Decreto N° 1043

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición21 de Septiembre de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCX - Nº 195 CÓRDOBA, 9 de Octubre de 20152
Decreto N° 1042
Córdoba, 21 de septiembre de 2015
VISTO: El expediente 0045-017555/2015 del registro de la
Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de
Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se propicia la convalidación
de lo actuado por la Dirección Provincial de Vialidad, el
reconocimiento, la declaración de legítimo abono y autorización
de pago de los importes adeudados a la firma CANTERAS
AMADEO S.R.L., por la provisión, carga y transporte de mate-
rial granular triturado 0-20 mm y piedra 100-300 desde la Cantera
Amadeo de la localidad de El Pueblito, hasta las localidades de
Agua de Oro y La Granja, todas del Departamento Colón de esta
Provincia de Córdoba, ello en virtud de las inundaciones por las
inusuales lluvias y crecidas de ríos y arroyos que sufriera la
región en el mes de febrero del corriente año 2015.
Que lo gestionado tiene como fundamento la declaración de
emergencia por desastre ambiental dispuesta por Decreto Nº
80/2015 y ampliado por su similar Nº 127/2015, como
consecuencia de los fenómenos meteorológicos desatados en
vastas regiones de la Provincia; habiendo sido en consecuencia
instruidas las autoridades del Gobierno Provincial a ejecutar las
medidas pertinentes que la situación de emergencia requería.
Que en ese marco la Dirección Provincial de Vialidad elabora
la documentación técnica para la realización de tareas
encargándose las mismas a la firma CANTERAS AMADEO S.R.L.
Que desde la repartición actuante se certifica que se completó
la totalidad de los trabajos requeridos con fecha 29 de mayo del
corriente año, siendo recibidos de conformidad por la inspección
de obra, acompañándose la Factura B Nº 0011-00000009 de la
referida contratista (CUIT N° 30-62395759-0), por la suma de
Pesos cuatrocientos sesenta y seis mil quinientos veintiocho con
ochenta y ocho centavos ($ 466.528,88) en un todo de acuerdo
al presupuesto y plan de tareas encargadas, siendo la misma
debidamente conformada por autoridad competente.
Que el accionar llevado a cabo lo fue a los fines de revertir
rápidamente la situación acaecida, rehabilitando vías de
comunicación de vital importancia en la región y evitar la
generación de nuevos daños o el agravamiento de los ocurridos.
Que la prestación de los servicios y los trabajos de que se trata
han sido efectivamente ejecutados, por lo que con el objeto de
evitar se produzca un enriquecimiento incausado a favor de la
Administración y en detrimento del patrimonio de la firma
interviniente deviene procedente la convalidación de lo actuado
y su reconocimiento, declarándolos de legítimo abono y
autorizando el pago del importe adeudado por la suma Pesos
cuatrocientos sesenta y seis mil quinientos veintiocho con ochenta
y ocho centavos ($ 466.528,88) a favor de la firma CANTERAS
AMADEO S.R.L., debiéndose efectuar su pago a través del
Ministerio de Gestión Pública.
Que se incorpora Documento Contable Nota de Pedido N°
2015/000903 que certifica la reserva presupuestaria para atender
la erogación que lo gestionado demanda.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dispuesto
por la Ley Provincial N° 10.267, lo dictaminado por la Dirección
General de Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura con
el N° 421/2015, por Fiscalía de Estado bajo el N° 741/2015 y en
uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1.- CONVALÍDASE lo actuado por la Dirección Pro-
vincial de Vialidad; RECONÓCENSE los trabajos ejecutados en
la zona de Sierras Chicas como consecuencia de las inundaciones
que sufriera la región en el mes de febrero del corriente año
2015, efectuados por la firma CANTERAS AMADEO S.R.L.,
(CUIT N° 30-62395759-0), DECLÁRASE de legítimo abono la
suma de Pesos cuatrocientos sesenta y seis mil quinientos
veintiocho con ochenta y ocho centavos ($ 466.528,88),
PODER
EJECUTIVO
adeudada por dicho concepto y AUTORÍZASE el pago
cancelatorio de la Factura B Nº 0011-00000009 de fecha 2 de
junio de 2015, la que como Anexo I, compuesto de una (1) foja
útil, se acompaña y forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2° IMPÚTASE el egreso por la suma total de Pesos
cuatrocientos sesenta y seis mil quinientos veintiocho con ochenta
y ocho centavos ($ 466.528,88), con cargo a Jurisdicción 1.20
Programa 201-002, Partida 12.06.00.00, conforme lo indica
Documento Contable Nota de Pedido N° 2015/000903 .
