Decreto N° 1125

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición16 de Octubre de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCII - Nº 32 CÓRDOBA, 19 de febrero de 20154
suscripta el día 11 de diciembre de 2013 entre el
Director General de Arquitectura, Arquitecto
Andrés Eduardo CAPARROZ, por una parte, y
el Apoderado de la Empresa ITEM
CONSTRUCCIONES S.A., señor Tíndaro
SCIACCA, contratista de la obra, por la otra, que
como Anexo I, compuesto de cuatro (4) fojas inte-
gra el presente Decreto.
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que
asciende a la suma total de PESOS DOSCIENTOS
CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS
DIECINUEVE CON SETENTA Y TRES
CENTAVOS ($ 253.819,73), conforme lo indica la
Dirección General de Administración del Ministerio
de Infraestructura en su Documento de Contabilidad
(Nota de Pedido N° 2014/000262), con cargo a:
Jurisdicción 1.50, Programa 506-005, Partida
12.06.00.00 del P.V.
ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE al señor Director
General de Arquitectura a suscribir la enmienda
de contrato por redeterminación de precio,
debiendo previamente la empresa ITEM
CONSTRUCCIONES S.A., integrar el importe
adicional de garantía de cumplimiento del contrato.
ARTÍCULO 4°.- El presente decreto será
refrendado por los señores Ministro de
Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5°.- PROTOCOLÍCESE,
comuníquese, dese intervención a la Dirección
General de Administración del Ministerio de
Infraestructura, al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, notifíquese, publíquese en el Boletín
Oficial, pase a la Dirección General de Arquitectura
a sus efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/1sqqkP
Decreto N° 1125
Córdoba, 16 de Octubre de 2014
VISTO: El expediente N° 0047-015808/2011/
R3 del Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se gestiona la
solicitud efectuada por la Dirección General de
Arquitectura del Ministerio de Infraestructura, a fin
de se faculte al señor Director de Arquitectura a
suscribir la enmienda por Redeterminación de
Precios por Reconocimiento de la Primera Variación
e Costos por trabajos faltantes de ejecutar en la
obra: Ejecución Pabellón Cielo y Tierra en el Parque
de las Tejas – Córdoba – Departamento Capital –
Provincia de Córdoba, aprobada por Decreto N°
1714/2012.
Que por Acta Acuerdo aprobada por Decreto N°
1278/2011, el Gobierno de la Provincia acordó la
participación de la Cámara de Turismo de la
Provincia, la Cámara de Comercio y la Cámara
Empresarial de Desarrollistas Urbanos, en el
proceso de adjudicación de la obra Parque de Las
Tejas, asignándole a la primera la ejecución del
proyecto “Pabellón Cielo y Terra”.
Que en tanto mediante Decreto 1111/2013 se
faculta al citado Director General a transferir a la
Cámara de Turismo de la Provincia los fondos
para atender el monto adicional por
rederterminación de precios.
Que corresponde en la instancia facultar al señor
Director General de Arquitectura dependiente del
Ministerio referenciado, a suscribir la enmienda de
contrato de que se trata conjuntamente con el señor
Presidente de la Cámara de Turismo, debiendo la
empresa contratista integrar el importe adicional de
garantía de cumplimiento de contrato.
Por ello, la normativa citada, lo dispuesto por el
artículo 144° de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º: FACÚLTASE al señor Director
de Arquitectura dependiente del Ministerio de
Infraestructura, conjuntamente con el señor
Presidente de la Cámara de Turismo de la
Provincia, a suscribir la enmienda de contrato por
Redeterminación de Precio por Reconocimiento
de la Primera Variación de Costos por trabajos
faltantes de ejecutar en la obra: Ejecución Pabellón
Cielo y Tierra en el Parque de Las Tejas-Córdoba-
Departamento Capital-Provincia de Córdoba,
aprobada por Decreto N° 1714/2012, debiendo la
Empresa COVA S.A., integrar el importe adicional
de garantía de cumplimiento del contrato.
ARTÍCULO 2º: El presente Decreto será
refrendado por los señores Ministro de
Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLÍCESE,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase
a la Dirección General de Arquitectura a sus efectos
y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 1494
Córdoba, 30 de diciembre de 2014.
VISTO: El expediente N° 0327-110253/2014 del
registro de la Secretaría del P.A.I.Cor. del Ministerio
de Gestión Pública.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 000298/2014 de
fecha veintitrés (23) de abril de 2014 del Ministerio
de Gestión Pública se realizó el llamado a con-
curso de títulos, antecedentes y oposición en los
términos del artículo 14, punto I) de la Ley N° 9361,
para cubrir nueve (09) cargos del Agrupamiento
Servicios Generales de la Secretaría del P.A.I.Cor.
del Ministerio de Gestión Pública en el
Departamento Juárez Celman de la Provincia de
Córdoba.
Que de conformidad a lo previsto en el art. 16 de
la Ley 9361, se constituyó la Comisión Laboral de
Concurso y Promoción, la cual mediante Resolución
N° 000003/2014 de fecha diez (10) de Junio de
2014 aprobó las condiciones generales del con-
curso de que se trata, con los alcances de la
convocatoria efectuada y designación de los
integrantes del Tribunal del Concurso.
Que mediante Resolución N° 000004/2014 de
fecha dieciséis (16) de septiembre de 2014 la citada
Comisión Laboral de Concurso y Promoción
estableció el día (27) de septiembre de 2014 para
llevar a cabo la prueba de oposición, determinando
los lugares y horarios fijados a tal fin.
