Decreto Nº 1034 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 31 de Julio de 2018 |
Emisor | Poder Ejecutivo |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLIII - Nº 142
CORDOBA, (R.A.) MARTES 31 DE JULIO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
pobreza de la Provincia de Córdoba a través de un régimen subsidiado de
tarifa social para servicios públicos.
Que resulta necesario establecer un mecanismo que facilite y, asimis-
mo, agilice la rendición y/o liquidación del subsidio por parte de la Provincia
de Córdoba, a todas aquellas Cooperativas Concesionarias del Servicio
Público de Distribución de Energía Eléctrica de la Provincia de Córdoba
que hayan adherido a la prestación del programa de Tarifa Solidaria, como
una medida de coadyuvar a la situación nanciera de las mismas.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas y a lo informado por la
Unidad de Asesoramiento Fiscal mediante Nota Nº 44/2018, lo dictamina-
do por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Finanzas al Nº
375/2018 y por Fiscalía de Estado al Nº 678/18 y en uso de atribuciones
conferidas por el artículo 144 inciso 1° de la Constitución Provincial.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- EXÍMASE del pago del Impuesto sobre los Ingresos Bru-
tos a la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (EPEC).
Artículo 2º.- FACÚLTASE al Ministerio de Finanzas y al Ministerio de
Desarrollo Social, para que en forma conjunta, celebren convenios con
las Cooperativas Concesionarias del Servicio Público de Distribución de
Energía Eléctrica de la Provincia de Córdoba, a efectos de compensar y/o
debitar de cada anticipo mensual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos
proveniente del suministro de electricidad a usuarios residenciales, el im-
porte que les corresponde recibir del Gobierno de la Provincia de Córdoba,
en carácter de subsidio por tarifa solidaria para carenciados e indigentes,
establecida por Decreto Provincial N° 1357/2006, sus modicatorios y de-
más normas complementarias, hasta el monto del impuesto determinado,
exclusivamente, por el desarrollo de la referida actividad. En caso de existir
un excedente de subsidio a recuperar no absorbido podrá ser trasladado
para la posición siguiente.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Finanzas, y de Desarrollo Social y por el señor Fiscal de Estado y
enviado a la Legislatura Provincial para su posterior raticación.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO
DE FINANZAS - SERGIO H. TOCALLI, MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL -
JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
viene de tapa
MINISTERIO DE EDUCACION
SECRETARIA DE EDUCACION
Resolución Nº 519 ................................................................ Pag. 9
Resolución Nº 520 ................................................................Pag. 10
MINISTERIO DE EDUCACION
DIRECCION GENERAL DE EDUCACION SUPERIOR
Resolución Nº 213 ................................................................Pag. 10
Listado Orden de Merito Definitiva ........................................Pag. 11
MINISTERIO DE EDUCACION
DIRECCION GENERAL DE EDUCACION DE JOVENES Y ADULTOS
Listado Orden de Merito Definitiva ........................................Pag. 11
MINISTERIO DE EDUCACION
DIRECCION GENERAL DE EDUCACION INICIAL
Listado Orden de Merito Definitiva ........................................Pag. 11
Córdoba, 02 de julio de 2018
VISTO: el Expediente Nº 0047-011965/2004 del registro de la Dirección Pro-
vincial de Arquitectura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se gestiona la aceptación y agra-
decimiento de la donación efectuada por la Municipalidad de Córdoba de
un lote de terreno de su propiedad ubicado barrio Quebrada de las Rosas,
Departamento Capital, a favor de la Provincia de Córdoba para ser desti-
nado a la regularización dominial del inmueble en donde funciona el centro
educativo I.P.E.M. N° 205 “Ricardo Hugo Palladino”, construido en el marco
del Plan 100 Escuelas Nuevas para la Provincia de Córdoba.
Que luce en autos copia certicada de Decreto Municipal N° 746/2017,
mediante el cual la referenciada Municipalidad dona el inmueble de que
se trata en el marco de lo establecido en la Ordenanza Municipal N°
10.447/2001 promulgada por Decreto Municipal N° 2878/2001, por la que
se declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación, entre otros, el fundo
mencionado con destino a ser transferido en donación al Estado Provincial,
a los nes de su afectación al Ministerio de Educación, para la construc-
ción de una escuela provincial.
Que el inmueble de marras se designa como Lote 15 de la Manzana 2
del referenciado Barrio Quebrada de las Rosas, identicado con la Nomen-
clatura Catastral N° 11 01 01 06 18 002 015, Cuenta N° 11-01-2441940-9,
encontrándose inscripto en el Registro General de la Provincia en relación
a la Matricula N° 1.321.052 a nombre de la Municipalidad de Córdoba.
Que la Dirección General de Catastro incorpora reporte parcelario y
copia simple del Plano de Subdivisión tramitado en el Expediente N° 0033-
59089/1996 visado el 12 de agosto de 1996; en tanto el Registro General
de la Provincia adjunta reproducción digital de la Matrícula referenciada,
de la que surge que el dominio consta a nombre de la donante y que no
reconoce gravámenes ni inhibiciones.
Que la Escribanía General de Gobierno maniesta que atento vericar-
se una diferencia en la medida consignada en el Plano relativa al esquinero
Noroeste del inmueble y la que consta anotada en la citada Matrícula, de-
berá recticarse la misma al momento de inscribirse el bien en el Registro
General de la Provincia.
Que la Dirección del I.P.E.M. N° 205 “Ricardo Hugo Palladino”, informa
que en el predio en cuestión se construyó en el año 2003 el edicio en
donde funciona dicho establecimiento escolar.
Que la Contaduría General de la Provincia toma intervención de
su competencia mediante Informes Nros. 11-444/2017, 11-532/2017, 11-
615/2017 y 11-797/2017, entre otros anteriores.
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