Decreto N° 1395

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición12 de Diciembre de 2014
CÓRDOBA, 3 de Junio de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 102 Primera Sección 3
“Rehabilitación Integral Canal Los Molinos Córdoba”, por un
monto de hasta Dólares Estadounidenses Cuarenta y Nueve
Millones (U$S 49.000.000,00), el que como Anexo I compuesto
de veintiún (21) fojas útiles se acompaña y forma parte integrante
del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor
Ministro de Finanzas y por el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a la
Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento Sociedad de
Economía Mixta, publíquese en el Boletín Oficial, oportunamente
remítase a la Honorable Legislatura de la Provincia de Córdoba
para su aprobación, notifíquese y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/R1MpMP
Decreto N° 1528 Córdoba, 30 de Diciembre de 2013
VISTO: el expediente N° 0047-016049/2011/R8 del registro
del Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se propicia la aprobación
del Acta Acuerdo de Redeterminación de Precios por
Reconocimiento de la Cuarta Variación de Costos, para los trabajos
faltantes de ejecutar en la obra "CONSTRUCCIÓN NUEVO
EDIFICIO PARA I.P.E.M. N° 327, UBICADO EN BV. MITRE
ESQUINA BELGRANO - VILLA SANTA ROSA - DEPAR TAMENTO
RIO PRIMERO - PROVINCIA DE CORDOBA", celebrada, con
fecha 12 de agosto de 2013, entre el titular de la Dirección General
de Arquitectura de la Provincia y el representante de la empresa
HIRAM S.A. contratista de la obra.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en las
previsiones del Decreto Provincial N° 1231/10, modificatorio de su
similar N° 1133/10, y lo dispuesto por Resolución N° 013/11 del
entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos, conforme lo
previsto en el Artículo 21° del Pliego Particular de Condiciones.
Que obra en autos la documentación presentada por la contratista
fundamentando su pedido.
Que mediante Decreto N° 1483/2011 se formalizó contratación
directa de la obra de referencia con la empresa HIRAM S.A.,
suscribiéndose el pertinente contrato con fecha 10 de noviembre
de 2011 y replanteado la misma el 22 del mismo mes y año.
Que obra copia autenticada de las Actas Acuerdo de
Redeterminación de Precios por Reconocimiento de la primera,
segunda y tercera Variación de Costos, las que fueron aprobadas
por Decretos Nros. 330/2013 y 916/2013.
Que la División Certificaciones de la Dirección General de
Arquitectura informa que se ha emitido Certificado Extraordinario
de Pago a Cuenta a favor de a contratista.
Que la Sección Estudio de Costos de la citada Dirección General
de Arquitectura informa que en el mes de febrero de 2013 se ha
verificado un variación del 7,24 % en los costos del contrato por lo
que se procedió a calcular el factor de redeterminación (Fri)
correspondiente, resultando de aplicación a partir de dicho mes un
incremento del 5,07 % habiéndose aplicado los números índice
publicados mensualmente en el Anexo del Cuadernillo INDEC
informa a valores del mes anterior a dicha fecha y a valores del mes
anterior a la última variación de costos (Julio de 2012), que implicó
una diferencia de $ 387.947,78 respecto del presupuesto de la
obra según la última redeterminación, resultante de aplicar al monto
contractual faltante de ejecutar, deducido el 10 % de Utilidad Invari-
able y el 20% correspondiente al Certificado Extraordinario de
pago a cuenta, el incremento indicado; ascendiendo el presupuesto
de obra redeterminado a febrero de 2013, a la suma de $
11.751.713,48.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores
costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos
perjuicios de cualquier naturaleza en los términos el Artículo 16
del régimen de que se trata, comprometiéndose a integrar la
garantía de cumplimiento del contrato según Art. 13, Inc. d) y 15
del Decreto N° 1133/10, modificado por Decreto N° 1231/10.
Que en consecuencia, al darse el supuesto previsto en el
Decreto Provincial N° 1231/10, modificatorio de su similar N°
1133/10, y verificada la existencia de los supuestos que tornan
procedente la aplicación del precitado Decreto, la Dirección Gen-
eral de Arquitectura ha considerado conveniente la
redeterminación del precio del contrato, por lo que ha procedo a
suscribir con la contratista el Acta Acuerdo de Redeterminación
de Precios por Reconocimiento de Variación de Costos.
Que se agrega copia auténtica de la Resolución N° 812/2013
emanada de la Dirección General de Arquitectura, mediante la
cual se propone la aprobación del Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precios por Reconocimiento de Variación
de Costos en cuestión.
Que obra Documento Contable-Nota de Pedido N° 2013/
001078 que certifica la reserva presupuestaria para atender la
erogación que lo procurado implica.
