Decreto N° 1523

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2014
CÓRDOBA, 18 de febrero de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCII - Nº 30 Primera Sección 3
la Superioridad- la desanexión del servicio educativo en cuestión,
y la asignación de los cargos de Director de Tercera (Enseñanza
Media) y Secretario de Tercera (Enseñanza Media) del Presupuesto
General de la Provincia en vigencia, necesarios para su
funcionamiento como unidad educativa independiente, entre otras
medidas.
Que surge de lo actuado en autos que el aludido establecimiento
educativo, desarrolla sus actividades desde el 15 de mayo de
2009, en instalaciones construidas para tal fin.
Que la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de
Educación, ha efectuado en autos la reserva de cargos vacantes
de Director de Tercera (Enseñanza Media) y de Secretario de
Tercera (Enseñanza Media), para ser asignados al establecimiento
educativo cuya creación se propicia.
Que merituados todos los aspectos políticos y técnicos que hacen
a la factibilidad, oportunidad y conveniencia de la creación que se
gestiona, debe concluirse en que están dadas las condiciones para
disponer tal medida en esta instancia, al amparo de los artículos 4º
y concordantes de la Ley Nº 9870 y en ejercicio de las facultades
conferidas por los artículos 62, 63 y 144 de la Constitución Provin-
cial.
Por ello, los informes producidos, la normativa citada, lo establecido
por el artículo 11° inc. i) del Decreto-Ley N° 846/E/63 y los
Dictámenes Nros. 0932/2013 del Area Jurídica del Ministerio de
Educación y 0998/2014 de Fiscalía de Estado,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º.- CRÉASE el Instituto Provincial de Educación
Media N° 375, en Barrio Ciudad de los Cuartetos de esta Capital,
bajo la dependencia de la Dirección General de Educación
Secundaria -Ministerio de Educación- y sobre la base de divisiones
de ese nivel de enseñanza que funcionan como Anexo al Instituto
Provincial de Educación Secundaria N° 196 “ALICIA MOREAU
DE JUSTO” de esta Capital, dependiente de la referida Dirección
General.
ARTÍCULO 2°.- EL servicio educativo creado por el artículo 1º
del presente decreto será de Tercera Categoría, y desarrolla sus
actividades en el edificio construido para tal fin.
ARTÍCULO 3º.- EL presente decreto será refrendado por el
señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 1221 Córdoba, 31 de Octubre de 2014
VISTO: el Expediente Nº 0047-013912/2009/R68 del registro
del Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Dirección General de
Arquitectura, propicia por Resolución Nº 713/2014, la aprobación
del Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por Reconocimiento
de la cuarta Variación de Costos correspondiente a febrero de
2014, por trabajos modificatorios faltantes de ejecutar en la obra:
“CONSTRUCCIÓN NUEVO EDIFICIO HOSPITAL PASTEUR,
UBICADO EN RUTA 9 ESQUINA CALLE BUCHARDO – VILLA
MARÍA – DEPARTAMENTO GENERAL SAN MARTÍN –
PROVINCIA DE CÓRDOBA”, suscripta con fecha 7 de agosto de
2014, entre el Director General de Arquitectura y la Empresa RIVA
S.A.I.I.C.F.A., contratista de la obra.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en las
previsiones del Decreto Provincial Nº 1231/2010, modificatorio de
su similar N° 1133/2010, y lo dispuesto por Resolución Nº 013/
2011 del entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos, y
artículo 29 del Pliego Particular de Condiciones.
Que los citados trabajos modificatorios fueron adjudicados a la
Empresa RIVA S.A.I.I.C.F.A. mediante Decreto N° 1507/2013 el
que fuera modificado por su similar Nº 60/14, habiéndose firmado la
Addenda correspondiente con fecha 13 de febrero de 2014, a
través de la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento, en
tanto mediante Decreto N° 1193/2014 se aprobo el Acta Acuerdo
de Redeterminación por Reconocimiento de la Primera, Segunda
y Tercera variación de Precios en los trabajos de que se trata.
Que luce incorporada documentación presentada por la contratista
fundamentando su pedido.
Que la Sección de Estudio de Costos de la Dirección General de
Arquitectura informa que se ha verificado una variación de precios
en el mes de febrero de 2014 (10,22 %). Ello resulta a imputar $
782.143,50, importe resultante de aplicar al monto contractual faltante
de ejecutar, deducido el 10 % de Utilidad Invariable lo que hace un
nuevo presupuesto de Obra por Trabajos redeterminado de $
9.285.551,79.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores
costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios
de cualquier naturaleza en los términos del artículo 16 del Anexo al
Decreto 1231/2010, modificatorio de su similar N° 1133/2010.
Que en consecuencia, verificada la existencia de los supuestos
que tornan procedente la aplicación del régimen de que se trata, la
Dirección General de Arquitectura ha considerado conveniente la
redeterminación del precio del contrato, por lo que suscribió con la
contratista el Acta Acuerdo de redeterminación de precio por
reconocimiento de la cuarta variación de costos por trabajos
modificatorios.
Que la presente obra será atendida con recursos del Presupuesto
de la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento (ACIF)
Sociedad de Economía Mixta (S.E.M.), en un todo de acuerdo al
Convenio de Gerenciamiento y Administración de Proyectos,
suscripto oportunamente entre el entonces Ministerio de Obras y
Servicios Públicos y la citada Agencia.