Que obran incorporados los formularios de
inscripción pertinentes de aquellos agentes que
pretenden participar en el presente concurso, con
la documentación exigida, tendientes a acreditar la
condición de postulantes de los mismos.
Que, así las cosas, producidas las pruebas de
oposición, continuó el proceso con la recepción de
las entrevistas personales, con la valoración de las
mismas, de los títulos, antecedentes, antigüedad,
arrojando las mismas el puntaje total obtenido.
Que el Tribunal del Concurso competente cul-
mina la etapa evaluativa con la confección del Orden
de Mérito provisorio, el que fuera publicado el día
cinco (5) de diciembre de 2014 en la Página WEB
Oficial, www.cba.gov.ar/concursos-paicor/, sin que
se receptaran observaciones algunas en relación
a los cargos que motivan el presente.
Que en función de las bases concursales
aprobadas por Resolución N° 000003/14 y
ratificadas por Resolución N° 000004/14, ambas
de la citada Comisión Laboral de Concurso y
Promoción, las personas nominadas en el orden
de mérito provisorio manifestaron explícitamente su
voluntad de aceptar ocupar el cargo cocinera/o en
la órbita del P.A.I.Cor. por un lapso no inferior a
dos (2) años, como así también la disposición a
trasladarse hasta treinta (30) kilómetros de distancia
desde su domicilio actual declarado al lugar que el
P.A.I.Cor. determine para la prestación de servicios.
Que posteriormente se publicó el Orden de Mérito
definitivo en la referida Página Web del Gobierno
de la Provincia de Córdoba.
Que resulta necesario encomendar a la Dirección
de R.R.H.H. de la Secretaría del P.A.I.Cor. del
Ministerio de Gestión Pública, de corresponder,
verificar el efectivo cumplimiento de los requisitos
establecidos por los artículos 12° y 13° de la Ley
N° 7233 para el ingreso de personal en carácter
de permanente, revistiendo mientras tanto la
designación el carácter previsto en el artículo 15°
de la citada norma.
Por ello, la normativa legal citada, lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales del
Ministerio de Gestión Pública y por la Fiscalía de
Estado bajo los Nros. 0840/2014 y 1061/2014,
respectivamente, y en ejercicio de sus atribuciones
constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º: DESÍGNANSE a partir del
presente instrumento legal a los agentes que han
obtenido el puntaje requerido en el presente
proceso concursal para la cobertura de siete (07)
cargos del Agrupamiento Servicios Generales de
la Secretaría del P.A.I.Cor. del Ministerio de Gestión
Pública en el Departamento Juárez Celman de la
Provincia de Córdoba, conforme al Orden de Mérito
correspondiente al concurso de títulos, antecedentes
y oposición, convocado por Resolución N° 000298/
2014 de fecha veintitrés (23) de abril de 2014 del
Ministerio de Gestión Pública, en los términos del
artículo 14, punto I) de la Ley N° 9361, los que se
detallan en el Anexo I de una foja útil, que corre
agregado y forma parte integrante del presente
instrumento legal.
ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE que la
Dirección de R.R.H.H. de la Secretaría del
P.A.I.Cor. del Ministerio de Gestión Pública, si
correspondiere, verificará el efectivo cumplimiento
de los requisitos establecidos por los artículos
12° y 13° de la Ley N° 7233 para el ingreso de
personal en carácter de permanente, dentro del
plazo previsto en el art. 15° de la citada norma.
ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será
refrendado por los Señores Ministro de Gestión
Pública y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 4º. PROTOCOLÍCESE, comuní
quese, dése a la Dirección de Personal de la
Dirección General de Administración del Ministerio
de Gestión Pública, publíquese en Boletín Oficial
y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. MANUEL FERNANDO CALVO
MINISTRO DE GESTIÓN PÚBLICA
DR. JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/OkaJXr
Decreto N° 49
Córdoba, 26 de Enero de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0109-102544/11 del
registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos la Resolución N° 0505/13
de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario,
mediante la cual se dispuso, ad referendum de
autoridad competente, el cambio de situación de
la Escuela de Nivel Primario “CARLOS
CASSAFFOUST” de Tercera Usina,
Departamento Calamuchita, y el cambio de
imputación del cargo de la docente Graciela Inés
SANTANDER.
Que conforme a las constancias documentales
e informativas incorporadas en autos y
prescripciones legales de rigor, la decisión se
ajusta a derecho, pues se encuadra dentro de la
normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los
requerimientos jurídicos-formales-pedagógicos
estatuidos por las Leyes Nros. 26206 y 9870,
Decretos Nros. 41009/A/38, Decreto-Ley N°
1910/E/57 y Decreto Reglamentario N° 3999/E/
67, encontrándose tal determinación técnica,
administrativa e institucional plasmada en la
resolución de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe
objeción alguna para la ratificación en esta
instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo
dictaminado por el Área Jurídica del Ministerio de
Educación con el N° 3292/13 y por Fiscalía de
Estado en casos análogos;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º.- RATIFÍCASE la Resolución
N° 0505/13 emanada de la Dirección General
de Nivel Inicial y Primario, mediante la cual se
dispuso el cambio de situación de la Escuela de
Nivel Primario “CARLOS CASSAFFOUST” de
Tercera Usina, Departamento Calamuchita, y el
cambio de imputación del cargo de la docente
Graciela Inés SANTANDER (M.I. N°
17.121.454), en los términos y condiciones que
se consigna en la misma, cuya copia forma parte

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