Decreto N° 1199 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXI - Nº 178
CORDOBA, (R.A.), LUNES 12 DE SETIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Decreto N° 1199
Córdoba, 09 de Setiembre 2016
VISTO:
el Acuerdo N° 57 del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Córdo-
ba, de fecha 18 de diciembre de 2015.
Y CONSIDERANDO:
Que por el citado Acuerdo, el Consejo de la Magistratura, una vez cumpli-
dos los trámites de rigor, elevó la propuesta para la designación del señor
José Daniel Cesano, M.I. N° 17.386.146, como Vocal de Cámara en la Cá-
mara en lo Criminal de Séptima Nominación de la Primera Circunscripción
Judicial con asiento en la ciudad de Córdoba, remitiendo el listado con el
puntaje obtenido por cada uno de los seleccionados.
Que este Poder Ejecutivo, en los términos del Decreto N° 2635/99, solicitó
a la Legislatura de la Provincia prestara acuerdo para designar al señor
José Daniel Cesano, quien resultó octavo en el orden de mérito remitido.
Que la Legislatura Provincial, en sesión pública del día 24 de agosto del
año 2016, prestó el acuerdo solicitado por Resolución R-2988/16, de con-
formidad a lo dispuesto por el artículo 104 inciso 42 de la Constitución
Provincial.
Que en consecuencia, cumplimentados los requisitos legales y constitucio-
nales corresponde proceder a la designación del señor José Daniel Cesa-
no en el cargo mencionado.
Por ello, lo dispuesto por la Ley N° 8802 y modicatorias, y en ejercicio de
las atribuciones conferidas por los artículos 144 inciso 9 y 157 de la Cons-
titución de la Provincia;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- DESÍGNASE al señor José Daniel CESANO, M.I. N°
17.386.146, como Vocal de Cámara en la Cámara en lo Criminal de Sép-
tima Nominación de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la
ciudad de Córdoba.
Artículo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
Artículo anterior se imputará a la Jurisdicción 3.00, Programa 920, Partida
Principal 01, Parcial 01, Grupo 26, cargo 010, del Presupuesto Vigente.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de
Justicia y Derechos Humanos, y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal Superior de
Justicia, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FIRMAS : JUAN SCHIARETTI (GOBERNADOR DE CÓRDOBA ), LUIS EUGENIO
ANGULO (MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS), JORGE CORDOBA
(FISCAL DE ESTADO)
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y
CONTRATACIONES MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 57
Córdoba, 9 de Setiembre de 2016
VISTO:
La Ley Nº 10.155 (Régimen de Compras y Contrataciones de la Administra-
ción Pública Provincial) y su Decreto Reglamentario N° 305/2014,
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección General de Compras y Contrataciones es el órgano rector
encargado de regular y controlar el sistema de compras y contrataciones
conforme el artículo 30 de la Ley N° 10.155.
Que el procedimiento de subasta electrónica, es una competencia de pre-
cios dinámica efectuada electrónicamente que debe otorgar las mayores
garantías posibles a los oferentes y debe desarrollarse en un marco de
seguridad jurídica.
Que es competencia de esta Dirección General determinar los bienes y/o
servicios que pueden contratarse por subasta electrónica conforme surge
del artículo 8.2.1. del Decreto Reglamentario N° 305/2014.
Que en uso de sus facultades, a través de las Resoluciones N° 32/2014,
y complementarias, la Dirección General de Compras y Contrataciones
aprobó el nuevo catálogo de bienes y servicios de la Administración Públi-
ca Provincial y denió los bienes subastables.
Que siendo la subasta electrónica un procedimiento tendiente a mejorar la
calidad de la gestión pública provincial, que procura primar los principios
de transparencia, sustentabilidad y eciencia, resulta necesario y oportuno
incorporar nuevos bienes y servicios subastables.
Por ello, y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Lega-
les de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de
Finanzas mediante Dictamen N° 58 /2016.
LA DIRECTORA GENERAL
DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DEL MINISTERIO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1° DISPÓNESE que también podrán adquirirse por el procedi-
miento de selección de subasta electrónica, los bienes que se detallan a
continuación:
Código Ítem Nombre Ítem
8110170008 SERVICIOS DE OPERACION MANTENIMIENTO Y PUESTA
A PUNTO DE PLANTAS DE TRATAMIENTO DE LIQUIDOS
CLOACALES
7315220015 ALQUILER DE MAQUINARIA DE LA CONSTRUCCION
4229480012 TORRE DE LAPAROSCOPIA
Artículo 2° MODIFÍQUESE el detalle de bienes del Anexo I de la Reso-
lución N° 12/2015 de esta Dirección General de Compras y Contratacio-
nes, donde dice: “7811180011 – SERVICIOS DE TRASLADO”; debe decir
“7811180009 – SERVICIOS DE TRASLADO”.
Artículo 3° PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO. CRA. MA. GIMENA DOMENELLA – DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS
Y CONTRATACIONES DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA –
MINISTERIO DE FINANZAS.

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