Decreto N° 1260 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 15 de Septiembre de 2023 |
Emisor | Poder Ejecutivo |
VIERNES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2023
AÑO CX - TOMO DCCV - Nº 177
CÓRDOBA, (R.A.)
http://boletinoficial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 1260 .................................................................... Pag. 1
Decreto N° 1312 .................................................................... Pag. 2
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 531 - Letra:D .................................................. Pag. 2
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 274 - Letra:D .................................................. Pag. 3
Resolución N° 279 - Letra:D .................................................. Pag. 4
Resolución N° 287 - Letra:D .................................................. Pag. 5
SECRETARÍA DE AMBIENTE
Resolución N° 231 ................................................................. Pag. 6
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución N° 32 - Letra:D .................................................... Pag. 7
ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS - ERSEP
Resolución General N° 96 ..................................................... Pag. 9
Resolución General N° 97 ..................................................... Pag. 11
Resolución General N° 98 ..................................................... Pag. 13
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 1260
Córdoba, 5 de septiembre 2023
VISTO: el Expediente Digital N° 0110-002541/2023 del registro de la Direc-
ción General de Educación Secundaria del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se propicia la titularización de cua-
tro (4) docentes interinas nominadas en autos, en cargos correspondientes
a horas cátedra, en establecimientos educativos pertenecientes al Progra-
ma de Inclusión y Terminalidad de la Educación Secundaria (PIT), depen-
dientes de la Dirección General de Educación Secundaria del Ministerio de
Educación, en los términos del artículo 3° de la Ley N° 10.729.
Que la Dirección General de Educación Secundaria, dependiente del
Ministerio de Educación, insta la titularización de las docentes interinas que
nomina, todas pertenecientes al Programa de Inclusión para la Terminali-
dad de la Educación Secundaria y Formación Laboral (PIT) .
Que al efecto, respecto de las citadas docentes, se adjunta la docu-
mentación requerida para su titulación; incorporándose también la impu-
tación presupuestaria, a fin de atender lo gestionado.
Que se adjunta nota suscripta por la señora Secretaria de Educación,
en la que certifica la acreditación por parte de las docentes, de los requisi-
tos de titulación requeridos para la medida que se propicia.
Que obra el Visto Bueno del señor Ministro de Educación a la gestión
de marras.
Que en ese marco, a mérito de lo informado por las autoridades edu-
cativas competentes y las disposiciones contenidas en el artículo 3 inciso
c) de la Ley N° 10.729, modificatoria del Decreto-Ley N° 214-E/1963, así
como el Acta Acuerdo concertada entre el Ministerio de Educación y la
Unión de Educadores de la Provincia de Córdoba en fecha 3 de abril de
2020, homologada por Resolución N° 189/2020 del Ministerio de Trabajo, y
su Adenda de fecha 21 de noviembre de 2021, homologada por Resolución
N° 427/2021 de la citada Cartera de Trabajo, procede hacer lugar a lo solici-
tado, disponiendo las titularizaciones de las docentes nominadas en autos.
Que por otra parte, de manera previa a la efectivización de las titu-
larizaciones aquí dispuestas, el Ministerio de Educación deberá verificar
nuevamente la situación de incompatibilidad de la docente Alicia Beatriz
FRÍAS, arbitrando las medidas pertinentes.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por el
Área Jurídica del Ministerio de Educación al N° 2023/00000918, por Fisca-
lía de Estado bajo el N° 1038/2023 y en uso de atribuciones conferidas por
el artículo 144, inciso 1°, de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1°.- DISPÓNESE la titularización de las docentes nominadas
en el Anexo I que, compuesto de una (1) foja útil, forma parte de este ins-
trumento legal, en los cargos y establecimientos educativos que se detallan
para cada una de ellas, dependientes de la Dirección General de Educa-
ción Secundaria del Ministerio de Educación.
Artículo 2°.- INSTRÚYESE al Ministerio de Educación para que, de
manera previa a la efectivización de las titularizaciones dispuestas en el
artículo precedente, verifique la situación de incompatibilidad de la docente
Alicia Beatriz FRÍAS D.N.I. N° 26.540.418 , arbitrando las medidas perti-
nentes, en caso de corresponder.
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 4°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE
EDUCACIÓN - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
ANEXO
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