Decreto N° 1260 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Enero de 2022
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición21 de Octubre de 2021
MIÉRCOLES 5 DE ENERO DE 2022
AÑO CIX - TOMO DCLXXXV - Nº 4
CÓRDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 1260 ...................................................................Pag. 1
Decreto N° 1622 ...................................................................Pag. 2
ADMINISTRACIÓN PROV. DE RECURSOS HÍDRICOS - APRHI
Resolución General N° 53 ....................................................Pag. 3
Resolución General N° 54 ....................................................Pag. 4
Resolución General N° 55 ....................................................Pag. 5
Resolución General N° 56 ....................................................Pag. 6
Resolución General N° 57 ....................................................Pag. 7
Resolución General N° 58 ....................................................Pag. 8
Resolución General N° 59 ....................................................Pag. 8
Resolución General N° 60 ....................................................Pag. 12
SECRETARÍA DE NUEVAS TEC. Y ECON. DEL CONOCIMIENTO
Resolución N° 23 ..................................................................Pag. 12
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución N° 585 ................................................................Pag. 14
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 1260
Córdoba, 21 de octubre de 2021
VISTO: El expediente Nº 0039-079955/2021, del registro de Contaduría
General de la Provincia dependiente del Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que en autos se propicia la contratación directa con la Universidad Tecno-
lógica Nacional -Facultad Regional Córdoba- (U.T.N.), para la provisión de
los recursos necesarios para asistir en el desarrollo e implementación de
proyectos de la Secretaría de Administración Financiera, dependiente de la
Cartera actuante, que comprenderá el Soporte, Análisis, Desarrollo, Man-
tenimiento Integral y Testing del Sistema Único de Administración Financie-
ra (SUAF), Portal de Transparencia, Agencias, Portal Pago a Beneciarios,
E-Commerce y Bandeja de Compras y Contrataciones, por un total de cin-
cuenta y siete mil setecientas veinte horas (57.720 hs.), por un período de
veinticuatro (24) meses o hasta agotar dichas horas, lo que ocurra primero,
por un total de Pesos Sesenta y Tres Millones Cuatrocientos Noventa y
Dos Mil ($ 63.492.000,00); como así también la aprobación del modelo de
Convenio y Protocolo de Trabajo a suscribir entre las partes.
Que el señor Decano de la mencionada Casa de Altos Estudios acompa-
ña copia el del Acta de Asunción de autoridades (período 2017/2021), y
la propuesta técnica y económica correspondiente ($ 1.100,00 por hora),
la que, según se certica desde la Jurisdicción actuante, se ajusta a los
valores del mercado.
Que se incorpora modelo de Convenio y Protocolo de Trabajo a suscribir
con la mencionada Casa de Estudios, en donde consta, entre otros as-
pectos, la cantidad total de horas a proveer (57.720 hs.), las cuales serán
certicadas mensualmente con un informe de la Universidad Tecnológica
Nacional –Facultad Regional Córdoba-, controlado por la Provincia.
Que asimismo, consigna que el plazo de cumplimiento será de veinticuatro
(24) meses o hasta agotar las horas acordadas (cláusula tercera), y prevé
que los informes de trabajos realizados por los Equipos Técnicos Especia-
listas de la U.T.N., con los detalles de las actividades realizadas, fechas y
cantidades de horas de dichas actividades, estarán sujetas a la aprobación
de la Provincia (cláusula cuarta).
Que también se pacta la condencialidad de toda la información a la que
la U.T.N. tenga acceso con motivo del convenio (cláusula sexta); las obliga-
ciones a las que se comprometen las partes, así como la responsabilidad
asumida por cada una de ellas (cláusula séptima); la designación de los
señores Alcides Giordano Ramírez y Sergio Ramón Quinteros como líde-
res del proyecto (cláusula octava) y la facultad de rescisión de la Provincia
(cláusula undécima).
Que en tanto, en las cláusulas novena y décima del Convenio y Protocolo
de que se trata, se establece que la Provincia se compromete a abonar a
la citada Universidad por el servicio en cuestión la suma de $ 1.100,00 por
hora efectivamente trabajada y certicada, y que dicho valor será redeter-
minado según el régimen previsto en el Decreto N° 305/2014 y su modi-
catorio N° 1160/2016, previa solicitud a tal n, efectuada por la mencionada
Institución.
Que toma intervención la Secretaría de Innovación de la Gestión del Minis-
terio de Coordinación, en los términos de la Resolución N° 13/2020 de la
citada Cartera, otorgando su Visto Bueno a la propuesta.
Que se incorpora Documento Contable - Orden de Compra N° 2021/000104,
para atender la erogación que lo gestionado implica.
Que el señor Ministro de Finanzas conere su Visto Bueno al trámite de
marras.
Que a mérito de lo expuesto, procede contratar en forma directa con la
Universidad Tecnológica Nacional –Facultad Regional Córdoba- (U.T.N.),
el servicio de que se trata, encuadrando la gestión en las disposiciones del
artículo 10, inciso b), punto 18, apartado I de la Ley N° 10.155 y su Decreto
Reglamentario N° 305/2014, que habilita el procedimiento de contratación
directa con entes del Estado Nacional; y por otra parte, aprobar el modelo
de Convenio y Protocolo referido, facultando al señor Ministro de Finanzas
para su suscripción.

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