Decreto N° 1124

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición16 de Octubre de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCIX - Nº 227 CÓRDOBA, 30 de diciembre de 20144
las previsiones del Decreto Nº 1231/10, modificatorio de su
similar N° 1133/2010, y lo establecido en el Artículo 8° del Pliego
Particular de Condiciones y las Aclaratorias sin Consulta N° 1 y
N° 2.
Que mediante Decreto N° 850 de fecha 23 de julio de 2013 se
adjudicó la obra principal a la Empresa CIAR S.A., suscribiéndose
el día 24 de septiembre de 2013 el contrato correspondiente y
habiéndose aprobado el Acta Acuerdo de Redeterminación de
Precios de la Primera Variación de Costos por Decreto N° 796/
2014 y por Decreto N° 890 se aprobó el Acta de
Redeterminación de Precio por la Segunda y Tercera Variación
de Costos con fecha 12 de agosto de 2014.
Que obra en autos la documentación presentada por la
contratista fundamentando su petición.
Que el Departamento II Gestión, Económica de Obras (D.P.V.)
informa que se ha producido una variación en el precio de la
obra del 9,58 % al mes de mayo del 2014, resultando en
un monto a imputar de $ 1.720.621,90, importe resultante
de aplicar al monto contractual faltante de ejecutar, ascendiendo
el nuevo presupuesto de la obra a $ 35.831.588,67.
Que cabe destacar que si bien el Acta Acuerdo expresa que
al momento de la presente reterminación de obra se encontraba
ejecutada en un 33.79% surge el certificado parcial N° 6
obrante en autos, que el porcentaje de avance de la obra al
30/04/2014 era de 43.65 % habiéndose tomado para la
realización de los cálculos de rigor el porcentaje correcto de
avance.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores
costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos
perjuicios de cualquier naturaleza en los términos del artículo 16
del régimen de que se trata.
Que en consecuencia, verificada la existencia de los supuestos
que tornan procedente la aplicación del citado instrumento legal,
la Dirección Provincial de Vialidad ha considerado conveniente
la redeterminación del precio del contrato, por lo que suscribió
con la contratista el Acta Acuerdo de redeterminación de precio
por reconocimiento de la cuarta variación de costo.
Que se agrega Documento Contable -Nota de Pedido N° 2014/
001641 que certifica la reserva presupuestaria para atender la
erogación que lo gestionado implica.
Por ello, las actuaciones cumplidas, las normas legales citadas,
lo dispuesto en el artículo 14 del Anexo I al Decreto N° 1231/
2010, modificatorio de su similar N° 1133/2010, lo dictaminado
por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio
de Infraestructura con el N° 525/2014, por Fiscalía de Estado
bajo el N° 797, y en uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la Cuarta
Variación de Costos correspondiente al mes de mayo de 2014,
por trabajos faltantes de ejecutar en la obra:
“REHABILITACIÓN RUTA PROVINCIAL A-103 – CAMINO A
SAN CARLOS – DEPARTAMENTO CAPITAL”, por la suma
de Pesos Un Millón Setecientos Veinte Mil Seiscientos
Veintiuno con Noventa Centavos ($ 1.720.621,90), suscripta
el día 5 de agosto de 2014 entre el Presidente de la Dirección
Provincial de Vialidad, Ingeniero Raúl BERTOLA, por una parte,
y el Apoderado de la Empresa CIAR S.A., Arquitecto Sebastián
C. MERINO, contratista de la obra, por la otra, que como Anexo
I, compuesto de ocho (8) fojas útiles, se acompaña y forma parte
integrante del presente instrumento legal.
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la
suma de Pesos Un Millón Setecientos Veinte Mil Seiscientos
Veintiuno con Noventa Centavos ($ 1.720.621,90), conforme lo
indica el Departamento Administración y Personal de la Dirección
Provincial de Vialidad en su Documento de Contabilidad Nota
de Pedido Nº 2014/001641.
ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la
Dirección Provincial de Vialidad a suscribir la enmienda de
contrato por redeterminación de precio, debiendo la Empresa
CIAR S.A., integrar el importe adicional de garantía de
cumplimiento del contrato.
ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por
los señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése
intervención al Departamento Administración y Personal de la
Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la
citada Dirección a sus efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/UnO6Nf
Decreto N° 1124 Córdoba, 16 de Octubre de 2014
VISTO: El expediente Nº 0045-016481/2013 (Cuerpos 1 al 4)
del registro de la Dirección Provincial de Vialidad, dependiente
del Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la citada Dirección, propicia
por Resolución Nº 00503/2014 se autorice la Modificación de
Obra Nº 1, correspondiente a los trabajos de la obra:
“MEJORAMIENTO EN RUTA PROVINCIAL U-113 – TRAMO:
E-55 – AVENIDA RECTA MARTINOLLI Y PAVIMENTACIÓN
AVENIDA LOS ÁLAMOS (CONVENIO CON MUNICIPALIDAD
DE LA CALERA)”, a cargo de la empresa PABLO AUGUSTO
FEDERICO, propiciándose asimismo un ampliación en cuatro
meses del plazo de la obra.
