Decreto N° 1495 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición27 de Octubre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVI - Nº 25
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 3 DE FEBRERO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Decreto N° 1635
Córdoba, 29 de noviembre de 2016
VISTO: El expediente Nº 0034-088298/2016 del registro de la Dirección
General de Rentas dependiente del Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se gestiona la contratación directa
con la señora Adriana Graciela Adam, en su carácter de usufructuaria vi-
talicia, tendiente a la locación del inmueble sitos en calle Mateo Beres N°
234/238 de la ciudad de Alta Gracia de esta Provincia, destinado al uso
de la Dirección General de Rentas y/o cualquier otra dependencia que le
Superior Gobierno de Córdoba resuelva instalar, a partir del día 1 °
de noviembre de 2016 y por el término de veinticuatro
Que el señor Director General de la citada repartición insta la presen-
te y maniesta la conveniencia de arrendar el inmueble que actualmente
ocupa atento la ubicación estratégica del mismo, en cuanto a accesibilidad
y cercanía a entidades autorizadas para el cobro de los impuestos admi-
nistrados por esa Dirección General, además de la ventaja de estar ya
instalada y funcionando.
Que se incorpora documental que acredita el carácter de usufructuaria
vitalicia de la señora Adam sobre el inmueble referenciado y sus datos s-
cales, así como las características del mismo; en tanto presenta su oferta
de locación por la suma de Pesos Veintiséis Mil ($ 26.000) mensuales por
el período de treinta y seis (36) meses.
Que ha tomado debida participación el Consejo General de Tasacio-
nes, determinando el valor locativo mensual del inmueble de que se trata
en la suma de Pesos Veintiún Mil ( $ 21.000); ajustando su pretensión la
locadora en la suma de Pesos Veinticinco Mil Doscientos ($ 25.200) men-
suales por un período de veinticuatro meses (24), monto éste que no exce-
de el veinte por ciento (20%) previsto en el artículo 10 punto 10.1 apartado
13 y 16 del Anexo III del Decreto N° 305/2014 reglamentario de la Ley N°
10.155.
Que ha tomado la intervención de su competencia el Área de Infraes-
tructura y Descentralización del Ministerio de Finanzas, elaborando el
pertinente informe respecto del estado del inmueble objeto de la presente
locación.
Que obra modelo del contrato de locación a suscribir, respondiendo el
contenido de las cláusulas a las disposiciones del Código Civil y Comercial
de la Nación, artículo 1187 correlativos y concordantes, estableciendo un
plazo de vigencia del mismo de 24 meses, a partir del 1° de noviembre de
2016.
Que se agrega Documento Contable – Orden de Compra N°
2016/000082, que certica la reserva presupuestaria para atender la ero-
gación que lo gestionado demanda.
Que corresponde en la instancia proceder a la contratación directa con
la señora Adam conforme se gestiona, y autorizar a la señora Directora
General de Coordinación Operativa del Ministerio de Finanzas a suscribir
el contrato de locación pertinente.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo prescripto por el
artículo 10 inciso b) punto 13 y artículo 11 de la Ley N° 10.155 y Anexo III
del Decreto Reglamentario Nº 305/2014, por el artículo 40 de la Ley N°
10.322, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio
de Finanzas al Nº 683/2016, por Fiscalía de Estado bajo el Nº 879/2016 y
en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- CONTRÁTASE en forma directa la locación del inmueble
sito en calle Mateo Beres Nº 234/238 de la ciudad de Alta Gracia con la
señora Adriana Graciela ADAM (D.N.I. Nº 12.838.566), en su carácter de
usufructuaria vitalicia, para ser destinado al funcionamiento de la Dirección
General de Rentas y/o cualquier otra dependencia que el Superior Gobier-
no de Córdoba resuelva instalar, a partir del día 1º de noviembre de 2016 y
por el término de veinticuatro (24) meses, a razón de un alquiler mensual
de Pesos Veinticinco Mil Doscientos ($ 25.200.-) y en consecuencia AU-
TORÍZASE a la señora Directora General de Coordinación Operativa del
Ministerio de Finanzas a suscribir el contrato de locación el que junto con
informe técnico respecto del estado del inmueble, se acompaña y forma
parte integrante del presente instrumento legal, como Anexo I compuesto
de dos (2) fojas útiles.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso por la suma total de Pesos Seis-
cientos Cuatro Mil Ochocientos ($ 604.800.-),discriminado de la siguiente
manera: la suma de Pesos Cincuenta Mil Cuatrocientos ($ 50.400.-) a Ju-
risdicción 1.15 Programa 152-001, Partidas: 3.02.01.00 “Alquiler de Edicios
y Locales” del P.V. y la suma de Pesos Quinientos Cincuenta y Cuatro Mil
Cuatrocientos ($ 554.400.-), a Importe Futuro, conforme lo indica Docu-
mento Contable-Orden de Compra Nº 2016/000082.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése intervención al
Tribunal de Cuentas, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO
DE FINANZAS - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
Anexo: https://goo.gl/4tWVwN
Decreto N° 1495
Córdoba, 27 de octubre de 2016
VISTO:El expediente Nº 0034-088303/2016, del registro de la Dirección
General de Rentas, dependiente del Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se gestiona la contratación directa
con la señora Stella Maris Baldo en su carácter de usufructuaria vita-
licia, tendiente a la locación del inmueble sito en Avenida Uruguay N°
703/705 de la ciudad de Villa Carlos Paz, destinado al funcionamiento
de la Dirección General de Rentas y de cualquier otra dependencia
que el Superior Gobierno resuelva instalar, por el término de doce (12)
meses.
Que el señor Director General de la citada Repartición, insta la
presente y manifiesta que es de gran conveniencia la locación del in-
mueble de que se trata, atento la ubicación estratégica del mismo en

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