Decreto N° 1156

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición27 de Octubre de 2015
VIERNES 22 DE ABRIL DE 2016
AÑO CIII - TOMO DCXVI - Nº 80
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 1156.................................................. PAG. 1
Decreto N° 1199 .................................................. PAG. 2
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo Reglamentario N° 1346 A ................... PAG. 3
Acuerdo Reglamentario N° 1347 A ................... PAG. 3
Acuerdo Reglamentario N° 1348 A ................... PAG. 4
Acuerdo Reglamentario N° 1349 A ................... PAG. 4
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 1156
Córdoba, 27 de octubre de 2015
VISTO:
El expediente Nº 0045-017311/2015 (Cuerpos 1 al 6), del Registro de la Di-
rección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones dan cuenta del procedimiento de Licitación
Pública autorizado por Decreto N° 179/2015, para contratar la ejecución de
la Obra: “OBRAS DE PROTECCIÓN HIDRÁULICA Y ESTABILIZACIÓN DE
TALUDES Y CONTRATALUDES EN RUTAS PAVIMENTADAS DE MONTA-
ÑAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA – REGIÓN I”, con un Presupuesto
Ocial Actualizado de $ 45.346.957,65.
Que autorizado el llamado a Licitación Pública por el Decreto aludido para
la ejecución de la obra referenciada, y efectuadas las publicaciones perti-
nentes, se procedió en la fecha y hora jadas a la apertura de los Sobres
de Presentación y de los Sobres Propuesta, todo lo cual quedó documen-
tado mediante Acta N° 07/15 labrada al efecto que corre incorporada en
autos.
Que asimismo, obra la documentación correspondiente a las ofertas for-
muladas por las rmas intervinientes, a saber: BOETTO Y BUTTIGLIEN-
GO S.A.; ALQUIMAQ S.A.C.I.F.; ROMERO CAMMISA CONSTRUCCIO-
NES S.A. y VIAL RG S.A.
Que la Comisión de Evaluación de Ofertas se expide en autos, en cumpli-
miento de las disposiciones de los artículos 29 y 30 del Decreto Nº 4758/77
aprobatorio del Pliego General de Condiciones de la Ley de Obras Públicas
y artículo 29 de la Ley Nº 8614, aconsejando la adjudicación a la Firma
VIAL RG S.A. por la suma de $ 52.449.921,94 (15,66% por encima del Pre-
supuesto Ocial Actualizado), por resultar la oferta más ventajosa, además
de cumplimentar con las condiciones de admisibilidad y requisitos formales
previstos en la normativa licitatoria.
Que se glosa el Documento de Contabilidad - Nota de Pedido N°
2015/001559, según lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley de Obras
Públicas Nº 8614.
Que luce agregado el correspondiente Certicado de Habilitación para Ad-
judicación, expedido por el Registro de Constructores de Obras (artículo 7
del Decreto Nº 8/98 y Resolución Nº 0002/99 del entonces Ministerio de
Obras, Servicios Públicos y Vivienda).
Por ello, las previsiones del artículo 29 de la Ley N° 8614, artículo 31 del
Pliego General de Condiciones (Decreto Nº 4758/77), lo dispuesto por la
Ley Nº 5901 (T.O. Ley N° 6300 y modicatorias), lo dictaminado por la
Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Infraestruc-
tura bajo el Nº 447/2015 y por Fiscalía de Estado bajo el Nº 0809/2015 y en
uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º.- ADJUDÍCASE la ejecución de los trabajos de la Obra:
“OBRAS DE PROTECCIÓN HIDRÁULICA Y ESTABILIZACIÓN DE TALU-
DES Y CONTRATALUDES EN RUTAS PAVIMENTADAS DE MONTAÑAS
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA – REGIÓN I” a la Firma VIAL RG S.A.,
por la suma de Pesos Cincuenta y Dos Millones Cuatrocientos Cuaren-
ta y Nueve Mil Novecientos Veintiuno con Noventa y Cuatro Centavos
($52.449.921,94).
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de Pesos
Cincuenta y Dos Millones Cuatrocientos Cuarenta y Nueve Mil Novecientos
Veintiuno con Noventa y Cuatro Centavos ($52.449.921,94), conforme lo
indica el Departamento Administración y Personal de la Dirección Provincial
de Vialidad en su Documento Contable (Nota de Pedido) N° 2015/001559,
a Presupuesto Futuro Año 2016.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la Dirección Provincial
de Vialidad a suscribir el contrato pertinente, previa constitución por parte
de la contratista de la correspondiente garantía de cumplimiento y demás
recaudos de ley.
Artículo 4º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministro
de Infraestructura y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Departamento Ad-
ministración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal
de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial,
notif íquese, pase a la Dirección Provincial de Vialidad a sus efectos y
archívese.
FDO. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA, GOBERNADOR - CR. MANUEL FERNANDO
CALVO, MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA - JORGE EDUARDO CORDOBA, FIS-
CAL DE ESTADO

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