Que la obra de referencia fue adjudicada a la nombrada
empresa mediante Decreto N° 1529/2013, suscribiéndose el
Contrato respectivo en fecha 10 de marzo de 2014; siendo
parcialmente replanteada en fechas 25 de marzo y 4 de mayo
ambas de 2014; y con un plazo de ejecución de 6 meses,
conforme el art. 4° del Pliego Complementario de Condiciones.
Que conforme lo señalado por el Departamento I Obras y
Conservación de Pavimentos dependiente de la Dirección Pro-
vincial de Vialidad (D.P.V.), surge que la presente modificación
consiste en la construcción de un distribuidor ubicado en la RPU
113 en coincidencia con acceso al Club La Tablada, Club de
campo del Bosque y Acceso a Country Lomas de la Carolina,
como así también el ensanche del puente sobre arroyo en calle
Molino de Torres, en virtud de la necesidad de brindar en obras
una respuesta que mitigue los accidentes en dicha zona.
Que obra en autos Memoria Descriptiva, Pliego Particular de
Condiciones, Pliego Particular de Especificaciones Técnicas,
Cómputo Métrico y Presupuesto, Planilla Comparativa de
Modificación de Obra N° 1 y Análisis de Precios.
Que según informe técnico del Departamento I Obras y
Conservación de Pavimentos de la Dirección Provincial de
Vialidad, los trabajos modificatorio propuestos tienen su origen
en la reformulación del proyecto original, cuya Planilla
Comparativa arroja una diferencia en m{as de $ 2.449.281.66 lo
que representa un incremento del 28.92% del monto contractual
redundando en un nuevo monto de $ 10.9191.437,35 lo que
requiere una ampliación del plazo de obra de cuatro (4) meses,
llevando la fecha de finalización de los trabajos al día 25 de
enero de 2015.
Que se ha incorporado en autos el correspondiente Documento
Contable- Nota de Pedido N° 2014/001484, en cumplimiento a
lo establecido por el artículo 13 de la Ley N° 8614, así como el
Informe de Habilitación para Adjudicación, expedido por el
Registro de Constructores de Obras ( artículo 7 del Decreto N°
8/98 y Resolución N° 002/99 del entonces Ministerio de Obras,
Servicios Públicos y Vivienda).
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo
dispuesto por el artículo 40 de la Ley de Obras Públicas
8614, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos
Legales del Ministerio de Infraestructura con el n° 529/2014, por
Fiscalía de Estado bajo el N° 778/2014, y en uso de sus
atribuciones constitucionales.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE la Modificación de Obra Nº 1,
correspondiente a los trabajos de la obra: “MEJORAMIENTO
EN RUTA PROVINCIAL U-113 – TRAMO: E-55 – AVENIDA
RECTA MARTINOLLI Y PAVIMENTACIÓN AVENIDA LOS
ÁLAMOS (CONVENIO CON MUNICIPALIDAD DE LA
CALERA)”, y consecuentemente ADJUDICASE la ejecución de
los mismos a la empresa PABLO AUGUSTO FEDERICO,
contratista de la obra principal conforme Planilla, que como Anexo
I, compuesta de UNA (1) fija, integra el presente Decreto, por la
suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y
NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO CON SESENTA
Y SEIS CENTAVOS ($ 2.449.281,66), estableciendose un plazo
de ejecución de obra de cuatro meses.
ARTÍCULO 2º.- IMPUTASE el egreso que asciende a la suma
de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA
Y NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO CON
SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 2.449.281,66), conforme lo
indica el Departamento Administración y Personal de la Dirección
Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura
en su Documento de Contabilidad (Nota de Pedido) N° 2014/
001484, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 527-000,
Partidas 12.06.00.00 del PV.
ARTÍCULO 3º.- FACULTASE al señor Presidente de la
Dirección Provincial de Vialidad a suscribir el respectivo contrato
de obra, previo cumplimiento por parte del adjudicatario de los
recaudos legales pertinentes, debiendo la contratista integrar la
garantía de fiel cumplimiento en la misma proporción establecida
para el contrato principal y cumplimentar con el sellado de Ley
de las Enmiendas de Contrato por Modificación de Obra.
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por
los señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al
Departamento Administración y Personal de la Dirección Provin-
cial de Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura, al
Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la citada Dirección a sus
efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/A1wjx2
Decreto N° 1180 Córdoba, 27 de Octubre de 2014
VISTO: El expediente Nº 0045-016734/2013 del registro de la
Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de
Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones la citada Dirección propicia
mediante Resolución Nº 00753/13, modificada por su similar Nº
00621/14, la aprobación del Procedimiento Administrativo para
el Juzgamiento de las Infracciones a la Normativa sobre cargas
y dimensiones de vehículos que circulan por la red vial de la
Provincia de Córdoba, que como Anexo I al Decreto N° 1048/
2010.
Que surge del Memorando Nº 47 de la Dirección Provincial de
Vialidad que, en el marco de los convenios celebrados con
distintos Municipios para la aplicación del Anexo referenciado,
se ha consensuado con los Jueces Administrativos de Faltas
correspondientes, el procedimiento administrativo para el

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