Artículo 3º.- FACÚLTASE a la señora Ministra de Gestión
Pública, a efectuar las adecuaciones presupuestarias
correspondientes, a los fines de afrontar las erogaciones que
por el presente acto administrativo se legitiman, en un todo de
acuerdo con las previsiones de la Ley Provincial N° 10.267.
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora
Ministra de Gestión Pública, y los señores Ministro de
Infraestructura y Fiscal de Estado.
Artículo 5°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en
el Boletín Oficial pase al Ministerio de Gestión Pública a sus efectos
y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. MANUEL FERNANDO CALVO
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
DRA. VERONICA BRUERA
MINISTRA DE GESTION PUBLICA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/Y7CkDz
Decreto N° 1016
Córdoba, 15 de septiembre de 2015
VISTO: El sistema de procuración fiscal para la gestión del
cobro de los tributos provinciales impagos, multas por infracción
a las leyes impositivas y las impuestas por organismos o
reparticiones del Estado Provincial, centralizadas o
descentralizadas, sus recargos por mora, intereses y accesorios.
Y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario en esta instancia, a los fines de contribuir
a la eficiencia de la gestión de cobro judicial y extrajudicial
mencionada designar procuradores fiscales que se encarguen
de dicha función.
Que el procurador fiscal que se designa por el presente
instrumento legal cumple con los requisitos y condiciones que
prevé la legislación vigente en la materia, debiendo constituir
legajo que acrediten los mismos y otorgar la fianza respectiva.
Por ello, atento lo dispuesto por el artículo 144 de la Constitución
Provincial y lo dictaminado por Fiscalía de Estado para casos
análogos,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1°.- DESÍGNASE Procurador Fiscal a la Abogada
Beatriz Mercedes VENTURINI (D.N.I. N° 10.444.801) la cual
ejercerá su función dentro de la circunscripción judicial de la
ciudad de Córdoba.
Artículo 2°.- La Procuradora Fiscal designada en el Artículo
precedente comenzará a ejercer la representación de la
Provincia de Córdoba una vez completado el legajo y constituida
la fianza respectiva.
Artículo 3°.- AUTORÍZASE al señor Ministro de Finanzas
para que verifique el cumplimiento del otorgamiento de la fianza
correspondiente y proceda a su respectiva aceptación.
Artículo 4°.- La designación dispuesta en el presente Decreto
no demandará egreso alguno, atento las condiciones establecidas
en la reglamentación vigente.
Artículo 5°.- El presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 6°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
Córdoba, 21 de septiembre de 2015
VISTO: El expediente 0045-017489/2015 del registro de la
Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de
Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se propicia la convalidación
de lo actuado por la Dirección Provincial de Vialidad, el
reconocimiento, la declaración de legítimo abono y autorización
de pago de los importes adeudados a la firma UCONS S.R.L.,
por la ejecución de los trabajos realizados conforme Ítem N° 01:
“Reconstrucción de 2 puentes de H°A° en La Pampa y Paraje
San Jorge con restauración de calzada de acceso” a los fines de
la reconstrucción de las dos estructuras citadas, con el objeto de
restituir las condiciones normales de tránsito vehicular, ello en
virtud de las inundaciones por las inusuales lluvias y crecidas de
ríos y arroyos que sufriera la región en el mes de febrero del
corriente año 2015.
Que lo gestionado tiene como fundamento la declaración de
emergencia por desastre ambiental dispuesta por Decreto Nº
80/2015 y ampliado por su similar Nº 127/2015, como
consecuencia de los fenómenos meteorológicos desatados en
vastas regiones de la Provincia; habiendo sido en consecuencia
instruidas las autoridades del Gobierno Provincial a ejecutar las
medidas pertinentes que la situación de emergencia requería.
Que en ese marco la Dirección Provincial de Vialidad elabora
la documentación técnica para la realización de tareas
encargándose las mismas a la firma UCONS S.R.L.
Que desde la repartición actuante se certifica que se completó
la totalidad de los trabajos requeridos con fecha 19 de junio del
corriente año, siendo recibidos de conformidad por la inspección
de obra, acompañándose la Factura B Nº 0010-00000019 de la
referida contratista (CUIT N° 30668975581), por la suma de
Pesos seiscientos ochenta y dos mil ($ 682.000,00) en un todo
de acuerdo al presupuesto y plan de tareas encargadas, siendo
la misma debidamente conformada por autoridad competente.
Que el accionar llevado a cabo lo fue a los fines de revertir
rápidamente la situación acaecida, rehabilitando vías de
comunicación de vital importancia en la región y evitar la
generación de nuevos daños o el agravamiento de los ocurridos.
Que la prestación de los servicios y los trabajos de que se trata
han sido efectivamente ejecutados, por lo que con el objeto de

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