Decreto N° 1023

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición21 de Septiembre de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCX - Nº 191 CÓRDOBA, 5 de Octubre de 20152
Córdoba, 13 de Julio de 2015
VISTO: El expediente Nº 0045-016460/2013/A16 del registro
de la Dirección Provincial de Vialidad, dependiente del Ministerio
de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la citada Dirección, propicia
por Resolución Nº 00315/2015 la aprobación del Acta Acuerdo
de Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la Quinta
Variación de Costos correspondiente al mes de noviembre de
2014, por trabajos faltantes de ejecutar en la obra: “ACCESOS
AL PUENTE DEL BICENTENARIO SOBRE EL RÍO SEGUNDO
ENTRE LAS LOCALIDADES DE PILAR Y RÍO SEGUNDO –
DEPARTAMENTO: RÍO SEGUNDO”, suscripta el día 14 de
abril de 2015 entre el Presidente de la Dirección Provincial de
Vialidad y el representante de la Empresa CORBE S.R.L.,
contratista de la obra.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto Nº 1231/10, modificatorio de su
similar N° 1133/2010.
Que por Decreto N° 1206/2013, se adjudicó la obra principal
a la Empresa CORBE S.R.L. suscribiéndole contrato
correspondiente con fecha 20/12/13 y replanteando la obra el
mismo día, en tanto por Decreto N° 366/2015 se aprobó el Acta
Acuerdo de Redeterminación de Precios por Reconocimiento
de la Cuarta Variación de Costos.
Que obra en autos la documentación presentada por la
contratista fundamentando su petición.
Que el Departamento II Gestión Económica de Obras de la
Dirección Provincial de Vialidad, informa que se ha producido
una quinta variación en los costos en el mes de noviembre de
2014 del 7,73% en relación a la Redeterminación anterior (julio
de 2014), resultando en un monto a imputar de $
85.669,51; importe resultante de aplicar al monto contractual
faltante de ejecutar el incremento citado deducido el 10% de
unidad invariable, así el nuevo presupuesto de obra asciende
a la suma de $ 13.318.820,24.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores
costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos
perjuicios de cualquier naturaleza en los términos del artículo 16
del Anexo al Decreto referenciado.
Que en consecuencia, al darse el supuesto previsto en el
Decreto N° 1231/10, modificatorio de su similar Nº 1133/10, lo
dispuesto por Fiscalía de Estado en Circular N° 001/13 y
verificada la existencia de los supuestos que tornan procedente
la aplicación del citado instrumento legal, la Dirección Provincial
de Vialidad ha considerado conveniente la redeterminación del
precio del contrato, por lo que suscribió con la contratista el Acta
Acuerdo de redeterminación de precio por reconocimiento de
variación de costo, correspondiente al mes de noviembre de
2014.
Que pese a que en el texto del Acta Acuerdo se expresa que
se redetermina el 1005 de lo faltante de ejecutar, de los cálculos
acompañados surge que se ha mantenido un 10% del precio
básico del contrato fijo e inamovible, lo cual se deberá corregir
desde el ministerio actuante en caso de reconocerse nuevas
variaciones de precios.
Que se agrega Documento Contable -Nota de Pedido N°
2015/000909 que certifica la reserva presupuestaria para
atender la erogación que lo gestionado implica.
Por ello, las actuaciones cumplidas, las normas legales citadas,
lo dispuesto en el artículo 14 del Anexo I al Decreto N° 1231/
2010, modificatorio de su similar N° 1133/2010, lo dictaminado
por el Departamento Jurídico de la Dirección General de Asuntos
Legales del Ministerio de Infraestructura con el N° 265/2015,
por Fiscalía de Estado bajo el N° 543/2015, y en uso de sus
atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la Quinta
Variación de Costos correspondiente al mes de noviembre de
2014, por trabajos faltantes de ejecutar en la obra: “ACCESOS
AL PUENTE DEL BICENTENARIO SOBRE EL RÍO SEGUNDO
ENTRE LAS LOCALIDADES DE PILAR Y RÍO SEGUNDO –
DEPARTAMENTO: RÍO SEGUNDO”, por la suma total de Pe-
sos Ochenta y Cinco Mil Seiscientos Sesenta y Nueve con
Cincuenta y Un Centavos ($ 85.669,51), suscripta el día 14 de
abril de 2015 entre el Presidente de la Dirección Provincial de
Vialidad, Ingeniero Raúl BERTOLA, por una parte, y el
representante de la Empresa CORBE S.R.L., Ingeniero Daniel
BETTOLLI, contratista de la obra, por la otra, que como Anexo
I, compuesto de seis (6) fojas útiles, se acompaña y forma parte
integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma
de Pesos Ochenta y Cinco Mil Seiscientos Sesenta y Nueve
con Cincuenta y Un Centavos ($ 85.669,51), con cargo a
Jurisdicción 1.50, Programa 504-002, Partida 12.06.00.00,
Centro de Costos 0439 del P.V., conforme lo indica el
Departamento Administración y Personal de la Dirección Pro-
vincial de Vialidad en su Documento de Contabilidad - Nota
de Pedido Nº 2015/000909.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la
Dirección Provincial de Vialidad a suscribir la enmienda de
contrato por redeterminación de precio, debiendo la Empresa
CORBE S.R.L., integrar el importe adicional de garantía de
cumplimiento del contrato.
