16, a fin de investigar los hechos y
deslindar las responsabilidades a que hubiere lugar en relación a las denuncias
incoadas en contra del Profesor Tutor de Matemática en el Plan Fines, Daniel Miguel
Flores (DNI N° 29.842.251) en las sedes de Barrio Cildañez, Estrella de Belén (Villa
31), Barrio INTA, Villa 20, Sindicato de la Carne y Coopa;
Que, iniciada la etapa de instrucción y en mérito de los antecedentes y de las pruebas
recabadas, se decretó el llamado a indagatoria del docente;
Que habida cuenta de las constancias obrantes, la instrucción le formuló los
respectivos cargos administrativos;
Que tomó la intervención de su competencia la Junta de Disciplina, acordando con los
cargos formulados al agente;
Que el señor Daniel Miguel Flores, fue debidamente notificado de las vistas para
ofrecer descargo y prueba, así como también la concedida para alegar, habiendo
vencido ambos plazos sin ejercer dichos derechos, disponiéndose, en consecuencia,
la clausura de la instrucción;
Que la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de
Buenos Aires, en su Dictamen identificado como Nº IF-2020-20452321-DGSUM,
aconsejó “sancionar con cesantía al agente Daniel Miguel Flores, por haber sido
hallado responsable de los cargos formulados en autos (...) y con ello haber infringido
los deberes impuestos en el artículo 6°, incisos c) y d), de la Ordenanza N° 40.593
(texto consolidado por Ley Nº 6.017), quedando aprehendida su conducta en las
previsiones del artículo 36, inciso f) del citado ordenamiento”;
Que la Junta de Disciplina tomó nuevamente intervención, mediante Dictamen de
Firma Conjunta identificado como Nº IF-2020-21762497-GCABA-DGCDO,
coincidiendo con la sanción expresada por la Dirección General de Sumarios de la
Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, conforme surge de los actuados, el docente no se encuentra amparado con
mandato gremial consagrado por la Ley Nacional N° 23.551;
Que, atento a ello, corresponde se dicte el correspondiente acto administrativo
aplicando la sanción de cesantía;
Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de
Educación ha tomado la intervención que le compete.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 38 de la Ordenanza
N° 40.593,
EL JEFE DE GOBIERNO
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6118 - 06/05/2021

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR