Decreto Nº 124

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición 4 de Julio de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXIX - Nº 131
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 6 DE JULIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Básica Kilométrica vigente del treinta y seis por ciento (36%) que implica
dos aumentos parciales del dieciocho (18%) cada uno. Los dos incremen-
tos parciales del dieciocho por ciento (18%) en la TBK, se aplicarán sobre
la Tarifa básica Kilométrica (TBK) actual y vigente ($0,5564 Iva incluido), e
implica los siguientes importes de la TBK futura:
1- $ 0,6566 (Iva Incluido) desde la fecha de la publicación en el Boletín
Ocial y
2- $ 0,7567 (Iva incluido) desde el 01/10/2016.
Cada uno de los incrementos parciales del dieciocho por ciento (18%) en
la TBK, no serán aplicables para el cómputo de la TBK futura, para viajes
relacionados con el Programa BOLETO EDUCATIVO GRATUITO (Ley N°
10.031/2011) y para viajes relacionados con el Programa BOLETO GRA-
TUITO AL ADULTO MAYOR (Decreto 1990/2015), ya que para ambos pro-
gramas se seguirá considerando la Tarifa Básica Kilométrica (TBK) actual
y vigente ( $0,5564 Iva incluido), todo ello según propuesta e informes
técnicos elaborados por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Agua,
Ambiente y Servicios Públicos.
ARTÍCULO 2°: PROTOCOLÍCESE, hágase saber y dése copia.
FDO: DR. MARIO AGENOR BLANCO, PRESIDENTE / LUIS ANTONIO SANCHEZ,
VICEPRESIDENTE / ALICIA ISABEL NARDUCCI, DIRECTOR / DR. FACUNDO
CARLOS CORTES, DIRECTOR / DRA. MARÍA FERNANDA LEIVA, DIRECTOR
ANEXO: http://goo.gl/d9WcWM
PODER LEGISLATIVO
Decreto N° 124
Córdoba, 4 de julio del 2016
VISTO: El Decreto Nº 784 de fecha 28 de junio de 2016 del Poder Eje-
cutivo Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que el Decreto se dictó en oportunidad de la conmemoración del 443º
aniversario de la fundación de la Ciudad de Córdoba, Capital de la Pro-
vincia, por Jerónimo Luis de Cabrera, declarando el día 6 de julio del año
en curso no laborable para la Administración Pública Provincial, en todo el
ámbito de la Ciudad de Córdoba (Departamento Capital).
Que además guarda consonancia con lo dispuesto por la Municipali-
dad de Córdoba mediante Decreto Nº 1892 de fecha 27 de junio del pre-
sente año.
Que se invita a adherir al mismo a las entidades autárquicas y a los
organismos descentralizados de la Provincia de Córdoba, disposición que
es compartida por este Poder Legislativo.
Que el presente acto se dicta conforme a la autoridad investida por el
artículo 85 de la Constitución de la Provincia y a las atribuciones conferidas
por el artículo 30 ultima parte del Reglamento Interno de la Legislatura de
la Provincia de Córdoba.
Por ello y lo dispuesto por Ley Nº 6326 y modicatoria y el Reglamento
Interno de la Legislatura de la Provincia.
EL PRESIDENTE PROVISORIO DE LA LEGISLATURA
PROVINCIAL EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Adhiérase al Decreto Nº 784 del Poder Ejecutivo Pro-
vincial de fecha 28 de junio de 2016 y en consecuencia declárase el próxi-
mo 6 de julio de 2016 como día no laborable en el ámbito del Poder Legis-
lativo de la Provincia de Córdoba.
ARTÍCULO 2º- Protocolícese, comuníquese, notifíquese y archívese.
FDO: DR OSCAR GONZALEZ, PRESIDENTE PROVISORIO / LIC SEBASTIAN MA-
TIAS ROSSA, SECRETARIO ADMINISTRATIVO
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
- LEY Nº 10.074
SANTA ROSA 740 - TEL. (0351) 4342126 / 27
BOE - TEL. (0351) 5243000 INT. 3789 - 3931
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
ATENCIÓN AL PÚBLICO:
LUNES A VIERNES DE 8:00 A 20:00 HS.
SUBDIRECTORA DE JURISDICCIÓN: LILIANA LOPEZ

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