Decreto N° 131 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor16 de Marzo de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 8 de Febrero de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVII - Nº 52
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 16 DE MARZO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Decreto N° 130
Córdoba, 08 de febrero de 2017
VISTO: El expediente Nº 0045-019203/2016, del registro de la Dirección
Provincial de Vialidad, dependiente del Ministerio de Vivienda, Arquitectura
y Obras Viales.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramita la contratación directa
con el Consorcio Caminero Regional Nº 04, para la ejecución de la obra:
“MEJORAMIENTO CAMINOS DE TIERRA – REGIÓN 04 – DEPARTA-
MENTOS: CAPITAL – COLÓN – ISCHILÍN - PUNILLA – RÍO PRIMERO
– TOTORAL - AÑO 2017”, por la suma de $ 23.280.000,00.
Que con la obra de referencia se pretende restaurar las redes viales
primarias, secundarias y terciarias sin pavimentar, con el objeto de lograr
mejor transitabilidad y seguridad; obteniendo mayor economía del trans-
porte para el usuario y para la Provincia, basado esto en un importante
ahorro administrativo, gran agilidad y versatilidad en la adjudicación, ejecu-
ción, cómputo y certicación de los trabajos.
Que el contrato se regirá por el Sistema Modular de Certicación de
obra lo cual posibilitará una gran agilidad operativa, para la ejecución de
las mismas, como también realizar una serie de trabajos tendientes a una
consolidación denitiva del tramo y el aumento de la categoría funcional de
la vía.
Que se ha incorporado en autos la documentación técnica para la pre-
sente obra, consistente en: Memoria Descriptiva, Pliego General de Espe-
cicaciones para el Mantenimiento del Tránsito y Medidas de Seguridad,
Pliego Particular de Condiciones, Pliego Complementario de Condiciones,
Pliego Particular de Especicaciones Técnicas, Nómina de ubicaciones
de caminos y la planimetría correspondiente, descripción de los Ítems del
Contrato, Presupuesto Ocial y Listado de Planos con la Descripción Téc-
nica de las tareas a realizar, lo que ha sido aprobado por el Directorio de la
Dirección Provincial de Vialidad mediante Resolución N° 957/2016.
Que el Depar tamento I Conservación Caminos de Tierra de la referida
Dirección informa la cantidad total de módulos necesarios y el costo de
cada uno de ellos, el plazo de obra y que los trabajos se ejecutarán a tra-
vés de los consorcios camineros subcontratistas integrantes del Consorcio
Caminero Regional N° 04 de conformidad a la previsión del artículo 15 IV
ap. 4 y 6 del Pliego Particular de Condiciones.
Que el citado Departamento maniesta que “…el Consorcio Caminero
Regional reúne las condiciones técnicas, jurídicas y operativas para ser
el adjudicatario del presente contrato de obra en las redes sin pavimentar
aludidas, y sería la forma más efectiva y ágil de atender las mencionadas
redes.” “(…) éste modo de contratación, va a producir un signicativo aho-
rro económico del proceso administrativo, celeridad, eciencia y ecacia,
basado en el concurso activo y concertado de varios consorcios, para rea-
lizar una función única de conservar, cuyo efecto es superior a la suma de
los efectos individuales”.
Que en autos el Presidente del Consorcio Caminero Regional N° 04
suscribe Acta de Conformidad, para la ejecución de la obra de marras por
la suma de $ 23.280.000,00 comprometiéndose a ceder los pagos corres-
pondientes a los Consorcios Camineros Subcontratistas integrantes de su
Regional.
Que se agrega Documento Contable - Nota de Pedido N° 2017/000141,
que certica la reserva presupuestaria para atender a la erogación que lo
gestionado demanda.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dispuesto
por el artículo 7, inc e) de la Ley Nº 8614, artículo 2 de la Ley Nº 6233,
artículo 42 de la Ley Nº 10.410, lo dictaminado por la Dirección General
de Asuntos Legales del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
con el N° 690/2016, por Fiscalía de Estado bajo el N° 80/2017, y en uso de
sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- CONTRÁTASE en forma directa con el Consorcio Cami-
nero Regional Nº 04, la ejecución de la obra: “MEJORAMIENTO CAMINOS
DE TIERRA – REGIÓN 04 – DEPARTAMENTOS: CAPITAL – COLÓN – IS-
CHILÍN - PUNILLA – RÍO PRIMERO – TOTORAL - AÑO 2017”, por la suma
de Pesos Veintitrés Millones Doscientos Ochenta Mil ($ 23.280.000,00).
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pesos
Veintitrés Millones Doscientos Ochenta Mil ($ 23.280.000,00) a Jurisdic-
ción 1.50, Programa 504-006, Partidas 12.06.00.00 – Obras – Ejecución
Por Terceros – del Presupuesto Vigente Año 2017, conforme lo indica el
Documento Contable - Nota de Pedido N° 2017/00041.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la Dirección Provin-
cial de Vialidad a suscribir el respectivo contrato de obra.
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores
Ministro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Departamento
Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad depen-
diente del Ministerio Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, al Tribunal de
Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial,
notifíquese, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIEN-
DA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL
DE ESTADO
Decreto N° 131
Córdoba, 08 de febrero de 2017
VISTO: El expediente Nº 0045-019207/2016, del registro de la Dirección
Provincial de Vialidad, dependiente del Ministerio de Vivienda, Arquitectura
y Obras Viales.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramita la contratación directa
con el Consorcio Caminero Regional Nº 08, para la ejecución de la obra:
“MEJORAMIENTO CAMINOS DE TIERRA – REGIÓN 08 – DEPARTA-
MENTO: SAN JUSTO - AÑO 2017”, por la suma de $ 13.550.000,00.
Que con la obra de referencia se pretende restaurar las redes viales
primarias, secundarias y terciarias sin pavimentar, con el objeto de lograr
mejor transitabilidad y seguridad; obteniendo mayor economía del trans-
porte para el usuario y para la Provincia, basado esto en un importante

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