Por ello, actuaciones cumplidas, normal legales citadas, lo
dispuesto por el artículo 14 del Anexo I al Decreto N° 1231/2010,
modificatorio de su similar N° 1133/2010, lo dictaminado por la
Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de
Infraestructura con el N° 479/2014, por Fiscalía de Estado bajo el
N° 872/2014 y en uso de las atribuciones constitucionales:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la cuarta
Variación de Costos, por trabajos modificatorios faltantes de ejecutar
en la obra: “CONSTRUCCIÓN NUEVO EDIFICIO HOSPITAL
PASTEUR, UBICADO EN RUTA 9 ESQUINA CALLE BUCHARDO
– VILLA MARÍA – DEPARTAMENTO GENERAL SAN MARTÍN –
PROVINCIA DE CÓRDOBA” por la suma total de Pesos Setecientos
Ochenta y Dos Mil Ciento Cuarenta y Tres con Cincuenta Centavos
($ 782.143,50) suscripta con fecha 7 de agosto de 2014 entre el
Director General de Arquitectura, Arquitecto Andrés Eduardo
CAPARRÓZ, por una parte, y los Apoderados de la Empresa RIVA
S.A.I.I.C.F.A., señores Rodolfo Adalberto GRASSI y Miguel Angel
ROSSI , contratista de la obra, por la otra, que como Anexo I
compuesto de tres (3) fojas, se acompaña y forma parte integrante
del presente instrumento legal.
ARTÍCULO 2º.- El egreso que asciende a la suma total de
Pesos Setecientos Ochenta y Dos Mil Ciento Cuarenta y Tres con
Cincuenta Centavos ($ 782.143,50) será atendido con recursos
de la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento (ACIF)
Sociedad de Economía Mixta (S.E.M.), conforme Convenio de
Gerenciamiento y Administración de Proyectos, suscripto
oportunamente entre el Ministerio de Infraestructura y la citada
Agencia.
ARTÍCULO 3°.- FACÚLTASE al Presidente de la Agencia
Córdoba de Inversión y Financiamiento (A.C.I.F.) Sociedad de
Economía Mixta (S.E.M.) a suscribir la enmienda de contrato por
redeterminación de precio, debiendo previamente la Empresa RIVA
S.A.I.I.C.F.A., integrar el importe adicional de la garantía de
cumplimiento de contrato.
ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la
Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento (A.C.I.F.)
Sociedad de Economía Mixta (S.E.M.) comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial, pase a la Dirección General de Arquitectura
a sus efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/3a9PkV
Decreto N° 1523 Córdoba, 30 de diciembre de 2014
VISTO: El expediente N° 0327-110135/2014 del registro de la
Secretaría del P.A.I.Cor. del Ministerio de Gestión Pública.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 000298/2014 de fecha veintitrés
(23) de abril de 2014 del Ministerio de Gestión Pública se realizó
el llamado a concurso de títulos, antecedentes y oposición en los
términos del artículo 14, punto I) de la Ley N° 9361, para cubrir
dieciocho (18) cargos del Agrupamiento Servicios Generales de
la Secretaría del P.A.I.Cor. del Ministerio de Gestión Pública en el
Departamento Colón de la Provincia de Córdoba.
Que de conformidad a lo previsto en el art. 16 de la Ley 9361,
se constituyó la Comisión Laboral de Concurso y Promoción, la
cual mediante Resolución N° 000003/2014 de fecha diez (10)
de Junio de 2014 aprobó las condiciones generales del con-
curso de que se trata, con los alcances de la convocatoria
efectuada y designación de los integrantes del Tribunal del Con-
curso.
Que mediante Resolución N° 000004/2014 de fecha dieciséis
(16) de septiembre de 2014 la citada Comisión Laboral de Con-
curso y Promoción estableció el día (27) de septiembre de 2014
para llevar a cabo la prueba de oposición, determinando los
lugares y horarios fijados a tal fin.
Que obran incorporados los formularios de inscripción
pertinentes de aquellos agentes que pretenden participar en el
presente concurso, con la documentación exigida, tendientes a
acreditar la condición de postulantes de los mismos.
Que, así las cosas, producidas las pruebas de oposición,
continuó el proceso con la recepción de las entrevistas
personales, con la valoración de las mismas, de los títulos,
antecedentes, antigüedad, arrojando las mismas el puntaje total
obtenido.
Que el Tribunal del Concurso competente culmina la etapa
evaluativa con la confección del Orden de Mérito provisorio, el
que fuera publicado el día cinco (5) de diciembre de 2014 en la
Página WEB Oficial, www.cba.gov.ar/concursos-paicor/, sin que
se receptaran observaciones algunas en relación a los cargos
que motivan el presente.
Que en función de las bases concursales aprobadas por
Resolución N° 000003/14 y ratificadas por Resolución N°
000004/14, ambas de la citada Comisión Laboral de Concurso y
Promoción, las personas nominadas en el orden de mérito
provisorio manifestaron explícitamente su voluntad de aceptar
ocupar el cargo cocinera/o en la órbita del P.A.I.Cor. por un
lapso no inferior a dos (2) años, como así también la disposición
a trasladarse hasta treinta (30) kilómetros de distancia desde su
domicilio actual declarado al lugar que el P.A.I.Cor. determine
para la prestación de servicios.
Que posteriormente se publicó el Orden de Mérito definitivo en
la referida Página Web del Gobierno de la Provincia de Córdoba.
Que resulta necesario encomendar a la Dirección de R.R.H.H.
de la Secretaría del P.A.I.Cor. del Ministerio de Gestión Pública, de
corresponder, verificar el efectivo cumplimiento de los requisitos
establecidos por los artículos 12° y 13° de la Ley N° 7233 para el

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