Decreto N° 1054 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor15 de Septiembre de 2021
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 6 de Septiembre de 2021
MIÉRCOLES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2021
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXI - Nº 191
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de
la Constitución de Córdoba”
PODER EJECUTIVO
La Legislatura de la Provincia de Córdoba
Sanciona con fuerza de
Ley: 10777
Artículo 1º.- Modifícase el radio municipal de la localidad de Santa
Eufemia, ubicada en el Departamento Juárez Celman de la Provincia
de Córdoba, de conformidad a lo establecido por el artículo 4º de la Ley
Nº 8102.
Artículo 2º.- La extensión lineal -expresada en metros- de cada
uno de los lados que conforman los tres (3) polígonos del Radio Muni-
cipal de la localidad de Santa Eufemia, como así también los valores
de las coordenadas georreferenciadas de los veintidós(22) vértices
que delimitan dichos lados, se detallan en la documentación gráfica
confeccionada por la citada municipalidad y verificada por la Dirección
General de Catastro según informe técnico Nº 1/2021 de fecha 20 de
enero de 2021 que, en una foja, forma parte integrante de la presente
Ley como Anexo I.
Artículo 3º.- Los tres (3) polígonos que denen el Radio Municipal de
la localidad de Santa Eufemia ocupan una supercie total de cuatrocientas
veintitrés hectáreas, ocho mil setecientos noventa y dos metros cuadrados
con setenta y dos decímetros cuadrados (423 ha, 8.792,72 m²), distribuida
de la siguiente manera:
a) Polígono Urbano: conformado por doce (12) lados y doce (12) vértices
de trescientas treinta y una hectáreas, doscientos noventa y dosmetros
cuadrados con setenta y dos decímetros cuadrados (331 ha, 292,72 m²);
b) Polígono Cementerio: conformado por cuatro (4) lados y cuatro (4) vér-
tices de una hectárea, seis mil ciento sesenta y seis metros cuadrados (1
ha, 6.166,00 m2), y
c) Polígono Pedro E. Funes: conformado por cuatro (4) lados y cuatro (4)
vértices de noventa y una hectáreas, dos mil trescientos treinta y cuatro
metros cuadrados (91 ha, 2.334,00 m2).
Artículo 4º.- Los puntos jos amojonados son:
a) MOJON 1, de coordenadas N=6329660,05yE=4473312,64, y
b) MOJON 2, de coordenadas N=6329638,41yE=4473640,33.
Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
PODER EJECUTIVO
Ley N° 10777 ........................................................................Pag. 1
Decreto N° 1054 ...................................................................Pag. 1
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 28 - Letra: D ..................................................Pag. 2
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 307 ................................................................Pag. 2
Resolución N° 308 ................................................................Pag. 3
Resolución N° 309 ................................................................Pag. 3
Resolución N° 310 ................................................................Pag. 4
Resolución N° 311 ................................................................Pag. 5
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Resolución N° 20 - Letra: D ..................................................Pag. 6
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
SECRETARÍA DE CAPITAL HUMANO
Resolución N° 4 - Letra: D ....................................................Pag. 7
Resolución N° 5 - Letra: D ....................................................Pag. 7
MINISTERIO DE FINANZAS
CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA
Resolución N° 15 ..................................................................Pag. 8
MINISTERIO DE COORDINACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Resolución General N° 2187 ................................................Pag. 9
DADA EN CÓRDOBA, A UN DÍA DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO
DOS MIL VEINTIUNO.
FDO.: MANUEL FERNANDO CALVO, VICEGOBERNADOR - GUILLERMO CARLOS
ARIAS, SECRETARIO LEGISLATIVO
ANEXO
Decreto N° 1054
Córdoba, 6 de septiembre de 2021
Téngase por Ley de la Provincia Nro. 10.777, cúmplase, protocolícese, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Ocial, archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR – FACUNDO TORRES LIMA, MINISTRO
DE GOBIERNO - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

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