Decreto N° 1012

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición14 de Septiembre de 2015
CÓRDOBA, 23 de Setiembre de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCIX Nº 183 Primera Sección
1ª
AÑO CII - TOMO DCIX - Nº 183
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 23 DE SETIEMBRE DE 2015
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Decreto N° 1011
Córdoba, 14 de setiembre de 2015
VISTO: el Acuerdo N° 37 del Consejo de la Magistratura de la
Provincia de Córdoba, de fecha 04 de septiembre de 2014.
Y CONSIDERANDO:
Que por el citado Acuerdo, el Consejo de la Magistratura,
una vez cumplidos los trámites de rigor, elevó la propuesta
para la designación de la señora Alfonsina Gabriela MUÑIZ,
M.I. N° 24.703.951, como Asesora Letrada Penal de 29°
Turno de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en
la ciudad de Córdoba, remitiendo el listado con el puntaje
obtenido por cada uno de los seleccionados.
Que este Poder Ejecutivo, en los términos del Decreto N°
2635/99, solicitó a la Legislatura de la Provincia prestara
acuerdo para designar a la Sra. Alfonsina Gabriela MUÑIZ,
quien resultó quinta en el orden de mérito remitido.
Que la Legislatura Provincial, en sesión pública del día 02
de Septiembre del año 2015, prestó el acuerdo solicitado
por Resolución R-2811/15, de conformidad a lo dispuesto
por el artículo 104 inciso 42 de la Constitución Provincial.
Que en consecuencia, cumplimentados los requisitos le-
gales y constitucionales corresponde proceder a la
designación de la Sra. Alfonsina Gabriela MUÑIZ en el
cargo mencionado.
Por ello, lo dispuesto por la Ley N° 8802 y modificatorias,
y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos
144 inciso 9 y 157 de la Constitución de la Provincia;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º.- DESÍGNASE a la señora Alfonsina Gabriela
MUÑIZ, (M.I. N° 24.703.951), en el cargo de Asesor Letrado
Penal de 29° Turno de la Primera Circunscripción Judicial con
asiento en la ciudad de Córdoba.
Artículo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo
dispuesto en el Artículo anterior se imputará a la Jurisdicción
3.00, Programa 920, Partida Principal 01, Parcial 01, Grupo 26,
cargo 054, del Presupuesto Vigente.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por la
señora Ministra de Justicia y Derechos Humanos, y el señor
Fiscal de Estado.
Córdoba, 14 de setiembre de 2015
VISTO: el Acuerdo Nro. 19 del Consejo de la Magistratura de
la Provincia de Córdoba, de fecha 08 de Mayo de 2015.
Y CONSIDERANDO:
Que por el citado Acuerdo, el Consejo de la Magistratura, una
vez cumplidos los trámites de rigor, elevó la propuesta para la
designación de la señora Mariana Andrea PAVÓN, M.I. N°
22.843.942, como Juez de Primera Instancia en lo Civil y
Comercial, de Conciliación y Familia de Segunda Nominación
de la Décima Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de
Río Tercero, remitiendo el listado con el puntaje obtenido por
cada uno de los seleccionados.
Que este Poder Ejecutivo, en los términos del Decreto N° 2635/
99, solicitó a la Legislatura de la Provincia prestara acuerdo para
designar a la Sra. Mariana Andrea PAVÓN, quien resultó segunda
en el orden de mérito remitido.
Que la Legislatura Provincial, en sesión pública del día 02 de
Septiembre del año 2015, prestó el acuerdo solicitado por
Resolución R-2810/15, de conformidad a lo dispuesto por el
artículo 104 inciso 42 de la Constitución Provincial.
Que en consecuencia, cumplimentados los requisitos legales y
constitucionales corresponde proceder a la designación de la
Sra. Mariana Andrea PAVÓN en el cargo mencionado.
Por ello, lo dispuesto por la Ley N° 8802 y modificatorias, y en
ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 144 inciso
9 y 157 de la Constitución de la Provincia;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- DESÍGNASE a la señora Abogada Mariana An-
drea PAVÓN (M.I. Nro. 22.843.942), en el cargo de Juez de
Primera Instancia en lo Civil y Comercial, de Conciliación y Fa-
milia de Segunda Nominación de la Décima Circunscripción Ju-
dicial con asiento en la ciudad de Río Tercero, Provincia de
Córdoba.
Artículo 2º.- EL egreso que demande el cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Jurisdicción
3.00, Programa 920, Partida Principal 01, Partida Parcial 01,
Grupo 26, cargo 030, del Presupuesto Vigente.
Artículo 3º.- EL presente Decreto será refrendado por la señora
PODER
EJECUTIVO
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Resolución N° 21
Córdoba, 22 de setiembre de 2015
VISTO:El Expediente Nº 0473-058452/2015.
Y CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto Nº 443/04 y sus modificatorios, el
Poder Ejecutivo instauró un régimen de retención, percepción
y/o recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Que el citado Decreto otorga facultades a esta Secretaría
para nominar y/o dar de baja a los agentes de retención,
percepción y/o recaudación involucrados en el régimen
así como para reglamentar aspectos relativos a la
aplicación del mismo.
Que a través de la Resolución N° 19/14 de esta
Secretaría, sus modificatorias y normas complementarias,
se reglamentó el citado Decreto incluyendo la nominación
de los sujetos que deben actuar como agentes de retención,
percepción y recaudación.
Que el referido régimen, prevé un mecanismo de revisión
continua tanto de los sujetos alcanzados, en función de su
interés fiscal, capacidad de administración y cumplimiento
de los deberes formales y sustanciales para con el Fisco
Provincial, así como del funcionamiento del régimen, todo
ello conforme el comportamiento de los sectores
involucrados.
Que del análisis efectuado sobre aquellas entidades que
administran sistemas de cobranzas para entidades públicas
y privadas, como así también de las administradoras de
sistemas de pagos, se estima oportuno nominar a las mismas
como Agentes de Retención del Impuesto sobre los Ingresos
Brutos.
Que en tal sentido, resulta conveniente incorporar a la
nómina de Agentes Retención del Anexo I de la citada
Resolución a aquellas entidades.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por
la Dirección de Asesoría Fiscal en Nota Nº 44/15 y de acuerdo
con lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº
488/15,
EL SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS
R E S U E L V E :
Artículo 1°MODIFICAR el ANEXO I de la Resolución N°
19/14 de esta Secretaría y sus modificatorias, según se indica
a continuación:
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SECRETARÍA DE
INGRESOS PUBLICOS

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