Decreto N° 1335 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor17 de Noviembre de 2022
EmisorPoder Ejecutivo
JUEVES 17 DE NOVIEMBRE DE 2022
AÑO CIX - TOMO DCXCV - Nº 232
CÓRDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 1335 .................................................................... Pag. 1
Decreto N° 1394 .................................................................... Pag. 2
ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS ERSEP
Resolución General N° 94 ..................................................... Pag. 3
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 1335
Córdoba, 19 de octubre 2022
VISTO: el Expediente N° 0109-066095/2004 del registro de la entonces Direc-
ción de Educación Inicial y Primaria, dependiente del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se relacionan con las gestiones reali-
zadas por el Ministerio de Educación, a efectos del recupero de haberes
indebidamente liquidados a la señora Nélida Rita POSSETTO.
Que luce la renuncia presentada por la señora Possetto el día 1° de
junio de 2004, a partir del 28 de mayo de 2004, en virtud de habérsele
otorgado el benecio de la jubilación por invalidez en forma denitiva, me-
diante Resolución N° 234.162/2004 de la Caja de Jubilaciones, Pensiones
y Retiros de Córdoba; habiéndosele concedido previamente el benecio de
la jubilación por invalidez provisoria por Resolución N° 215.245/2002 del
citado organismo previsional.
Que la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación
informa con fecha 9 de octubre de 2006, que la última percepción de ha-
beres de la agente en cuestión fue el 30 de mayo de 2004 y se calcula una
deuda por un importe líquido de $ 7.708,32, por los conceptos allí consig-
nados, correspondientes a los años 2002/2004.
Que a efectos de la regularización de la situación de que se trata, se citó
con fecha 12 de diciembre de 2006, a la señora Possetto a comparecer ante
la Administración, y ante la falta de respuesta, por providencia del día 11 de
agosto de 2011, la Dirección de Asuntos Legales de la Secretaría de Gestión
Administrativa del Ministerio de Educación formula instrucciones a la Dirección
de Recursos Humanos a efectos de un correcto emplazamiento legal.
Que así, sin actuaciones posteriores, con fecha 5 de enero de 2018,
la Jefatura de División Sueldos de la Dirección de Recursos Humanos de
la Jurisdicción actuante produce informe en el cual indica una deuda por
la suma líquida de $ 6.885,28, por haberes indebidamente liquidados a la
señora Possetto en el período comprendido entre el 8 de agosto de 2002 y
el 31 de mayo de 2004.
Que se emplaza nuevamente a la señora Possetto, mediante Carta Do-
cumento OCA CDD0091189(9), recibida con fecha 28 de marzo de 2018, a
efectos de la devolución del importe referido; quien remite Carta Documen-
to Correo Argentino 370679424, recibida el 9 de abril de 2018, oponiendo
la defensa de prescripción.
Que la Dirección General de Coordinación y Gestión de Recursos Huma-
nos ministerial emite informe pormenorizado de las gestiones llevadas a cabo
para obtener el reintegro de la deuda y da cuenta de que se han agotado las
gestiones administrativas en orden al reintegro del dinero debido.
Que atento a lo relacionado y lo dispuesto por el artículo 4023 del
Código Civil actualmente derogado, aplicable a tenor de lo dispuesto por el
artículo 2537 del Código Civil y Comercial de la Nación, la deuda de que
se trata se encuentra prescripta a la fecha, resultando inconveniente, por
tanto, el inicio de las acciones judiciales de recupero.
Que en virtud de lo expuesto y a tenor de las previsiones del artículo
76, segundo párrafo, de la Ley N° 9086, corresponde declarar la incobrabi-
lidad de la acreencia en cuestión.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por Fis-
calía de Estado bajo el N° 807/2022 y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1°.- DECLÁRASE la incobrabilidad del crédito a favor de la Provin-
cia de Córdoba, respecto de los haberes indebidamente liquidados a la señora
Nélida Rita POSSETTO, D.N.I. N° 5.657.866, por la suma de Pesos Seis Mil
Ochocientos Ochenta y Cinco con Veintiocho Centavos ($ 6.885,28), en los
términos del artículo 76, segundo párrafo, de la Ley Nº 9086, por las razones
expresadas en los fundamentos de este instrumento legal.
Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE
EDUCACION – JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

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