Decreto N° 1179
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 31 de Agosto de 2016 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXIII - Nº 234
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 24 DE NOVIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de Redeterminación de
Precio N° 3 por Reconocimiento de la Cuarta Variación de Costos corres-
pondiente al mes de julio de 2015, por trabajos faltantes de ejecutar en la
obra: “COBERTURA DE SEGURIDAD VIAL – REGION “A” – DEPARTA-
MENTOS: CAPITAL – CALAMUCHITA – COLÓN – SANTA MARÍA – PU-
NILLA – SAN ALBERTO – SAN JAVIER – POCHO – MINAS – CRUZ DEL
EJE – ISCHILÍN – SOBREMONTE – TULUMBA – RÍO SECO – TOTO-
RAL – PROVINCIA DE CÓRDOBA”, por la suma de Pesos Tres Millones
Treinta y Cuatro Mil Quinientos Doce con Cuarenta y Cuatro Centavos ($
3.034.512,44), suscripta el día 29 de diciembre de 2015 entre el entonces
Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad, Ingeniero Civil Fernan-
do N. ABRATE, por una par te, y el Representante de la Empresa VAWA
S.A.C.I.C.I., Arquitecto Fernando GIL MONTERO, contratista de la obra,
por la otra, que como Anexo I, compuesto de siete (7) fojas útiles, se acom-
paña y forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pe-
sos Tres Millones Treinta y Cuatro Mil Quinientos Doce con Cuarenta y
Cuatro Centavos ($ 3.034.512,44), a Ejercicio Futuro Año 2017, conforme
lo indica el Departamento Administración y Personal de la Dirección Pro-
vincial de Vialidad en su Documento de Contabilidad -Nota de Pedido Nº
2016/000225.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la Dirección Provin-
cial de Vialidad a suscribir la enmienda de contrato por redeterminación de
precio, debiendo la empresa VAWA S.A.C.I.C.I., integrar el importe adicio-
nal de garantía de cumplimiento del contrato.
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése intervención al
Departamento Administración y Personal de la Dirección Provincial de Via-
lidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, notifíquese, publíquese en el
Boletín Ocial, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIEN-
DA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL
DE ESTADO
ANEXO: https://goo.gl/S17yr1
Decreto N° 1179
Córdoba, 31 de Agosto de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 0045-015868/2011 (Cuerpos 1 al 7) del registro de
la Dirección Provincial de Vialidad, dependiente del Ministerio de Vivienda,
Arquitectura y Obras Viales.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la citada Dirección propicia por
Resolución Nº 00255/2016 se apruebe la Modicación de Obra Nº 1,
correspondiente a los trabajos de: “CONTRATO DE SEGURIDAD VIAL
– REGIÓN “C” – DEPARTAMENTOS: CALAMUCHITA – RIO CUARTO –
GENERAL SAN MARTÍN – ROQUE SAENZ PEÑA – JUAREZ CELMAN
– MARCOS JUAREZ – TERCERO ARRIBA – RIO SEGUNDO”, a cargo de
la Empresa BECHA S.A.
Que por Decreto N° 407 de fecha 23 de abril de 2014, se adjudicaron
los trabajos de referencia a la citada Empresa, suscribiéndose el pertinente
contrato con fecha 17 de julio de 2014.
Que obran en autos Memoria Descriptiva, Pliego Particular de Condi-
ciones, Pliego Particular de Especicaciones Técnicas, Cómputo Métrico,
Presupuesto, Planilla Comparativa de Modicación de Obra N° 1, confor-
midad de la Contratista para la ejecución de los trabajos de que se trata
y renuncia a todo gasto improductivo que pudiere generarse como conse-
cuencia de la instrumentación, gestión y tramitación de la presente modi-
cación de obra y su ampliación de plazo por diez (10) meses.
Que el Depar tamento I Obras y Conservación de Pavimentos depen-
diente de la Dirección Provincial de Vialidad (D.P.V.), produce informe técni-
co en el cual señala que la presente Modicación de obra resulta necesaria
a los nes de intervenir en aquellas rutas en las cuales han completado
los trabajos de mejoramiento y debido a las modicaciones surtidas en la
carpeta asfáltica han variado sus condiciones de transitabilidad, resultando
necesario otorgar medidas de seguridad mínimas para los usuarios.
Que asimismo del referido informe surge que la presente Modicación
de Obra N° 1 implica un aumento en el valor de la obra de
$ 14.531.904,69, representando un incremento del 29,76 % del mon-
to contractual, ascendiendo el monto total de la obra a la suma de $ $
63.355.262,52, lo que requiere una ampliación del plazo de obra de diez
(10) meses, llevando la fecha de nalización de los trabajos al día 17 de
junio de 2018.
Que se ha incor porado en autos el correspondiente Documento Con-
table- Nota de Pedido N° 2016/000239, en cumplimiento a lo establecido
por el artículo 13 de la Ley N° 8614, así como el Certicado de Habilitación
para Adjudicación, expedido por el Registro de Constructores de Obras
(artículo 23 correlativos y concordantes del Decreto N° 809/96).
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dispuesto
do por el Departamento Jurídico del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y
Obras Viales el N° 273/2016, por Fiscalía de Estado bajo el N° 000645/16,
y en uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- APRUÉBASE la Modicación de Obra Nº 1, correspon-
diente a los trabajos de: “CONTRATO DE SEGURIDAD VIAL – REGIÓN
“C” – DEPARTAMENTOS: CALAMUCHITA – RIO CUARTO – GENERAL
SAN MARTÍN – ROQUE SAENZ PEÑA – JUAREZ CELMAN – MARCOS
JUAREZ – TERCERO ARRIBA – RIO SEGUNDO”, y consecuentemente
ADJUDÍCASE la ejecución de los mismos a la Empresa BECHA S.A., con-
tratista de la obra principal, conforme Planilla que como Anexo I, compues-
to de una (1) foja, integra el presente Decreto, por la suma de Pesos Ca-
torce Millones Quinientos Treinta y Un Mil Novecientos Cuatro con Sesenta
y Nueve Centavos ($ 14.531.904,69), signicando una incidencia en más
del 29,76% con respecto a valores del contrato original, estableciéndose
un plazo de ejecución de obra de diez (10) meses, llevando la fecha de
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