Decreto N° 1344

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 4 de Octubre de 2016
MIERCOLES 19 DE OCTUBRE DE 2016
AÑO CIII - TOMO DCXXII - Nº 205
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 1391 ................................................................. Pag. 1
Decreto N° 1344 ................................................................. Pag. 1
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCION DE INSPECCION DE PERSONAS JURIDICAS
Resolución N° 329 “A“........................................................ Pag. 2
Resolución N° 328 “A“........................................................ Pag. 2
Resolución N° 327 “A“........................................................ Pag. 3
Resolución N° 326 “A“........................................................ Pag. 3
Resolución N° 325 “A“........................................................ Pag. 4
Resolución N° 324 “A“........................................................ Pag. 4
Resolución N° 323 “A“........................................................ Pag. 5
Resolución N° 322 “A“........................................................ Pag. 5
Resolución N° 319 “A“........................................................ Pag. 5
Resolución N° 318 “A“........................................................ Pag. 6
Resolución N° 317 “A“........................................................ Pag. 6
Resolución N° 316 “A“........................................................ Pag. 7
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 191 .............................................................. Pag. 7
continua en pagina 2
PODER EJECUTIVO
Córdoba, 12 de octubre de 2016
VISTO: Que el señor Ministro de Arquitectura, Vivienda y Obras Viales
debe ausentarse transitoriamente de la Provincia de Córdoba, durante los
días 13 al 25 de octubre de 2016, inclusive.
Y CONSIDERANDO:
Que el artículo 9º del Decreto Nº 1791/2015, raticado por Ley Nº
10.337, dispone que en caso de ausencia transitoria los Ministros serán
subrogados en la forma que determine el Poder Ejecutivo.
Que resulta conveniente designar al señor Ministro de Agua, Ambiente
y Servicios Públicos, Ingeniero Fabián LOPEZ, para que subrogue al señor
Ministro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, durante su ausencia.
Por ello y en uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- DESÍGNASE al señor Ministro de Agua, Ambiente y
Servicios Públicos, Ingeniero Fabián LOPEZ, para que subrogue al señor
Ministro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, Contador José Máximo
GARCIA, a partir del día 13 de octubre de 2016 y mientras dure su ausen-
cia.
Artículo 2° .- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, Ministro de Agua, Ambiente
y Servicios Públicos y Fiscal de Estado.
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VI-
VIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES / ING. FABIAN LOPEZ, MINISTRO DE
AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS / DR. JORGE EDUARDO CORDOBA,
FISCAL DE ESTADO
Córdoba, 4 de octubre de 2016
VISTO:
El Expediente N° 0039-060030/2016 del registro de la Contaduría Ge-
neral de la Provincia dependiente del Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se gestiona la aprobación de los
índices de coparticipación de impuestos correspondientes a las Munici-
palidades y Comunas de la Provincia, en el marco de las disposiciones de
la Ley N° 8663, así como la autorización al señor Ministro de Finanzas a
efectuar las liquidaciones pertinentes.
Que la Dirección General de Estadística y Censos remite a la Contadu-
ría General de la Provincia las cifras ociales correspondientes a la pobla-
ción total de los Municipios y Comunas de la Provincia de Córdoba, según
el Censo Nacional de Población, Hogares y Vivienda 2010, provenientes de
la información suministrada por INDEC en el año 2015.
Que la Dirección de Jurisdicción de Uso del Crédito y Deuda Pública
de la citada Contaduría General emite Informe N° 147/2016 que da cuenta
de la realización del cálculo de los índices de coparticipación en base a lo
establecido por los artículo 5 y 6 de la Ley N° 8663, adjuntando planillas
correspondientes; todo lo cual cuenta con el visto bueno de la señora Con-
tadora General de la Provincia.
Que el artículo 8º de la Ley N° 8663 y sus modicatorias establece que
el Poder Ejecutivo Provincial, determinará los índices de distribución de
acuerdo con la información ocial suministrada por los organismos compe-
tentes.

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