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al
Departamento Administración y Personal de la Dirección Pro-
vincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada
Dirección a sus efectos y archívese
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. MANUEL FERNANDO CALVO
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/2MtdpZ
Córdoba, 21 de Setiembre de 2015
VISTO: el Expediente Nº 0047-013912/2009/R80 del Registro
de la Dirección Provincial de Arquitectura dependiente del
Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la citada Dirección propicia
por Resolución Nº 363/2015, la aprobación del Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la Primera y
Segunda Variación de Costos correspondiente a los meses de
mayo/2014 y agosto/2014, por trabajos modificatorios faltantes
de ejecutar en la obra: “CONSTRUCCIÓN NUEVO EDIFICIO
HOSPITAL PASTEUR, UBICADO EN RUTA Nº 9 ESQUINA
CALLE BUCHARDO – VILLA MARÍA – DEPARTAMENTO GEN-
ERAL SAN MARTÍN – PROVINCIA DE CÓRDOBA”, suscripta
con fecha 6 de mayo de 2015, entre el entonces Director Gen-
eral de Arquitectura y la Empresa RIVA S.A.I.I.C.F.A., contratista
de la obra.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto Provincial Nº 1231/2010, modificatorio
de su similar N° 1133/2010, y lo dispuesto por Resolución Nº
013/2011 del entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos.
Que conforme surge de autos por Decreto N° 1185 de fecha
27 de octubre de 2014 se adjudicaron los trabajos modificatorios
a la firma RIVA S.A.I.I.C.F.A., contratista de la obra principal,
suscribiéndose la correspondiente Adenda con fecha 12 de
noviembre de 2014, a través de la Agencia Córdoba de Inversión
y Financiamiento (A.C.I.F.) Sociedad de Economía Mixta
(S.E.M.), labrándose el Acta de Replanteo pertinente con fecha
12 de noviembre de 2014.
Que luce incorporada documentación presentada por la
contratista fundamentando su pedido.
Que la Sección de Estudio de Costos de la Dirección General
de Arquitectura informa que se ha producido una variación en el
precio de la obra del 10,83% al mes de mayo de 2014 y del
10,86% al mes de agosto de 2014, resultando un monto a
imputar de $ 503.644,33 y $ 554.257,46 respectivamente;
importes resultantes de aplicar los incrementos citados al monto
contractual faltante de ejecutar al mes de cada salto, una vez
deducido el 10% de Utilidad Invariable, ascendiendo el nuevo
presupuesto de los trabajos modificatorios y adicionales a la
suma de $ 6.223.078,18.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores
costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos
perjuicios de cualquier naturaleza en los términos del artículo 16
del Anexo al Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su similar
N° 1133/2010.
Que en consecuencia, verificada la existencia de los supuestos
que tornan procedente la aplicación del régimen de que se trata,
la Dirección General de Arquitectura ha considerado conveniente
la redeterminación del precio del contrato, por lo que suscribió
con la contratista el Acta Acuerdo de redeterminación de precio
por reconocimiento de la primera y segunda variación de costos
por trabajos modificatorios, correspondiente a los meses de mayo
y agosto de 2014.
Que la presente obra será atendida con recursos del
Presupuesto de la Agencia Córdoba de Inversión y
Financiamiento (A.C.I.F.) Sociedad de Economía Mixta (S.E.M.),
en un todo de acuerdo al Convenio de Gerenciamiento y
Administración de Proyectos, suscripto oportunamente entre el
Ministerio de Infraestructura y la citada Agencia.
Por ello, normas legales citadas, lo dispuesto por el artículo 14
del Anexo I al Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su similar
N° 1133/2010, lo dictaminado por el Departamento Jurídico de la
Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de
Infraestructura con el N° 304/2015, por Fiscalía de Estado bajo
el N° 749/15 , y en uso de las atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de Redeterminación
de Precio por Reconocimiento de la Primera y Segunda Variación
de Costos correspondiente a los meses de mayo/2014 y agosto/
2014, por trabajos modificatorios faltantes de ejecutar en la obra:
“CONSTRUCCIÓN NUEVO EDIFICIO HOSPITAL PASTEUR,
UBICADO EN RUTA Nº 9 ESQUINA CALLE BUCHARDO –
VILLA MARÍA – DEPARTAMENTO GENERAL SAN MARTÍN –
PROVINCIA DE CÓRDOBA”, por la suma total de Pesos Un
Millón Cincuenta y Siete Mil Novecientos Uno con Setenta y
Nueve Centavos ($ 1.057.901,79), suscripta con fecha 6 de
mayo de 2015 entre el entonces Director General de Arquitectura,
Arquitecto Andrés Eduardo CAPARROZ, por una parte, y los
Apoderados de la Empresa RIVA S.A.I.I.C.F.A., señor Rodolfo
Adalberto GRASSI y el Ingeniero Miguel Ángel ROSSI , contratista
de la obra, por la otra, que como Anexo I compuesto de cuatro
(4) fojas, se acompaña y forma parte integrante del presente
instrumento legal.
Artículo 2º.- El egreso que asciende a la suma total de
Pesos Un Millón Cincuenta y Siete Mil Novecientos Uno con
Setenta y Nueve Centavos ($ 1.057.901,79), será atendido
con recursos de la Agencia Córdoba de Inversión y
Financiamiento (A.C.I.F.) Sociedad de Economía Mixta (S.E.M.),
conforme Convenio de Gerenciamiento y Administración de
Proyectos, suscripto oportunamente entre el Ministerio de
Infraestructura y la citada Agencia.
Artículo 3°.- FACÚLTASE al Presidente de la Agencia
Córdoba de Inversión y Financiamiento (A.C.I.F.) Sociedad de
Economía Mixta (S.E.M.) a suscribir la enmienda de contrato
por redeterminación de precio, debiendo previamente la
Empresa RIVA S.A.I.I.C.F.A., integrar el importe adicional de la
garantía de cumplimiento de contrato.
Artículo 4°.- El presente decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.

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