Decreto N° 1515 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición29 de Septiembre de 2017
LUNES 9 DE OCTUBRE DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXXIV - Nº 197
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
.
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 1515
Córdoba, 29 de Septiembre de 2017.
VISTO: el Expediente N° 0385-001284/2016 del registro de la Agencia Cór-
doba Cultura Sociedad del Estado.
Y CONSIDERANDO: Que en las presentes actuaciones se gestiona la ad-
judicación de dos (2) cargos para la Comedia Infanto Juvenil – Mujeres
hasta 32 años de edad, todo ello en la órbita del Teatro Real de pendiente
de la Agencia Córdoba Cultura S.E., en los términos de la convocatoria
a concurso de títulos, antecedentes y oposición llevada a cabo a través de
la Resolución N° 289/16 de dicha Agencia; ello, en virtud de haber queda-
do pendientes tras el dictado del Decreto Nº 1250/2017, con motivo de la
impugnación deducida por la participante Solé Dolphyn, la que no fuera
expresamente y resuelta por la Agencia actuante.
Que en relación a dicho remedio luce incorporado en autos copia el
de la Resolución Nº 002/2017 del Jurado de Concurso de la Comedia In-
fanto Juvenil, mediante la cual se rechaza el recurso de reconsideración
interpuesto por la señora SOLÉ DOLPHYN, en virtud de su improcedencia
formal y, en consecuencia, se deniega la concesión del recurso jerárquico
deducido en subsidio.-
Que una vez noticada dicha Resolución, se expide la Subdirección de
Legales y Despacho de la Agencia Córdoba Cultura S.E. mediante Dicta-
men Nº 184/2017, considerando acertado el rechazo de las vías recursivas
intentadas por la señora Solé Dolphyn y la raticación del Orden de Mérito
oportunamente labrado.
Que dicho Orden de Mérito se encuentra conformado , en lo que res-
pecta a los cargos pendientes, de la siguiente manera: 1.- Florencia Boas-
so; 2.- Brenda Eliana Sorbera.
Que la Presidencia de la Agencia Córdoba Cultura S.E. otorga su ex-
preso Visto Bueno y adhesión al Orden de Mérito indicado.
Que en denitiva, de conformidad a las constancias obrantes en autos,
habiéndose desarrollado el proceso concursal tramo Comedia Infanto Ju-
venil-Cargo Mujeres hasta 32 años- en el marco de las disposiciones del
Decreto Nº 774/63-Reglamento de los Cuerpos Artísticos- y Decreto Nº
394/2015-Estructura Orgánica de los Cuerpos Artísticos-, como así tam-
bién en observancia a las disposiciones de la Resolución Nº 289/2016 de
Agencia Córdoba Cultura S.E. ; y habiéndose resuelto las impugnaciones
presentadas a través de la Resolución Nº 002/2017, corresponde designar
en las condiciones estipuladas por el apartado B) del Punto IV del Anexo I
“Bases” a la citada Resolución Nº 289/2016, a quienes han sido nominados
PODER EJECUTIVO
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MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE CATASTRO
Resolucion Normativa N° 7 ................................................... Pag. 2
en el orden de mérito respectivo.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citadas, lo dispuesto por
el Art. 18 de la Ley 8575, lo dictaminado por Fiscalía de Estado bajo el N°
2124/2017 y en ejercicio de sus atribuciones constitucionales conferidas
por el art. 144, inc. 1) y 10) de la Ley Fundamental local;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- DESÍGNASE, a partir de la fecha del presente Decre-
to, para la cobertura de dos (2) cargos Comedia Infanto Juvenil, -Mujeres
hasta 32 años de edad, en el ámbito del Teatro Real, dependiente de la
Agencia Córdoba Cultura Sociedad del Estado, a las personas nominadas
en el Anexo I, que compuesto de una (1) foja útil, se acompaña y forma
parte integrante de este instrumento legal, por encontrarse en el Orden de
Mérito correspondientes al Concurso de títulos, antecedentes y oposición,
convocado por Resolución N° 289/2016 de la citada Agencia, y de acuerdo
a las condiciones estipuladas en el apartado B) del Punto IV del Anexo I
“Bases” a la citada Resolución.
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Fiscal
de Estado y rmado por la señora Secretaria General de la Gobernación.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a la Secretaría
de Capital Humano de la Secretaría General de la Gobernación, publíque-
se en el Boletín Ocial, notifíquese y archívese.-
FDO.: CR. JUAN SCHIARETTI - GOBERNADOR / CRA. SILVINA RIVERO - SE-
CRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN / DR. JORGE EDUARDO CÓRDOBA
- FISCAL DE ESTADO,
anexo: https://goo.gl/3VQ3Uf

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