Decreto N° 1045

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición21 de Septiembre de 2015
CÓRDOBA, 13 de Noviembre de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCXI - Nº 219 Primera Sección 3
los derechos y obligaciones que asumen las partes, adecuándose
a los extremos exigidos por los artículos 959, 1533 y concordantes
Que de la documental obrante en autos surge que el inmueble
en cuestión se encuentra ocupado desde el 17 de febrero de
2012 por la aludida comodataria.
Que en consecuencia y atento al tiempo transcurrido, procede
en esta instancia convalidar la ocupación llevada a cabo y aprobar
el contrato de que se trata, al no existir impedimentos desde el
punto de vista jurídico-formal y por constituir un acto de buena
administración a título gratuito.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el
Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N° 1984/2014,
por Fiscalía de Estado bajo el N° 000753/15 y en uso de las
atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1°.-CONVALÍDASE lo actuado por la Dirección
General de Nivel Inicial y Primario, dependiente del Ministerio
de Educación, -en carácter de comodante- y la docente Adriana
Josefa PEIRONE (M.I.N° 11.996.444), -en carácter de
comodataria- por el cual el Estado Provincial cede a esta última,
en calidad de préstamo de uso, un inmueble y/o porción donde
funcionaba la Escuela de Nivel Primario “JOSÉ MARÍA PAZ” de
Zona Rural -Campo Corralito- por Villa del Rosario, Departamento
Río Segundo, para funcionamiento de vivienda, desde el 17 de
febrero 2012 y hasta la fecha de este instrumento legal y
APRUÉBASE el contrato de comodato a partir de esta última
fecha y hasta el 17 de febrero de 2020, y en las condiciones que
se estipulan en el contrato que como Anexo I compuesto de una
(1) foja, forma parte del presente Decreto.
Artículo 2°.-El presente decreto será refrendado por el
señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3°.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial y archívese.
JOSE MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
DR. JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/FzBtMR
Decreto N° 739 Córdoba, 13 de julio de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0110-126882/2014 del registro del
Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que las referidas actuaciones se relacionan con la terna elevada
para la imposición de nombre al Instituto Provincial de Educación
Media N° 376 de esta Capital, dependiente de la Dirección Gen-
eral de Educación Secundaria -Ministerio de Educación-.
Que de la misma surge el nombre de “NELSON MANDELA”,
como justo reconocimiento a quien tuviera un destacado interés
por las desigualdades sociales, participando activamente en
defensa de un estado multirracial, ecuánime y democrático, en el
que las personas puedan vivir juntas en armonía y con igualdad
de oportunidades, demostrando un gran sentido de la solidaridad
en todas las acciones que emprendiera con ese fin.
Que por otra parte, su figura se caracterizó por la honestidad,
la humildad y la hombría de bien, lo que constituye un ejemplo
para toda la comunidad.
Que los organismos técnicos competentes han tomado la debida
intervención, cumplimentándose los requisitos establecidos en el
Decreto Nº 7694/E/68.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, el Dictamen N° 0636/
2015 del Area Jurídica del Ministerio de Educación, lo dictaminado
por Fiscalía de Estado en casos similares y en uso de sus
atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º. IMPÓNESE el nombre de “NELSON
MANDELA” al Instituto Provincial de Educación Media N° 376
de esta Capital, dependiente de la Dirección General de
Educación Secundaria -Ministerio de Educación-.
Artículo 2°. El presente decreto será refrendado por el señor
Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en
el Boletín Oficial y archívese.
JOSE MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
DR. JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 1191 Córdoba, 30 de octubre de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0109-117556/2013, del registro del
Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que consta en los referidos autos la Resolución N° 0011/15 de
la Dirección General de Nivel Inicial y Primario, mediante la cual
se dispuso, ad referéndum de autoridad competente, el cambio
de situación de la Escuela de Nivel Primario “LUIS GORJON
ALVAREZ” de la Localidad de El Rodeito, Departamento
Sobremonte y el cambio de imputación del cargo del docente
Rodolfo Salvador ROLDÁN.
Que conforme a las constancias documentales e informativas
incorporadas en autos y prescripciones legales de rigor, la
decisión se ajusta a derecho, pues se encuadra dentro de la
normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos jurídicos-
formales-pedagógicos estatuidos por Leyes Nros. 26206 y 9870
Decreto Nro. 41009/A/38, Decreto-Ley N° 1910/E/57 y Decreto
Reglamentario N° 3999/E/67 encontrándose tal determinación
técnica, administrativa e institucional plasmada en la resolución
de marras.
Que en consecuencia, se ha decidido en el marco de la
normativa legal vigente y propendiendo a un mejor servicio
educativo, motivos por los que no se visualizan impedimentos
para la ratificación en esta instancia del instrumento legal en
análisis.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el
Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N° 1252/2015,
por Fiscalía de Estado en casos similares y en uso de las
atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º. RATIFÍCASE la Resolución N° 0011/15 de la
Dirección General de Nivel Inicial y Primario -Ministerio de
Educación-, mediante la cual se dispuso, el cambio de situación
de la Escuela de Nivel Primario “LUIS GORJÓN ALVAREZ” de
la Localidad de El Rodeito, Departamento Sobremonte y el cambio
de imputación del cargo que detenta el docente Rodolfo Salva-
dor ROLDÁN (M.I.N° 17.522.087), en los términos y condiciones
que se consignan en la misma, cuya copia forma parte integrante
de este instrumento legal como Anexo I, compuesto de una (1)
foja.
Artículo 2º. El presente decreto será refrendado por el señor
Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en
el Boletín Oficial y archívese.
JOSE MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
DR. JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/kQBdJd
Decreto N° 732 Córdoba,13 de julio de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0110-126441/2014 del registro del
Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que las referidas actuaciones se relacionan con la terna elevada
para la imposición de nombre al Instituto Provincial de Educación
Media N° 316, de Villa Carlos Paz, dependiente de la Dirección
General de Educación Secundaria -Ministerio de Educación-.
Que de la misma surge el nombre de “EVA DUARTE DE
PERÓN”, como reconocimiento a su trabajo social, su sensibilidad
hacia los más necesitados, su insistencia por mejorar las
condiciones de vida y la lucha por los derechos de niños y
jóvenes a una educación inclusiva y equitativa.
Que tras su temprana desaparición física, su figura mítica
trascendió al mundo entero, quedando marcada su trayectoria y
su obra por un profundo amor a los niños, los ancianos y los
trabajadores, actitud que le valió el apelativo de “abanderada de
los humildes”.
Que los organismos técnicos competentes han tomado la debida
intervención, cumplimentándose los requisitos establecidos en el
Decreto Nº 7694/E/68.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el
Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N° 2097/2014,
por Fiscalía de Estado bajo el N° 296/2015 y en uso de sus
atribuciones constitucionales
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º. IMPÓNESE el nombre de “EVA DUARTE DE
PERÓN” al Instituto Provincial de Educación Media N° 316, de
Villa Carlos Paz, dependiente de la Dirección General de
Educación Secundaria -Ministerio de Educación-.
Artículo 2°. El presente decreto será refrendado por el señor
Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial y archívese.
JOSE MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
DR. JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 1045
Córdoba, 21 de setiembre de 2015
VISTO: El expediente N° 0109-075896/2006 del registro del
Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:

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