Por ello, las actuaciones cumplidas, las normas legales citadas,
y el artículo 14 del Anexo I al Decreto N° 1231/2010, modificatorio
de su similar N° 1133/2010, lo dictaminado por la Dirección Gen-
eral de Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura con el
N° 579/2013, por Fiscalía de Estado bajo el N° 1009/2013 y en
uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1° - APRUÉBASE el Acta Acuerdo de Redeterminación
de Precios por Reconocimiento de la Cuarta Variación de Costos,
correspondiente al mes de febrero de 2013, para los trabajos de
ejecutar en la obra "CONSTRUCCIÓN NUEVO EDIFICIO PARA
I.P.E.M. N° 327, UBICADO EN BV. MITRE ESQUINA
BELGRANO - VILLA SANTA ROSA - DEPARTAMENTO RIO
PRIMERO - PROVINCIA DE CORDOBA", celebrada, con fecha
12 de agosto de 2013, entre el titular de la Dirección General de
Arquitectura de la Provincia y el representante de la empresa
HIRAM S.A. contratista de la obra, que como Anexo I, compuesto
de tres (3) fojas útiles, integran el presente Decreto.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que implica el
cumplimiento de lo dispuesto en artículo anterior, por la suma total
de Pesos Trescientos Ochenta y Siete Mil Novecientos Cuarenta
y Siete con Setenta y Ocho Centavos ( $387.947.78) a Jurisdicción
1.35 Programa 378-000 Partidas 12.06.00.00 del P.V., conforme
lo indica Documento Contable - Nota de Pedido N° 2013/001078.
Artículo 3°.- FACÚLTASE al señor Director General de
Arquitectura a suscribir la Enmienda de Contrato por
Redeterminación de Precio.
Artículo 4°.- ESTABLÉCESE que la Dirección General de
Arquitectura requerirá a la empresa HIRAM S.A. de
corresponder, la integración del importe adicional de la garantía
de cumplimiento de contrato.
Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
Artículo 6°.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención a la
Dirección General de Administración del Ministerio de Educación,
al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la Dirección General de
Arquitectura a sus efectos y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/zAzC6J
Decreto N° 1395 Córdoba, 12 de Diciembre de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0045-016390/2012/A15 del registro
de la Dirección Provincial de Vialidad.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la citada Dirección, propicia
por Resolución Nº 00729/2014 la aprobación del Acta Acuerdo
de Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la Terceray
Cuarta Variación de Costos correspondiente a los meses de abril
y junio de 2014, por trabajos faltantes de ejecutar en la obra:
“PAVIMENTACIÓN TRAMO: LAS TAPIAS – BOCA DEL RÍO –
DEPARTAMENTO SAN JAVIER - PROVINCIA DE CÓRDOBA”,
suscripta con fecha 14 de octubre de 2014, entre el Presidente
de la Dirección Provincial de Vialidad, y el Apoderado de la
Empresa VIMECO S.A., contratista de la obra.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto Provincial Nº 1231/10, modificatorio
de su similar N° 1133/10, conforme lo establecido en el Artículo
16° del Pliego Particular de Condiciones.
Que mediante Decreto N° 699 de fecha 7 de junio de 2013, se
dispuso la adjudicación de la obra de referencia a la Empresa
VIMECO S.A., firmándose como consecuencia de ello, con fecha
10 de septiembre de 2013, el respectivo Contrato de Obra, en
tanto por Decretos Nros. 856/2014 y 935/2014, se aprobaron
las Actas Acuerdo de Redeterminación de Precio por
Reconocimiento de la primera y segunda Variación de Costos,
respectivamente.
Que el Departamento II Gestión Económica de Obras, informa
que se han verificado dos nuevas variaciones de precios en el
presupuesto de la obra: la primera del 7,91% al mes de abril de
2014 y la segunda del 7,75% al mes de junio de 2014, resultando
en un monto a imputar de $ 1.018.559,72, importe resultante de
aplicar los incrementos citados al monto contractual faltante de
ejecutar al mes de cada salto, una vez deducido el 10% de
Utilidad Invariable, ascendiendo el nuevo presupuesto de la
obra a la suma de $ 22.048.479,73.
Que al respecto, cabe destacar que si bien el texto del Acta
expresa que, como no se ha solicitado Anticipo Financiero, se
redetermina el 100% del faltante de ejecutar; de los cálculos
acompañados surge que se ha deducido el 10% de utilidad
invariable.
Que en consecuencia, al darse el supuesto previsto en el
Decreto N° 1231/10, modificatorio de su similar Nº 1133/10, lo
dispuesto por Fiscalía de Estado en Circular N° 001/13, y
verificada la existencia de los supuestos que tornan procedente
la aplicación del citado instrumento legal, la Dirección Provincial
de Vialidad ha considerado conveniente la redeterminación del
precio del contrato, por lo que suscribió con la contratista el Acta
Acuerdo de redeterminación de precio por reconocimiento de
variación de costo, correspondiente a los meses de abril y junio
de 2014.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores
costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos
perjuicios de cualquier naturaleza en los términos del artículo 16
del Anexo al Decreto referenciado.
Que se agrega Documento Contable -Nota de Pedido N° 2014/
002100 que certifica la reserva presupuestaria para atender la
erogación que lo gestionado implica.
Por ello, las actuaciones cumplidas, las normas legales citadas,
lo dispuesto en el artículo 14 del Anexo I al Decreto N° 1231/
2010, modificatorio de su similar N° 1133/2010, lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de
Infraestructura con el N° 672/2014, por Fiscalía de Estado bajo
el N° 928/2014 , y en uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de Redeter
minación de Precio por Reconocimiento de la Tercera y Cuarta
Variación de Costos correspondiente a los meses de abril y junio
de 2014, por trabajos faltantes de ejecutar en la obra:
“PAVIMENTACIÓN TRAMO: LAS TAPIAS – BOCA DEL RÍO –
DEPARTAMENTO SAN JAVIER - PROVINCIA DE CÓRDOBA”,
por la suma total de Pesos Un Millón Ochocientos Nueve Mil
Doscientos Sesenta y Tres con Cuarenta y Un Centavos ($
1.809.263,41), suscripta con fecha 14 de octubre de 2014,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR