Decreto N° 1144

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición31 de Agosto de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
2
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXI - Nº 174
CORDOBA, (R.A.), MARTES 6 DE SETIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio
por Reconocimiento de la Primera Variación de Costos correspondiente al
mes de octubre de 2014, por trabajos faltantes de ejecutar en la Obra: “RE-
FUNCIONALIZACIÓN LAVADERO, COCINA Y BAÑOS EN EL HOGAR DE
ANCIANOS ELPIDIO GONZALEZ, ubicado en calle Pública S/Nº - Locali-
dad DESPEÑADEROS -DEPARTAMENTO SANTA MARÍA – PROVINCIA
DE CÓRDOBA, por la suma total de Pesos Cuatrocientos Veintisiete Mil
Setecientos Cuatro con Ochenta y Seis Centavos ($ 427.704,86), suscripta
el día 3 de julio de 2015, entre el entonces Director General de Arquitectu-
ra, Arquitecto Ricardo ROGNONI, por una parte, y el Titular de la Empresa
CARLOS E. MARTINEZ, señor Carlos Enrique MARTINEZ, contratista de
la obra, por la otra, que como Anexo I, compuesto de tres (3) fojas, se
acompaña y forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de Pe-
sos Cuatrocientos Veintisiete Mil Setecientos Cuatro con Ochenta y Seis
Centavos ($ 427.704,86), conforme lo indica la Dirección General de Ad-
ministración del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales en su
Documento de Contabilidad (Nota de Pedido) N° 2016/000144, con cargo a
Jurisdicción 1.50, Programa 506-008, Partida 12.06.00.00 del P.V.
Artículo 3°.- FACÚLTASE al señor Secretario de Arquitectura a suscribir
la Enmienda de Contrato por redeterminación de precio, debiendo la Em-
presa CARLOS E. MARTINEZ, integrar el importe adicional de garantía de
cumplimiento de contrato.
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro
de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése intervención a la Di-
rección General de Administración del Ministerio de Vivienda, Arquitectura
y Obras Viales, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, notifíquese, pu-
blíquese en el Boletín Ocial, pase a la Secretaría de Arquitectura a sus
efectos y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIEN-
DA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL
DE ESTADO
Anexo: http://goo.gl/qv0dKy
Decreto N° 1144
Córdoba, 31 de Agosto de 2016
VISTO:
El expediente N° 0048-002519/2016 del registro de la Secretaría de Trans-
porte del Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se tramita la transferencia al Fondo
de Transporte para Administrar lo Recaudado por el Sistema de Venta y
Recarga de Transporte Urbano de la Ciudad de Córdoba, de la suma de
Pesos Doce Millones Cuatrocientos Cuarenta y Tres Mil Trescientos Tres
con Dos Centavos ($ 12.443.303,02), destinados a solventar los costos
de transporte correspondientes a los ciudadanos beneciarios del Boleto
Obrero Social, por el período comprendido entre los meses de Mayo a
Diciembre de 2016, inclusive.
Que por Decreto N° 272/2015 se crea el Programa “Boleto Obrero Social
(B.O.S.)” el que reconoce un benecio que está destinado a todos los tra-
bajadores y obreros domiciliados en la Provincia de Córdoba, que desarro-
llen actividades laborales en relación de dependencia en el ámbito privado
o público, cuya remuneración no supere determinados parámetros, y a
personas en condición de desempleados, consistente en una reducción
en el costo de la tarifa en los servicios públicos de transporte automotor
de pasajeros, tanto urbanos como interurbanos, donde los beneciarios
abonarán el cincuenta por ciento (50%) de la tarifa vigente.
Que la Secretaría de Transporte del Ministerio de Agua, Ambiente y Servi-
cios Públicos suscribió con la Secretaría de Servicios Públicos de la Muni-
cipalidad de Córdoba la “Prórroga al Convenio de Adhesión al Régimen de
Provisión del Boleto Obrero Social suscripto entre la Provincia de Córdoba
y la Municipalidad de la Ciudad de Córdoba”, aprobado por Decreto N°
933/2016 emanado del Poder Ejecutivo de la citada Municipalidad.
Que por Decreto N° 564/2016 se dispuso la transferencia al Fondo de
Transporte para Administrar lo recaudado por el Sistema de Venta y Re-
carga de Transporte Urbano de la Ciudad de Córdoba por la suma de Pe-
sos Cuatro Millones Trescientos Treinta y Siete Mil Novecientos Tres con
Noventa y Ocho Centavos ($ 4.337.903,98) para solventar los costos de
transporte de los ciudadanos de la Ciudad de Córdoba beneciarios del
Programa Boleto Obrero Social (B.O.S.) por el período correspondiente a
los meses de Enero a Abril inclusive del corriente año.
Que la citada Secretaría elabora informe del que resulta el consumo real
correspondiente al período de Enero a Julio de 2016 y los consumos es-
timados correspondientes al periodo de Agosto a Diciembre del corriente,
así como también la “…diferencia entre los consumos reales ejecutados
entre los meses de Enero a Abril de 2016 menos los importes autorizados
por Decreto N° 564/2016..., por lo que corresponde transferir a la Municipa-
lidad de Córdoba la suma de Pesos Doce Millones Cuatrocientos Cuarenta
y Tres Mil Trescientos Tres con Dos Centavos ($ 12.443.303,02).
Que se ha incorporado en autos Documento de Contabilidad (Nota de Pe-
dido N° 2016/000021), a n de atender la erogación de referencia.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por el
Departamento Jurídico del Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Pú-
blicos con el Nº 156/2016, por Fiscalía de Estado bajo el Nº 642/2016 y en
uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1° TRANSFIÉRASE al Fondo de Transporte para Administrar lo
recaudado por el Sistema de Venta y Recarga de Transpor te Urbano de la
Ciudad de Córdoba (Cuenta N° 900-400320/0 – Banco de Córdoba) de la
Municipalidad de Córdoba la suma de Pesos Doce Millones Cuatrocientos
Cuarenta y Tres Mil Trescientos Tres con Dos Centavos ($ 12.443.303,02),
para solventar los costos de transporte de los ciudadanos de la Ciudad de
Córdoba beneciarios del Programa Boleto Obrero Social (B.O.S.) por el
período correspondiente a los meses de Mayo a Diciembre, inclusive, del
corriente año, en los términos y condiciones establecidos en la “Prórroga
al Convenio de Adhesión al Régimen de Provisión del Boleto Obrero Social
suscripto entre la Provincia de Córdoba y la Municipalidad de la Ciudad de
Córdoba”, aprobado por Decreto N° 933/2016 emanado del Poder Ejecutivo
de la citada Municipalidad, que como Anexo Único compuesto de tres (3)
fojas útiles se acompaña y forma parte del presente instrumento legal.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR