Decreto N° 1316

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición18 de Noviembre de 2014
CÓRDOBA, 3 de diciembre de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCIX - Nº 211 Primera Sección
1ª
AÑO CI - TOMO DXCIX - Nº 211
CORDOBA, (R.A.), MIÉRCOLES 3 DE DICIEMBRE DE 2014
www.boletinoficialcba.gov.ar
E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
SECCN
LEGISLACIÓN - NORMATIVAS
CONSULTE NUESTRA GINA WEB:
w ww.bolet inoficialc ba.gov.ar
Consultas a los e-mails:
boletinoficia lcba @cba.gov.ar
boletinoficia lw e b@cba.gov.ar
Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. (0351) 434-2126/2127
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
Habilitación para crear Cuentas
Tributarias Provisorias
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE
Ley: 10231
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Decreto Nº 1027, dictado por el Poder Ejecutivo Provincial con fecha 23 de septiembre
de 2014, mediante el cual se autoriza a la Dirección General de Catastro a generar unidades tributarias y a habilitar las
respectivas Cuentas Tributarias Provisorias de fraccionamientos de los cuales no se poseen planos definitivos debidamente
visados o aprobados, para aquellos sujetos que al 31 de diciembre de 2012 hayan resultado adjudicatarios de lotes o
unidades habitacionales por parte de asociaciones sindicales regidas por la Ley Nacional Nº 23.551, en las mismas
condiciones, alcances, plazos, requisitos y beneficios establecidos por el Decreto Nº 1180/2012, ratificado por Ley Nº
10118.
El Decreto Nº 1027/2014, compuesto de dos (2) fojas, forma parte integrante de la presente Ley como Anexo Único.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL, EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL
MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
GUILLERMO CARLOS ARIAS OSCAR FÉLIX GONZÁLEZ
SECRETARIO LEGISLATIVO PRESIDENTE PROVISORIO
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
ANEXO
http://goo.gl/0sHd8y
PODER EJECU TI VO
Decreto N° 1271 Córdoba, 10 de Noviembre de 2014
Téngase por Ley de la Provincia N° 10231, cúmplase, protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE DR. JOSE MANUEL DE LA SOTA
MINISTRO DE FINANZAS GOBERNADOR
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
PODER
EJECUTIVO
Decreto N° 1316 Córdoba, 18 de Noviembre de 2014
VISTO: el Expediente Letra "R" Nº 17/2014 del Registro del Tribunal de
Disciplina Notarial.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones el Escribano Daniel Oscar RUIZ (D.N.I.N°
12.876.283), ex Adscripto al Registro Notarial N° 54 con asiento en la ciudad de
Córdoba, Depar tamento Capital, solicita a su favor la titularidad del referido
registro, en virtud de la renuncia de su anterior titular, Escribano Oscar Ramón
RUIZ.
Que por Decreto N° 2830 de fecha 29 de Diciembre de 1997, el Escribano
Daniel Oscar Ruiz fue designado Adscripto al Registro Notarial N° 54, prestando
juramento de Ley el día 02 de enero de 1998, continuando con el ejercicio
profesional hasta el 14 de Octubre de 2014, fecha en que por Resolución de
Presidencia N° 131/2014, se aceptó la renuncia presentada por el Escribano
Oscar Ramón Ruiz, por haberse acogido a los beneficios de la jubilación ordinaria
y la renuncia del Notario Daniel Oscar Ruiz, para acceder a la titularidad de dicho
registro.
Que se pronuncia en forma favorable a lo propiciado, el Colegio de Escribanos
de la Provincia de Córdoba, haciendo lo propio el Tribunal de Disciplina Notarial.
Por ello, las previsiones de los artículos 17, 29 y 33 de la Ley Orgánica Notarial N°
4183 y sus modificatorias (T.O. Decreto 2252/75), lo dictaminado por la Dirección
de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno y Seguridad con el
N° 708/2014, por Fiscalía de Estado bajo el N° 913/2014 y en uso de las
atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1°.- DESIGNASE al Notario Daniel Oscar RUIZ (D.N.I.N°
12.876.283), Matrícula Profesional N° 1345, como Escri bano Titular del Registro
Notarial N° 54 con asiento en la ciudad de Córdoba, Departamento Capital.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de
Gobierno y Seguridad y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCO LÍCESE, comuníquese, dese intervención al
Tribunal de Disciplina Notarial, al Colegio de Escribanos de la Provincia de
Córdoba, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSE MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
WALTR E. SAIEG
MINISTRO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
PODER
LEGISLATIVO
DIRECCION GENERAL DE CATASTRO

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR