Decreto N° 1056 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Julio de 2018
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 5 de Julio de 2018
MARTES 24 DE JULIO DE 2018
AÑO CV - TOMO DCXLIII - Nº 137
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 1056
Córdoba, 05 de julio de 2018
VISTO: El expediente N° 0473-091383/2018.
Y CONSIDERANDO:
Que con fecha 16 de Noviembre de 2017, el Estado Nacional, las
Provincias – excepto la Provincia de San Luis- y la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires (CABA) suscribieron el denominado “Consenso Fiscal” el
cual tiene como objetivo principal, la realización de acciones y/o políticas
concurrentes a la armonización de las estructuras tributarias de las dis-
tintas jurisdicciones, a n de evitar distorsiones y efectos adversos en las
actividades económicas de forma tal de promover el empleo, la inversión y
crecimiento económico del país, acordar una solución integral y realista a
los conictos judiciales suscitados entre las partes y emprender el diálogo
institucional que desemboque en una nueva ley de Coparticipación Fede-
ral.
Que a través de la Ley N° 10510, la Provincia de Córdoba aprueba el
referido Consenso facultándose al Poder Ejecutivo a disponer todas las
medidas y dictar las normas necesarias para dar cumplimento a los com-
promisos asumidos en el Consenso Fiscal.
Que por el Título III del citado Consenso, titulado: “Compromisos asu-
midos por las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, se dispo-
nen determinadas obligaciones que deben asumir los scos en relación al
Impuesto de Sellos.
Que si bien el Consenso Fiscal sólo produce efectos entre las partes
rmantes no generando ningún tipo de derechos a terceros, en el marco
del ejercicio pleno de las facultades y/o potestades tributarias conferidas
tanto por la Constitución Nacional como por la Provincial y lo dispuesto por
las Leyes N° 10.509 y N° 10.510, se estima conveniente en esta oportuni-
dad, disponer una reducción de la alícuota en el Impuesto de Sellos para
las inscripciones de vehículos nuevos (0 km) adquiridos en concesionarias
no inscriptas como contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos
en la Provincia de Córdoba.
Que la medida que se adopta por el presente tiene como nalidad ar-
monizar y/o adecuar el tratamiento tributario que han adoptado otras juris-
dicciones provinciales respecto a tales operaciones y a reducir el impacto
económico que las mismas producen en los contribuyentes, sin que ello
implique reconocer un incumplimiento a las disposiciones establecidas en
el inciso i) del Título III del referido Consenso por no darse los presupues-
tos fácticos jurídicos que motivaron u originaron la referida cláusula.
Que el Artículo 137 de la Ley Impositiva Anual N° 10.509 faculta al
Poder Ejecutivo Provincial para adecuar exenciones, mínimos, impuestos
jos, disposiciones, escalas y alícuotas respecto, entre otros, del Impuesto
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 1056 ....................................................................Pag. 1
Decreto N° 1137 ....................................................................Pag. 2
Decreto N° 2243 ....................................................................Pag. 3
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS
Resolución N° 25 ...................................................................Pag. 3
MINISTERIO DE EDUCACION
Resolución N° 670 .................................................................Pag. 4
Resolución N° 672 .................................................................Pag. 5
SECRETARIA DE AMBIENTE Y CAMBIO CLIMATICO
Resolución N° 295 .................................................................Pag. 5
SECRETARIA DE ARQUITECTURA
Resolución N° 111 .................................................................Pag. 5
Resolución N° 74 ...................................................................Pag. 7
Resolución N° 41 ...................................................................Pag. 8
ADMINISTRACION PROVINCIAL DE RECURSOS HIDRICOS
Resolución N° 157 .................................................................Pag. 9
Resolución N° 158 .................................................................Pag. 9
AGENCIA CORDOBA INNOVAR Y EMPRENDER
Resolución N° 17 ...................................................................Pag. 9
de Sellos, de conformidad a los programas de reestructuración y armoni-
zación tributaria que se consideren oportunos, con la posterior raticación
por parte de la Legislatura Provincial.
Que en otro orden corresponde facultar a la Dirección General de Ren-
tas a realizar las adecuaciones normativas que resulten necesarias para la
aplicación del presente Decreto.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas y a lo informado por la
Unidad de Asesoramiento Fiscal mediante Nota Nº 37/2018, lo dictamina-
do por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Finanzas al Nº
327/2018 y por Fiscalía de Estado al Nº 646/2018 y en uso de las atribucio-
nes conferidas por el Artículo 144 inciso 1 de la Constitución Provincial.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º.- SUSTITÚYESE el Punto 11 del Artículo 47 de la Ley Im-
positiva N° 10.509, por el siguiente:
“11.- Del treinta por mil (30,00‰):
11.1.- Las inscripciones de vehículos nuevos (0 km) adquiridos en
concesionarias no inscriptas como contribuyentes del Impuesto sobre

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