Decreto N° 1225 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor12 de Octubre de 2022
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición29 de Septiembre de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
14
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCIV - Nº 206
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 12 DE OCTUBRE DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
Decreto N° 1027
Córdoba, 25 de agosto de 2022
VISTO: el Decreto N° 599 de fecha 27 de mayo de 2022
Y CONSIDERANDO:
Que en el referido instrumento legal se ha incurrido en un error material in-
voluntario por lo que corresponde en esta instancia proceder a su recticación.
Por ello, lo previsto por el artículo 110 de la Ley N° 5350 (T.O. Ley N°
6.658), y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la
Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1°.- RECTIFÍCASE el artículo 1° del Decreto N° 599 de fe-
cha 27 de mayo de 2022 y, en consecuencia, donde se consigna: “… a la
Escuela de Nivel Inicial de Barrio Márquez de Sobremonte de Córdoba…”,
debe decir: “… al Centro Educativo de Nivel Inicial Ex Anexo “Cura Broche-
ro” de la ciudad de Córdoba…” de Educación y Fiscal de Estado.
Articulo 2°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR – WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE
EDUCACIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 1225
Córdoba, 29 de septiembre de 2022
VISTO: el Expediente Nº 0111-064553/2019 del registro de la Dirección Ge-
neral de Institutos Privados de Enseñanza del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramita la raticación de la Re-
solución Nº 665/2019 de la Dirección General de Institutos Privados de
Enseñanza, dependiente del Ministerio de Educación, mediante la cual se
dispone otorgar la adscripción, a partir del Ciclo Lectivo 2020, al Instituto
Diocesano “San José” -Nivel Inicial y Primario–, con estructura plurigrado
de modalidad rural, con domicilio en calle Intendente Reyno N° 851, Barrio
Felipe Botta, de la ciudad de Villa María, de propiedad del Obispado de
Villa María, condicionada al acabado cumplimiento de las observaciones
formuladas por las Áreas de Infraestructura Escolar y de Auditoria de Ins-
titutos; así como tomar conocimiento de la Planta Funcional y de la Repre-
sentación Legal del referido Instituto, con efecto al Ciclo Lectivo 2020.
Que de las constancias documentales incorporadas en autos surge
que han tomado debida participación los organismos técnicos y legales
correspondientes y que la decisión adoptada, mediante el instrumento le-
gal cuya raticación se gestiona, se ajusta a las prescripciones de rigor,
encuadrando jurídicamente dentro de las disposiciones de la Ley N° 5326
y su Decreto Reglamentario N° 12/1987.
Que conforme a lo expuesto, corresponde en la instancia raticar la
Resolución Nº 665/2019 de la Dirección General actuante, estableciéndose
que tal concesión no importará derecho adquirido alguno de la propietaria
al aporte estatal, ni obligación de la Provincia a otorgarlo, según lo estable-
cido por el artículo 2 del Decreto N° 3875/1989, modicatorio y ampliatorio
del Decreto N° 12/1987, reglamentario del artículo 7 de la Ley N° 5326.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Educa-
ción con el N° 1205/2021, por Fiscalía de Estado bajo N° 313/2022 y en
uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 665/2019, emanada de la
Dirección General de Institutos Privados de Enseñanza, dependiente del
Ministerio de Educación, que como Anexo I, compuesto de una (1) foja útil,
se acompaña y forma parte de este instrumento legal, mediante la cual se
dispone otorgar la adscripción, a partir del Ciclo Lectivo 2020, al Instituto
Diocesano “San José” -Nivel Inicial y Primario-, con estructura plurigrado de
modalidad rural, con domicilio en calle Intendente Reyno N° 851, Barrio Fe-
lipe Bottra, de la ciudad de Villa María, de propiedad del Obispado de Villa
María, condicionada al acabado cumplimiento de las observaciones formu-
ladas por las Áreas de Infraestructura Escolar y de Auditoria de Institutos;
estableciéndose que tal concesión no importará derecho adquirido alguno
de la propietaria al aporte estatal, ni obligación de la Provincia a concederlo.
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíque-
se en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR – WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE
EDUCACIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
ANEXO

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR