Decreto N° 1293 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición19 de Septiembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXII - Nº 194
CORDOBA, (R.A.), MARTES 4 DE OCTUBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
carta documento o carta certicada con acuse de recibo. Tal opción
también resulta de aplicación cuando la
noticación deba practicarse a personas que se domicilien en otras
localidades fuera de la Provincia.
Cuando se utilicen medios de noticación electrónicos o informáti-
cos dicha vía resultará idónea a los efectos de las noticaciones pre-
vistas en el presente artículo, debiendo el Poder Ejecutivo Provincial
reglamentar el procedimiento aplicable.
Agotadas las instancias reseñadas precedentemente se lo citará por
edictos que se publicarán durante cinco días en el Boletín Ocial de
la Provincia de Córdoba únicamente.
Si el demandado no compareciere en el plazo de citación se lo ten-
drá por rebelde sin necesidad de declaración alguna.”
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL,
EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEP-
TIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.
FDO: OSCAR FÉLIX GONZÁLEZ, PRESIDENTE PROVISORIO / GUILLERMO CAR-
LOS ARIAS, SECRETARIO LEGISLATIVO
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 1293
Córdoba, 19 de Septiembre de 2016
TÉNGASE por Ley de la Provincia N° 10371, cúmplase comuníquese, pu-
blíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO. JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE
FINANZAS - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 1290
Córdoba, 19 de septiembre de 2016
VISTO: El expediente 0051-004376/2015 del registro de la Dirección
Provincial de la Vialidad dependiente del Ministerio de Vivienda, Arquitec-
tura y Obras Viales.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se propicia la convalidación de lo
actuado por la Dirección Provincial de Vialidad, el reconocimiento de la
ejecución de trabajos de refacción y reconstrucción de pasarelas y puen-
tes de distintos sectores de la Localidad de Villa Allende, la declaración
de legítimo abono y autorización de pago del importe adeudado a la rma
IMBAL S.A.
Que conforme constancias acompañadas en autos los trabajos de que
se tratan han sido realizados en el marco de lo dispuesto por Decreto N°
80/2015 y su ampliatorio N° 127/2015, en razón de la declaración de esta-
do de emergencia de las zonas de la Provincia de Córdoba afectadas por
fenómenos meteorológicos ocurridos en el mes de febrero del año 2015.
Que en ese marco la Dirección Provincial de Vialidad elabora la docu-
mentación técnica para la realización ‘de los trabajos en cuestión encar-
gándose los mismos a la rma IMBAL S.A.
Que desde la repartición actuante se certica que se completó la to-
talidad de los trabajos en cuestión y que han sido prestados por la rma
IMBAL S.A., conforme lo detallado en la Factura B N° 0005-00000025 de
fecha 1 de junio de 2015 por la suma de Pesos Siete Millones Ciento Cua-
renta y Seis Mil ($7.146.000,00) hallándose ésta debidamente conformada
por las autoridades competentes.
Que obra el visto bueno del actual Presidente de la Dirección Provincial
de Vialidad a la gestión procurada en autos.
Que se ha incorporado Documento Contable - Nota de Pedido N°
2016/000077 que certica la reserva presupuestaria para atender la ero-
gación que lo gestionado demanda, en el marco de lo dispuesto por los
artículos 1 y 3 de la Ley N° 10.267, por lo que dicha inversión se afecta al
Fondo de Emergencia por Inundaciones, administrada por la Secretaría
General de la Gobernación.
Que atento a que los servicios de que se tratan han sido efectivamente
prestados y han redundado en benecio de la Administración, denegar el
reconocimiento y legítimo abono de la suma adeudada implicaría consentir
un enriquecimiento incausado a favor de aquélla y en detrimento del patri-
monio de quien realizó las labores.
Que cabe destacar que las situaciones de urgencia que dieron lugar a
las actividades desplegadas en cumplimiento del artículo 3 del citado De-
creto N° 80/2015 son de público y notorio, siendo razones de fuerza mayor
las que impidieron la contratación regular de los trabajos de acuerdo al
plexo normativo vigente en la materia.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del entonces Ministerio
de Infraestructura con el N° 298/2015, por Fiscalía de Estado bajo el N°
000205/2016 y en uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DELA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1.- CONVALIDASE lo actuado por la Dirección Provincial de Via-
lidad; RECONOCENSE los trabajos de refacción y reconstrucción de pa-
sarelas y puentes ejecutados en la Localidad de Villa Allende como con-
secuencia de los fenómenos meteorológicos ocurridos en la Provincia de
Córdoba en el mes de febrero de 2015 por la rma 1MBAL S.A. (CUIT:
33-66872032-9), DECLÁRASE de legítimo abono la suma de Pesos Sie-
te Millones Ciento Cuarenta y Seis Mil ($ 7.146.000,00) adeudada por
dicho concepto y AUTORÍZASE el pago cancelatorio de la Factura B N°
00000025, la que como Anexo 1, compuesto de una (1) foja útil, se acom-
paña y forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2o.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pe-
sos Siete Millones Ciento Cuarenta y Seis Mil ($ 7.146.000,00% según lo
indica la Dirección General de Administración de la Secretaría General
de la Gobernación en su Documento de Contabilidad (Nota de Pedido N°
2016/000077), con cargo a Jurisdicción 1.20 Programa 201-002, Partida
12.06.00.00, Obras-Ejecución por Terceros, del P. V.
Artículo 3°.- FACÚLTASE a la Secretaría General de la Gobernación
a efectuar las adecuaciones presupuestarias correspondientes, a los nes

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